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Fecha02/08/21 - Autonómica - Movilidad interna

CONVOCATORIA MOVILIDAD VOLUNTARIA. Técnico Superior de Radiodiagnóstico 

Aprobar y hacer pública la relación definitiva de los adjudicatarios en el procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior de Radiodiagnóstico en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se adjunta como anexo. 
Apertura del plazo para tomar posesión el 4 de octubre de 2021.
Resolución

 

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se publica la relación definitiva de participantes admitidos y se resuelve provisionalmente el procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior de Radiodiagnóstico en centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
De conformidad con lo establecido en la base 8.5 de la convocatoria se abre un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial de Aragón”, para que los interesados puedan formular reclamaciones sobre la resolución provisional del procedimiento.
Las reclamaciones contra la presente Resolución deberán ser remitidas a la comisión de valoración, sita en el Servicio Aragonés de Salud, plaza de la Convivencia, número 2, 50017 Zaragoza.
Resolución
 

Solicitudes a través de la página web https://servicios.aragon.es/gbtsip 

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 15 de enero de 2021.
Resolución

Fecha30/07/21 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

MEDIDAS ESPECIALES EN RELACIÓN CON LOS TRABAJADORES DE CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES

Los trabajadores no vacunados o con infección por COVID en los últimos 180 días que regresen de permisos y vacaciones, así como los de nuevo ingreso en iguales circunstancias, están obligados a realizarse prueba diagnóstica de coronavirus con 72 horas de antelación, como máximo, a la incorporación al puesto de trabajo. Igualmente, una vez incorporados, están obligados a realizarse, como medida preventiva, prueba diagnóstica de coronavirus cada 72 horas.

Supuestos contemplados.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de  COVID-19 y en el Documento que establece el procedimiento de actuación relativa al COVID- 19, se contempla que los trabajadores no vacunados deberán realizarse prueba diagnóstica por coronavirus en los siguientes supuestos:
a) Cuando regresen de permisos y vacaciones (cuando sean por un periodo superior a 15 días), con 72 horas de antelación, como máximo, a la incorporación al puesto de trabajo.
b) Como control complementario a la realización del test de autovaloración, recogido en el Protocolo de actuaciones entre el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales y el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, cada 72 horas.
2. Se incluye en la obligación de realización de prueba diagnóstica de coronavirus a aquellos trabajadores no vacunados cuando obedezca a las siguientes circunstancias:
a) Por decisión propia.
b) Por no haber completado la pauta de vacunación. En este caso, esta medida especial les será de aplicación hasta la completa administración de la segunda dosis.
Costes de la realización de la prueba diagnóstica. Los trabajadores no vacunados están obligados a asumir el coste de la realización de la prueba diagnóstica cuando obedezca a una decisión propia.
 

Fecha15/07/21 - Autonómica - OPE

OPE TCE. ESTIMACIÓN DE RECURSO DE ALZADA

GRACIAS AL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR LA ASESORIA JURIDICA DE SAE ZARAGOZA SE HA CONSEGUIDO QUE UNA TÉCNICA EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA CONSIGA PLAZA FIJA EN EL HOSPITAL DE BARBASTRO
PUBLICACIÓN EN BOA HOY 15 DE JULIO
SIEMPRE EN DEFENSA Y FAVOR DEL COLECTIVO
Resolución

Fecha09/07/21 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

FIESTAS LABORALES 2022

Decreto 84/2021, de 30 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuerables e inhábiles para el año 2022 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto

Fecha08/07/21 - Autonómica - Bolsas de Trabajo

SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD. PLAZAS NO CUBIERTAS PROCESO CONVOCADO 20/8/18

Resolución de 21 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia dle Servicio Aragonés de Salud, por la que se da publicidad a las plazas que no han sido cubiertas en el pro¬ceso selectivo convocado por Resolución de 20 de agosto de 2018, de la categoría de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón para su provisión por turno libre, y se convoca acto de asignación de destinos vacantes, conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria.
Las plazas a cubrir y que han quedado vacantes son trece (13) y con el fin de prever posibles renuncias o abstenciones al llamamiento excepcional, se convoca a más aspirantes que plazas a cubrir. Quedarán decaídos en sus derechos quienes no compa¬rezcan al presente llamamiento.
De conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria, y por ra¬zones de salud pública derivadas de la actual situación sanitaria, el acto de elección y adjudi-cación de destinos será no presencial. Los aspirantes deberán presentar en el Registro del Servicio Aragonés de Salud, EN EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES siguientes a la publicación de la presente Resolución, junto con el impreso de elección de plazas, la si¬guiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad. 
b) Fotocopia compulsada del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria. 
d) La capacidad funcional se podrá acreditar mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, o mediante una declaración responsable.
e) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Resolución
Relación aprobados
Plazas ofertadas
Hoja elección destinos


 

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