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REPARTO DEL FONDO DEL 0,20% Y 0,25% DE MASA SALARIAL CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2017 Y 2018 PARA EL PERSONAL ESTATUTARIO DE INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD.
Se hace pública la relación definitiva de personal estatutario y laboral de las instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud, que cumple los requisitos establecidos en el apartado segundo del Acuerdo por el que se determina el reparto del fondo del 0,20% y 0,25% de masa salarial correspondiente a los ejercicios 2017 y 2018 para el personal estatutario del Instituciones sanitarias del Servicio.
Plazo de recurso: un mes para interponer recurso de alzada que comenzará a computarse desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma o, en su caso, de sus prórrogas.
A estos efectos, dicho programa consistirá en la superación de una actividad formativa online con una carga lectiva estimada de 21 horas, en alguna de las siguientes materias:
a) Igualdad de género.
b) Prevención de riesgos laborales.
c) Capacidades digitales.
d) Salud pública.
Resolución
Listado laborales
Listado estatutarios
En el BO de Cantabria de 2 de abril, se ha publicado Resolución por la que se suspende el disfrute del permiso del día del sector en el ámbito del personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud previsto para día 7 de abril de 2020.
Se suspende el disfrute del permiso del día del sector en el ámbito del personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud previsto para día 7 de abril de 2020, sin perjuicio del traslado de su celebración a otra fecha que no afecte a la situación de necesidad asistencial.
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En el ÁREA PRIVADA del portal del empleado del Servicio Cántabro de Salud se puede descargar un certificado personalizado para acceder al trabajo.
Si no se puede imprimir, se puede descargarlo al móvil.
ENLACE:
ANTE LA ACTUAL SITUACIÓN DINÁMICA PROVOCADA POR LA PANDEMIA SANITARIA DEL COVID-19, ENTRE EL 06-04-20 Y EL 13-04-20 SE PROCEDERÁ A LA APERTURA DE LOS CENTROS DE SALUD, CONSULTORIOS Y SERVICIOS DE URGENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA (SUAP), EN EL HORARIO HABITUAL EN EL QUE PRESTAN SERVICIOS DE LUNES A DOMINGO:
- CENTROS DE SALUD Y CONSULTORIOS: DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A 17:00 HORAS
- SUAP: DE LUNES A VIERNES DE 15:00 A 8:00 Y FINES DE SEMANA 24 HORAS.
LAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES A LOS DÍAS TRABAJADOS EN ESA SEMANA SE ABONARÁN SEGÚN SEAN DÍAS LABORABLES O FESTIVOS.
EL DÍA 7 DE ABRIL, ES CONSIDERADO INHÁBIL. LAS HORAS TRABAJADAS EN ESA JORNADA SE SUMARÁN A LA JORNADA ANUAL DE 2020.
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· Se activan las resoluciones de movilidad obligada para el personal. Esta medida afecta tanto al personal estatutario fijo, como al temporal, al que no se limita sus derechos a renuncia de nombramiento y acceso a nuevas vinculaciones por mejora de empleo u otra causa, pero que puede ser igualmente movilizado por resolución de la Dirección Gerencia del SCS.
· La movilidad se podrá determinar entre centros de las distintas áreas sanitarias y hacia dispositivos residenciales.
· No se suspenden las comisiones de servicio. Ahora bien, esta situación no elude la posibilidad de movilidad, en las mismas condiciones que Cualquier otro profesional.
· El personal movilizado mantendrá sus condiciones retributivas y, en caso de prestar servicios en puestos que conllevan mayor retribución, percibirá la diferencia a su favor.
· Los festivos de los días 9, 10, 13 y, en su caso, cualquier otro que se considere necesario, se incrementarán las presencias de personal en los servicios y unidades que, a criterio de cada Gerencia, dentro de su competencia se establezca.
· En estos días se percibirán, como no podría ser de otro modo, las retribuciones correspondientes a día festivo. El personal de los servicios y/o puestos de trabajo que no tengan asignada atención continuada, percibirán los importes correspondientes a categoría del mismo grupo salarial.
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