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Fecha15/06/21 - Autonómica - OPE

ERA. OPE 2016 Y OPE 2017

La jefa de Sección de Contratación y Gestión de Personal traslada la siguiente información.

 

Publicado el 14 de junio de 2021 el listado provisional de plazas asignadas.
Plazo de reclamación: 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación.
Listado

“Las próximas semanas se retomará el proceso de incorporación relativo a las Oposiciones de TCE/AE de la OEP 2016 y OEP 2017 (BOPA 5 de febrero de 2018)”.

Desde el organismo Autónomo ERA, el 05 de mayo de 2021, se ha mandado un correo electrónico a los TCEs que han obtenido plaza en la última oposición celebrada hace casi 3 años.
En el mismo correo detallan, que tenéis que contestar al correo para confirmar que la dirección que ellos tienen es la correcta.

“Se adjunta información recibida de la Dirección General de la Función Pública en relación a los  puestos a ofertar a los nuevos empleados públicos fijos de categoría “TCE/AE” correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2016 y 2017, donde se recogen los criterios aplicados para la selección de las plazas a ofertar, así  como los criterios que habrán de tenerse en cuenta para los ceses. Cualquier aclaración al respecto debe proceder de esa Dirección.
Asimismo se adjunta la distribución del total de plazas por centros de trabajo y tipología, separando las de Oferta de Estabilización del 2017 y el resto de plazas incluidas conforme a los criterios establecidos.” 

Anexos
Asunto: puestos a ofertar a los nuevos empleados públicos fijos de categoría “Auxiliar de enfermería” correspondientes a las ofertas de empleo público
de 2016 y 2017.

Con fecha de 5 de febrero de 2018, se publicó en el BOPA la convocatoria de 292 plazas de la categoría de “Auxiliar de enfermería” (232 de promoción interna y 60 de acceso libre), correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2016 y 2017 del Organismo Autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (enadelante,ERA).

El pasado 28 de septiembre de 2020 se comunicó por parte de esta Dirección General una primera selección de puestos de trabajo a ofertar al personal de nuevo ingreso. Esta comunicación quedó suspendida por las medidas adoptadas para reducir los riesgos de contagios derivados de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

Con fecha de 19 de abril de 2021 se ha recibido comunicación del Director General de Cuidados, Humanización y Atención Sociosanitaria en la que, a la vista de la evolución de la pandemia,considera viable proceder a la incorporación de los nuevos empleados públicos fijos, ello previa conformidad por parte del Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

En consecuencia y con el fin de que el organismo público que diriges pueda realizar las tareas preparatorias necesarias para llevar a cabo la toma de posesión de los nuevos empleados públicos fijos, adjunto a este correo electrónico se remite el listado de puestos a ofertar.

En este sentido, se exponen a continuación los criterios adoptados para la selección de los puestos de trabajo:

La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 recoge en su artículo 19, apartado Uno 6, que las “Administraciones y sectores señalados en las letras A), B), G), O) y P) y Policía Local, regulados en el apartado Uno.2 anterior, el personal docente e investigador comprendido en la letra J) del apartado Uno.2 anterior, así como el personal que preste servicios en materia de gestión tributaria y recaudación y de inspección y sanción de servicios y actividades, el personal del Servicio Público de Empleo Estatal y entidades autonómicas equivalentes que preste servicios en materia de gestión y control de prestaciones de desempleo y actividades dirigidas a la formación para el empleo, y el personal de la Escala de Médicos-Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social, además de la tasa resultante del apartado Uno.2 y 3, podrán disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente,hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes.

La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.

La articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el
cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.

Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, las Comunidades Autónomas deberán certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal existentes en cada uno de los ámbitos afectados.

Además de lo previsto en los párrafos anteriores, las administraciones públicas, podrán disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal. A estas convocatorias les será de aplicación lo previsto en el apartado tercero de la citada disposición transitoria.”

•En términos similares se reguló la tasa de estabilización en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, con las siguientes previsiones: “Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2018 a 2020 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes.

La tasa de cobertura temporal de las plazas incursas en los procesos de estabilización,deberá situarse al final del período, en cada ámbito, por debajo del 8 por ciento.

De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.”

