El Sindicato de Técnicos de Enfermería comunica, a través de notas de prensa o cartas al director, a los medios de comunicación todas aquellas informaciones de interés público y profesional en las que SAE es noticia.
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) estudia las acciones legales ante la inacción de la Consellería de Sanidad en relación con el contrato de limpieza suscrito con una empresa adjudicataria y que está incumpliendo varios puntos del convenio firmado.
SAE ha informado a la Consellería de Sanidad de las irregularidades que se están produciendo en los distintos hospitales de la Comunidad Valenciana con la empresa de limpieza y de las posibles repercusiones para los usuarios de la Sanidad Pública.
Sorprendentemente la respuesta a varios escritos y diferentes reclamaciones, ha sido que la Consellería ha delegado funciones de limpieza en el personal Técnico en Cuidados de Enfermería.
El hecho de que un profesional sanitario sea obligado a manipular residuos y basuras y luego atienda a los pacientes supone un importante riesgo de infecciones nosocomiales para el usuario, avalado por los estudios epidemiológicos que parece no tener en consideración la Consellería.
Lo evidente es que se está poniendo en riesgo la salud de los usuarios al no cumplirse los acuerdos pactados con las empresas contratadas y suscritos en el pliego de condiciones de limpieza, y que estas deficiencias representan un perjuicio para todos los ciudadanos valencianos.
Por otro lado, es inadmisible que una empresa a la que se ha contratado para dar un servicio lo incumpla, mientras se exige al personal estatutario que realice este servicio, rebajando el tiempo destinado a la atención y cuidado del paciente y empobreciendo la calidad asistencial.
Las empresas adjudicatarias deben contar con el personal suficiente para llevar a cabo las funciones acordadas en el convenio y hacerlo en óptimas condiciones. Es inadmisible que la falta de trabajadores en esta empresa, externa y ajena a la Consellería repercuta por un lado, en los Técnicos en Cuidados de Enfermería a quienes se les ha obligado a realizar funciones de limpieza y por otro, al usuario que ve reducido el tiempo que los TCE dedican a su asistencia en tareas fundamentales para su recuperación como son el aseo, la higiene o la alimentación.
La función del Técnico en Cuidados de Enfermería es cumplir con el cuidado terapéutico del paciente, y compensar la incapacidad del mismo, proporcionándole el apoyo y cuidados básicos para su recuperación, como su aseo e higiene, alimentación, vigilancia de las heridas, etc., pero en ningún momento una función del Técnico puede ser realizar tareas de limpieza.
Sobrecarga de funciones de farmacia a Técnicos en Cuidados de Enfermería
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) exige a la gerencia del Hospital Valle de los Pedroches que respete la normativa de contratación y las categorías profesionales del Servicio Andaluz de Salud.
A pesar de que la categoría de Técnicos en Farmacia fue creada en el Servicio Andaluz de Salud en el año 2008, incluyéndose en el texto refundido y en las actualizaciones del pacto de bolsa única el 18 de mayo de 2010 (BOJA nº. 137 de julio del mismo año) la gerencia del hospital opta por sobrecargar de trabajo a los Técnicos en Cuidados de Enfermería (TCE) para los servicios de farmacia, saltándose así la normativa existente.
Supone, además, un deterioro de la calidad asistencial prestada porque los Técnicos en Cuidados de Enfermería se ven obligados a abandonar sus unidades para llevar a cabo estas funciones del servicio de farmacia.
La sobrecarga de trabajo a los profesionales con funciones ajenas a su categoría profesional es un deterioro de la calidad asistencial tanto en relación con la farmacia como en las funciones propias que deben prestar los Técnicos en Cuidados de Enfermería y que no pueden atender debidamente, tanto por estar realizando funciones ajenas como por dejar de prestar la asistencia sanitaria que corresponde al paciente en la unidad asistencial del TCE.
Por ello, Juan Antonio Moreno Torres, vicesecretario provincial del Sindicato de Técnicos de Enfermería en Córdoba exige a la gerencia el respeto tanto de las funciones como de las categorías profesionales.
17 de mayo, Día Internacional contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género.
En España sólo doce comunidades autónomas tienen leyes que recogen los derechos de las personas transexuales y únicamente ocho se basan en la libre autodeterminación del género.
Ante esta disparidad, desde el Sindicato de Técnicos de Enfermería nos sumamos a este Día Internacional contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género reivindicando una igualdad real en el acceso a los tratamientos de cambio de sexo en todo el territorio español.
Para ello es fundamental la aplicación y el desarrollo urgente de la modificación de la Ley de Identidad de Género de 2007, que permitía el cambio de nombre y sexo legal de las personas transgénero en el Registro Civil, sin embargo obligaba a un diagnóstico médico de disforia de género y un tratamiento hormonal al menos durante dos años para que las personas pudieran cambiar su nombre y sexo.
