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BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL
PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL ADMINISTRACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN,
DURANTE EL ESTADO DE ALARMA
En el BOCYL de hoy, 17 de marzo, se ha publicado ORDEN PRE/260/2020, de 15 de marzo, para la gestión de bolsas de empleo temporal de personal funcionario y laboral de la Administración de Castilla y León, durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
• Durante el estado de alarma, los órganos gestores de las bolsas de empleo temporal de Cuerpos, Escalas y Competencias funcionales incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 21/2018, de 26 de julio y demás normas previstas en su disposición transitoria, efectuarán los llamamientos precisos para atender sin dilación los servicios públicos precisados de incorporación de personal temporal, siguiendo el orden en el que figuren los interesados en la respectiva bolsa.
• En aquellos supuestos en que no consten bolsas constituidas, así como cuando, constituidas éstas, resultaren insuficientes o agotadas, el llamamiento se efectuará a través del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, y en defecto de candidatos, de forma directa, sin precisar la autorización previa de la comisión de seguimiento de bolsas, sin perjuicio de la puesta en conocimiento de los llamamientos efectuados una vez finalizados los mismo.
• Finalizado el estado de alarma, y en su caso las prórrogas que hubiere, los Secretarios Generales de las Consejerías y Gerente Regional de Servicios Sociales y Gerentes Territoriales darán cuenta de los llamamientos efectuados a las organizaciones sindicales.
• En todo caso, atendiendo al carácter excepcional de los llamamientos, los contratos se celebrarán con tal fin y atendiendo a las necesidades urgentes, por el tiempo indispensable para cubrir las prestaciones esenciales ocasionadas con motivo de la alerta sanitaria.
Resolución
SAE, SINDICATO DE TÉCNICOS DE ENFERMERÍA, INSTA A LA JCYL QUE DE INMEDIATO SE TOMEN MEDIDAS PARA SUBSANAR LA DESPROTECCIÓN QUE ANTE EL COVID-19 ESTÁN TENIENDO NUESTROS PROFESIONALES SANITARIOS, DESDE LOS SERVICIOS SOCIALES DONDE CARECEN DE ABSOLUTAMENTE TODO, HASTA SACYL DONDE FALTA MUCHO STOCK DE PROTECCIÓN.
ES HORA DE DEMOSTRAR POR QUÉ ALGUIÉN OCUPA UN ALTO CARGO.
QUE AGUDICEN EL INGENIO, QUE INVENTEN LO QUE QUIERAN, PERO QUE PROTEJAN A LOS PROFESIONALES Y A SUS FAMILIAS.
En consonancia con SAE Nacional, SAE Castilla y León ha solicitado a la Consejería de Sanidad y a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que a los profesionales sanitarios afectados por el Coronavirus en el ejercicio de sus funciones, se les considere enfermedad profesional en lugar de enfermedad común, tanto si es por aislamiento preventivo como si es enfermedad por contagio.
Registros
Homologación grados I, II, III y IV
En el BOCYL de hoy, 6 de marzo, se ha publicado Resolución de 24 de febrero de 2020, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud, sobre homologación de los Grados I, II, III y IV de la carrera profesional del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Se homologa los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional, con los efectos que se establecen en el Decreto 43/2009, de 2 de julio, por el que se regula la carrera profesional del personal estatutario de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León, a aquellos profesionales que se relacionan en los Anexos I, II, III y IV respectivamente, de esta resolución.
Los efectos económicos del complemento de carrera, en la modalidad correspondiente, que pueden derivarse de este reconocimiento, se retrotraerán, en su caso, a la fecha en que cada profesional, incluido en dichos Anexos I, II, III y IV, haya presentado su solicitud de homologación de grado en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se deniega la homologación de los Grados I, II, III y IV de la Carrera Profesional en la modalidad desde la que se solicitó a aquellos profesionales relacionados en el Anexo V de esta resolución, por alguna de las causas que se atribuyen con carácter individual a cada interesado.
Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer aquellos otros recursos que considere oportunos.
Resolución