Estas previsiones legales habilitaron una tasa de reposición adicional a la ordinaria, al objeto de permitir el incremento del número de plazas integrantes de las ofertas de empleo público, facilitando así la reducción de la temporalidad. Con la ejecución de las ofertas que incluyen dichas plazas, se da el paso previo e imprescindible para llevar a cabo el objetivo de determinar la tasa de estabilización y de la tasa de reposición, y de aprobar ofertas de empleo público, conjunto de medidas que constituyen la provisión definitiva de las plazas mediante la superación de procesos selectivos de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Visto lo anterior, en atención a lo estipulado en la norma transcrita y teniendo en cuenta la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de la temporalidad en el empleo público, la selección de puestos a ofertar al personal de nuevo ingreso se ha realizado a partir de las “plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal” con tres años de antigüedad en su cobertura, contados desde la fecha de la incorporación prevista, esto es, desde el mes de octubre de 2021. Con ello, se incluyen los puestos de trabajo que están ocupados por personal con vinculación temporal y que se han formalizado mediante este tipo de contrato (no necesariamente con la misma persona) desde antes del mes de octubre de 2018.

Por lo tanto, se aplican estos criterios objetivos:

1) Que sean puestos vacantes que estén ocupados interinamente.
2) Que la duración de la provisión interina de dichos puestos sea igual o superior a tres años, tomando como referencia la fecha prevista de incorporación, que, en este caso, es el 1 de octubre de 2021.
3) Por lo tanto, se ofertarán los puestos que lleven ocupados interinamente, al menos, desde el 1 de octubre de 2018, sin que se exija que esa ocupación sea por la misma persona. Se tendrán en cuenta las interrupciones entre una ocupación interina y la siguiente, siempre que sea igual o inferior a un mes de duración, siguiendo el mismo criterio que se empleó para el cálculo de la tasa de estabilización.
4) Los puestos identificados para calcular la oferta de 2017 como tasa de estabilización se deberán ofertar siempre que sigan desempeñados interinamente.
5) Si entre la remisión del listado de puestos y su oferta a los aspirantes, alguno de ellos deja de estar ocupado interinamente, no estará entre los destinos ofertados.

El criterio expuesto trata de armonizar la inclusión de las plazas susceptibles de integrar la tasa de estabilización, con el hecho de que dichas plazas, en la concreción que implica la relación y el catálogo de puestos de trabajo, no están “bloqueadas”, y han sido incluidas en los procedimientos de provisión de puestos, por lo que tanto estas, como el resto de las que están desempeñadas interinamente, deben ser consideradas en igualdad de condiciones al objeto de su cobertura por personal de nuevo ingreso.

El criterio de los tres años de interinidad viene dado por ser el período que se ha tomado como referencia para la regulación legal de la tasa de estabilización, es el período que la jurisprudencia ha empleado en muchos casos para considerar la duración aceptable de los contratos de interinidad en el orden social, y es el plazo que la legislación de función pública contempla para la ejecución de las ofertas de empleo público desde la convocatoria de los proceso selectivos. Por lo tanto, es un plazo de tiempo inserto en la práctica administrativa, en la legislación y en la jurisprudencia, que se puede aplicar de manera objetiva para la concreción de las plazas a ofertar.

En cuanto a los criterios para el cese ha de tenerse en cuenta lo siguiente:

•Es aplicable el Decreto 206/2019, de 27 de diciembre, por el que se regula el acceso con carácter temporal al empleo público de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos y específicamente el artículo 20:
“Artículo 20. Criterios de cese.
En los supuestos de cese de personal funcionario interino y extinción de los contratos de trabajo de personal laboral temporal, los criterios de cese serán los siguientes, enunciados por orden de prelación:
a) Cesará el empleado público que desempeña un puesto concreto sobre el que recae la causa de la extinción del nombramiento o la contratación.
b) En el supuesto de que existan dos o más puestos de trabajo idénticos, cesará el que tenga un nombramiento o contrato más reciente en la unidad administrativa de
adscripción directa e inmediata de los empleados públicos afectados. Si hubiera varios nombramientos o contratos encadenados, aunque sean de distinta modalidad, se considerará como uno solo. Si hubiera varios nombramientos o contratos interrumpidos se considerará la fecha del último contrato o nombramiento.
Los puestos de trabajo de la unidad administrativa de adscripción directa e inmediata de los empleados públicos afectados que hayan sido incluidos en una oferta pública de empleo, aunque tuvieran la misma configuración, se considerarán puestos de trabajo distintos a los efectos de determinar el criterio de cese.
…”

En las ofertas de empleo público del expediente objeto de esta comunicación se incluyeron puestos concretos que se identificaron a efectos de calcular la tasa de estabilización. Por ello, en la oferta de destinos al personal de nuevo ingreso se aplicará el segundo párrafo del apartado b) del artículo anteriormente transcrito en el caso de que se seleccione por los nuevos trabajadores fijos alguno de esos puestos. En el resto de casos, se aplicará lo previsto en el primer parrado de dicha letra b) del artículo 20 del Decreto 206/2019.