“Esta modificación, pendiente de aprobación en el Congreso, elimina estos requisitos y establece que la identidad de género debe ser “la autopercibida y libremente determinada por cada persona”. Si bien es verdad que algunas comunidades autónomas, como Andalucía, Baleares, Aragón o Comunidad Valenciana, ya han creado sus propias normas al respecto y contemplan la libre autodefinición del género, otras como Castilla y León, La Rioja o Asturias ni siquiera tienen una Ley trans o LGTBI. Estas diferencias en el cumplimiento e implementación legislativa entre unas y otras autonomías genera una alarmante discriminación entre el colectivo trans, por ello desde SAE nos sumamos a la celebración del Día Internacional contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género, dando visibilidad a estas diferencias y reivindicando una mayor voluntad política y social que despatologice la identidad de género”, explica Daniel Torres, secretario de acción social y formación de SAE.
La Plataforma Nacional de Afectados por la Disposición Transitoria Tercera del EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público) denuncia que durante 35 años más de 150.000 empleados públicos, titulados de formación profesional, son sacrificados todos los años para tapar los agujeros de las distintas administraciones.
La sistemática negativa, antes y después de la entrada en vigor del EBEP, allá por el año 2007, a poner en marcha el artículo 76 del citado estatuto, mediante una disposición transitoria, la tercera, sigue condenando a decenas de miles de trabajadores públicos, a una injusta clasificación profesional, algo sin precedentes en la historia de nuestro país que ha llevado a una pérdida adquisitiva acumulada que ronda entre los 30.000 y los 50.000 euros por empleado, hecho que viene agravado si se tiene en cuenta el desfase en las cotizaciones a la Seguridad Social, lo que redunda en una merma sustancial de las futuras pensiones y prestaciones por desempleo de los afectados, lo cual unido a la pérdida de ventajas fiscales y el copago farmacéutico en estas edades y los recortes salariales sufridos entre el 2011 y el 2016, supone la mayor metida de mano por parte de los gobiernos, en los bolsillos de estas más de 150.000 personas, para financiar obras mastodónticas abandonadas, rescate de bancos y empresas privadas, financiación de asociaciones, fundaciones y empresas públicas de escaso y dudoso interés social, etc.
Porque somos empleados públicos, no una ONG de salvamento gubernamental, porque tenemos familias y los mismos gastos que el resto de los compañeros y compañeras no afectadas, porque nuestros sueldos no son a la carta como los de sus señorías, exigimos el fin del engaño, del fraude y de la estafa en la formación profesional.
Por todo ello, esta plataforma nacional exige la inmediata derogación de la disposición transitoria tercera del EBEP y la entrada inmediata en vigor de su art. 76 y mantiene las concentraciones de los miércoles en todos los centros de trabajo a las 12:00 de la mañana.
La calidad asistencial se deteriorará de manera alarmante
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos manifiesta de manera continuada una falta de respeto a diferentes profesiones y las titulaciones que habilitan para el ejercicio de cada una de ellas. Solo así se entienden las bases de la convocatoria de veinte plazas para el puesto de “cuidador gerontológico”, que se han convocado recientemente. Suponemos, además, que esta convocatoria se habrá llevado a cabo con el beneplácito de algunos sindicatos que cuando hay que defender a los Técnicos Sanitarios olvidan su existencia.
Ante esta situación, el Sindicato de Técnicos de Enfermería ha presentado un recurso de alzada contra la Resolución 580/2019, de 2 de abril de la Directora General de Función Pública por la que se aprueba la convocatoria de estas plazas. Entre los requisitos se establece acreditar una determinada cualificación profesional, dando inadmisiblemente acceso a los titulados técnicos superiores pero también a graduados en ESO, graduados escolares, formación profesional básica o certificaciones profesionales. En definitiva, personas sin ninguna titulación que les habilite para desempeñar las funciones de cuidador gerontológico.
Todo esto demuestra el desconocimiento que la Administración tiene de sus propios profesionales, de las categorías y titulaciones que debe gestionar. En unos casos, permite el acceso de titulados superiores que de ser contratados serán incluidos en un nivel inferior al que por titulación les corresponde ya que los cuidadores gerontológicos están encuadrados en el Nivel D, mientras que a un titulado de grado superior le corresponde, aunque injustamente, el nivel C tal y como recoge la normativa foral.
En el caso de las personas sin titulación específica lo que se pone en riesgo es la propia calidad asistencial que estas personas podrán ofrecer a los pacientes abriendo así la puerta al máximo deterioro asistencial en las residencias de la tercera edad de Navarra.
En definitiva, la amplitud con que se formula el requisito de titulación para el acceso a los puestos de cuidador gerontólogo, vulnera los principios de igualdad y de mérito y capacidad en el acceso a la Función Pública; principios todos ellos con proyección constitucional.
El Sindicato de Técnicos de Enfermería considera inadmisible esta convocatoria por lo que ha interpuesto el citado Recurso de Alzado solicitando al Consejero de Presidencia, Justicia Interior la modificación de las bases de la convocatoria en lo referido a los requisitos de titulación exigida para el acceso.