Desde el año 1997, SAE ha estado presentando y proponiendo a las distintas administraciones propuestas encaminadas a que a nuestro colectivo se le reconozca el derecho a su desarrollo profesional por el esfuerzo realizado a lo largo de los años de profesión en cuanto a experiencia, formación y cumplimiento de objetivos.
A PARTIR DEL PRÓXIMO 1 DE MARZO DE 2021, LA DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA QUIERE QUE DESAPAREZCA LA FIGURA DEL TCAE DE URGENCIAS DE PSIQUIATRÍA EN LOS TURNOS DE MAÑANA Y TARDE, SIENDO SUSTITUIDOS POR UN ENFERMERO/A.
ES INADMISIBLE PENSAR QUE LAS FUNCIONES QUE REALIZA EL TCAE EN ESTE SERVICIO PAREZCAN INVISIBLES PARA NUESTRA DIRECCIÓN.
MIENTRAS EL/LA DUE REALIZA SUS FUNCIONES
¿QUIÉN VA A REALIZAR TODO EL TRABAJO ASISTENCIAL QUE TAMBIÉN EXISTE?
Cuidados de los pacientes ingresados, atender las llamadas, atención directa a la puerta de entrada del servicio, pedidos almacén y cocina, comidas…y un larguísimo etc.
DESDE USAE SEGUIREMOS LUCHANDO POR LA PERMANENCIA DEL TCAE EN TODOS LOS SERVICIOS QUE TIENE NUESTRO HOSPITAL COMO HEMOS ESTADO SIEMPRE.
La limpieza y desinfección de los EPIs no es función del colectivo de Técnicos de Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE), ya que incumplen la normativa de riesgos laborales, que exige que cada profesional debe encargarse del mantenimiento de su propio EPI.
Actualmente, los únicos EPIs contra el COVID que son reutilizables son las gafas y las pantallas faciales.
Se debe cumplir la normativa de PRL y cuando los criterios ahí contemplados deban ser aclarados o precisados a la luz de otros técnicos, se utilizarán las guías del INSHT y del Ministerio de Sanidad1.
Dichas guías establecen:
a.-Los trabajadores son los responsables de utilizar adecuadamente y mantener en correcto estado los EPI puestos a su disposición2 tras el adecuado adiestramiento3.
b.-Cada usuario debe ser responsable del mantenimiento y conservación del equipo que se le entrega4.
c.-El empresario es el responsable de proporcionar a los trabajadores las instrucciones sobre la forma correcta de utilizarlos5,6.
1. RD 39/97, art 5.3
2. Guía INSST-EPI: Equipos de protección individual, Aspectos generales sobre su comercialización, Aspectos generales sobre su comercialización, selección y utilización. INSHT, 2009
3. RD 773/97 de utilización de EPI, Guía Técnica. INSHT, 2012
4. Riesgos biológicos y equipos de protección individual recomendados en centros sanitarios (Póster. XII Congreso Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo). INSST, 2001
5. RD 664/95, de riesgo biológico. Guía técnica. INSHT, 2014
6. RD 773/97, art 8
USAE solicita a la Ministra de Sanidad y al Jefe de la Dirección Especial ITSS que a los trabajadores del transporte sanitario (TES) que se hayan contagiado por Covid en el ejercicio de sus funciones, les sea reconocida esta IT como enfermedad profesional al igual que al resto de los trabajadores sanitarios.
¡¡USAE siempre en defensa de los profesionales!!
La administración había concedido el Nivel 2 de Carrera Profesional a una afiliada en vez del Nivel 3, que es el que por tiempo trabajado le correspondía, en base a un prorrateo inexplicable y absurdo de días de prestación de servicios.
SAE solicita a través de escrito registrado a la Directora General de Osakidetza:
Así mismo, SAE continúa realizando todos los esfuerzos, para que en un futuro, todos los TCE sean englobados en el grupo C1 de Técnicos Superiores tal y como marca la normativa al respecto.