Como consecuencia de la aplicación práctica de lo expuesto, los trabajadores fijos que elijan destino en cada centro serán asignados preferentemente a puestos identificados en las ofertas de empleo público que dieron origen al proceso selectivo y que posibilitó la inclusión de las plazas en la convocatoria. Agotados estos puestos, se asignaran los destinos en los puestos ocupados por interinos con más de tres años de vigencia en sus contratos no vinculados a dichas ofertas de empleo. Dentro de cada uno de estos grupos de puestos, los destinos se asignarán por el criterio general de asignación al puesto ocupado por el interino más reciente. En ningún caso se asignará destino en puestos ocupados por interinos con menos de tres años de antigüedad de vigencia de sus contratos de interinidad por vacante.

Para facilitar la aplicación de los criterios anteriores, en el listado adjunto se identifican los puestos que han de ser cubiertos de manera preferente por estar identificados en las ofertas de empleo que dieron origen al proceso selectivo de este expediente.De todo lo cual se da traslado a los efectos oportunos.

Fecha10/06/21 - Autonómica - Bolsas de Trabajo

Mancomunidad Comarca de la Sidra (MANCOSI) CONVOCATORIA PROCESO SELECCIÓN BOLSA AUXILIARES AYUDA A DOMICILIO

Publicada en el BOPA de hoy, Resolución de 26 de mayo de 2021 referente a la Convocatoria y bases específicas del proceso de selección para la constitución de una bolsa de empleo de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Mancomunidad Comarca de la Sidra mediante el sistema de concurso.
A tal efecto, se considerarán las titulaciones o los certificados de profesionalidad referidos a continuación: 
• FP Grado Medio: título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. 
• FP I: título de Técnico Auxiliar de Enfermería. 
• FP I: título de Técnico Auxiliar de Clínica. 
• FP Grado Medio: título de Técnico de Psiquiatría. 
• FP Grado Medio: Título de Técnico en Atención a Personas en situación de Dependencia.
• FP Grado Medio: Título de Técnico en Atención Sociosanitaria. 
• Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio. 
• Certificado de profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio. 
• Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas Dependientes en Instituciones Sociales.        
Plazo de presentación de instancias: 20 días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Convocatoria
 

Fecha21/05/21 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

ERA. TEMAS TRATADOS EN REUNIÓN 20 DE MAYO DE 2021

En reunión celebrada en el día de ayer, 20 de mayo de 2021, entre el Comité de Empresa y la Gerencia, se trató lo siguiente:

Apertura de los centros de día a partir del 9 de mayo. Santa Bárbara y Canapés por el momento no van abrir, están a la espera de valoración por parte de inspección. Falta plan de contingencia y en todas las demás no habría problema para abrirlos en breve. Existe la posibilidad que se puedan abrir para junio; según vayan abriendo se comprometen a informar al Comité de Empresa.

Personal centro de día con adaptación de puesto. Se hacen de forma individual, según les van llegando.

Cobertura de las vacantes de Piedras Blancas y demás centros que están sin cubrir. Se van a cubrir todas las vacantes según se creen necesidades. Cuando vayan abriendo los centros de día, se bajarán de planta a sus puestos y se irán contratando vacantes. En la Residencia del Cristo, nada más que su director solicite la cobertura, se meterá. Respecto a la vacante de Sotrondio, nos informan que en estos momentos se está gestionando.

Excesos de jornada como hora extra. Para excesos de jornada de menos de un día se acoge a la jornada anual de 1.519 horas, dice que seguirá devolviendo media hora por media hora, ya que no entiende que sea hora extra. El Comité de Empresa rechaza esa interpretación.

Uniformes, abono pendiente. En la nómina de este mes se va a proceder al abono pendiente. También existen problemas con las tallas, hay que hacer saber las incidencias a los responsables del contrato. Se comunicará a los directores una vez más para que recojan las incidencias. Desde SAE hemos solicitado el cambio de denominación en los uniformes, ya que vemos una tomadura de pelo la denominación “auxiliar” con la que vienen ahora.

Consultas programadas. No dejar bajo mínimos a primera hora. La Gerencia nos dice que es una función más de nuestro colectivo y considera que no es dejar bajo mínimos. Va a mirar si es un caso puntual o se produce de manera habitual.

Mejora de empleo, segunda vuelta. Dice que no es posible, y que solo se da en la bolsa de enfermeras por la ausencia de ellas.

Informe de peligrosidad. Se compromete a enviarlo a Función Pública, con la modificación.

Situación operarios Mixta. Nos dice que es difícil revertir la externalización, hoy tenemos reunión con la dirección de la Mixta sobre el tema.

Apertura comedores. Cuestión de tramitación sin fecha. Santa Teresa Mixta, etc… 

Falta guantes. En Aurora Álvarez se arregló. SAE aporta la falta de guantes en Llanes.

Fichas Residencia Cristo. No sabe con certeza  porqué se produce cambio, va a hablar con el director para informarse.

Reconocimientos médicos: Empiezan a comunicarlos en los distintos centros. Hay plazo para inscribirse.

Podólogo Belmonte. Alude a la falta de profesionales para trabajar en zonas periféricas; están adjudicando Tineo y Belmonte.

Baterías de saritas estropeadas en Canapés. Solo existía una batería; la Gerente comunica al Comité de Empresa que, tras hablar con el director, ya está solucionado.

Escritos Naranco y Santa Teresa de trabajadores. En Santa Teresa nos comunican que ambos temas fueron tratados con las direcciones y que se va a realizar seguimiento. En el Naranco hay avances con la familia, y el mes próximo tiene consulta médica.

Listado definitivo de opositores con plaza. Se nos va a enviar con las modificaciones existentes, ya que desde septiembre no nos enviaron más. Son 3 las plazas que cogieron de la reserva. Se le plantean varias cuestiones sobre criterio de cese a las que no responde y queda en mirarlo.

Saritas y grúas en Arriondas. Una sarita ya está arreglada; se va a dotar según el pedido de dirección.

Aumento 1 efectivo Tineo. De momento está cubierto con el centro de día. Queda a expensas, una vez bajen las trabajadoras al centro de día, que el Director haga la petición.

Vacante Cristo. La Administración quiere informarse bien sobre el tema; la concederá cuando la dirección la solicite.

Salidas con residente Riaño. La Administración va a hablar con el Director. Estamos pendientes que nos envíen los distintos protocolos actualizados. Y para este tema nos envía al protocolo vigente sobre salidas.

Trabajadores del centro de día, cambio de vacaciones. La Jefa de Personal nos dice que deberán ser pequeños ajustes a aquellos que antes estaban en cartelera y ahora pasaron a jornada de centro de día de lunes a viernes.

Comunicación interna Laviana. Desde el Comité de Empresa pensamos que esa nota incumple convenio. La Jefa de Personal nos dice que al ser voluntaria no, que es como un cambio de turno que hacemos los trabajadores.

Habilitación cuarto desayuno 1 y 2 planta Nodo. Nos dice que está arreglado antes de la reunión.

Solución que se da a las personas que cubrían vacantes con acúmulos, una vez agotados los 6 meses. Gerencia nos dice que es una norma que debe aplicar y que no puede incumplirla.
 

Fecha18/05/21 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional

SESPA. DESARROLLO PROFESIONAL (PERIODO ORDINARIO)


Publicado en el BOPA de hoy, resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se aprueba el sistema de evaluación aplicable al desarrollo profesional del personal estatutario sanitario de los grupos profesionales C y D y del personal estatutario no sanitario de gestión y servicios del Servicio de Salud del Principado de Asturias, aplicables al período ordinario y contenidos en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2021.
Resolución

Fecha30/04/21 - Autonómica - Bolsas de Trabajo

Información suministrada por la  Jefa de Sección de Contratación y Gestión de Personal

“Agotada la bolsa en vigor, las vacantes se ofrecen a los integrantes de la bolsa de llamamientos previos, pendiente de entrar en vigor. Se ha acordado no ofrecerlo como mejora, a fin de que no agoten la única posibilidad de llamamiento de mejora que existe, sino que ésta quede para el momento en que la bolsa ya haya entrado en vigor. Las vacantes se ofrecen, pues, como cualquier otro contrato, a quien le corresponda por orden y que se encuentre disponible”.

“Por tanto, una vez agotada la lista del año 2015, el ERA procederá a ofrecer las vacantes que están pendientes al personal disponible de la bolsa de llamamientos previos junto con el resto de necesidades que tengan para cubrir.”
 

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