Fuerza, equilibrio, valor y responsabilidad
REABRE EL 5 DE JUNIO TRAS LA REFORMA INTEGRAL INICIADA EN OCTUBRE DE 2018
TRAS TODAS LAS PENURIAS QUE LOS TRABAJADORES/AS HAN SUFRIDO
EN CLÍNICA PONENT DESDE LOS INICIOS DE LA REFORMA INTEGRAL DE OCTUBRE DE 2018, POR FIN REABRE EL PRÓXIMO DÍA 5 DE JUNIO LA NOVALIANÇA.
CON ESTA GRAN REFORMA, LOS TRABAJADORES / AS PODRAN DESARROLLAR SU PROFESIONALIDAD EN UNAS CONDICIONES DIGNAS Y SEGURAS
CON ESTA RENOVACIÓN, LA CLÍNICA DARÁ COBERTURA A LA GRAN MAYORÍA DE COMPAÑÍAS ASEGURADORAS DE SALUD E INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA REGIÓN DE LÉRIDA.
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
Requiere a la empresa la modificación de la evaluación de riesgos para limitar la utilización de las mascarillas filtrantes FFP2 a las instrucciones del fabricante, sin que pueda exceder de una jornada de trabajo. Plazo inmediato.
Requiere a la empresa que entregue a los trabajadores/as del centro equipos de protección individual que protejan su cuerpo contra el riesgo biológico debidamente: En particular, las mascarillas anti filtrantes FFP2 deberán ser sustituidas según la periodicidad indicada en las instrucciones del fabricante.
Plazo inmediato.
Requiere a la empresa que ofrezca la vigilancia de la salud de todo el personal, mediante reconocimiento médico a los trabajadores que hayan sufrido una exposición similar a otros que hayan dado positivo en COVID-19, debido a la exposición a estos agentes biológicos.
Plazo inmediato.
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
RESPECTO A LOS EPIS, SE HACE REQUERIMIENTO A LA EMPRESA DE PUESTA A DISPOSICIÓN INMEDIATA DE EPIS A LOS TRABAJADORES/AS, CONDICIONADO A LA DISPONIBILIDAD DE DICHOS EQUIPOS. SE LES OBLIGA TAMBIÉN A MANTENER INFORMADOS A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LOS TRABAJADORES DE LA SITUACIÓN EXISTENTE EN CADA MOMENTO.
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
RESPECTO A LOS EPIS, SE HACE REQUERIMIENTO A LA EMPRESA DE PUESTA A DISPOSICIÓN INMEDIATA DE EPIS A LOS TRABAJADORES/AS, CONDICIONADO A LA DISPONIBILIDAD DE DICHOS EQUIPOS. SE LES OBLIGA TAMBIÉN A MANTENER INFORMADOS A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LOS TRABAJADORES DE LA SITUACIÓN EXISTENTE EN CADA MOMENTO.
RESPECTO A FORMACIÓN, SE HACE REQUERIMIENTO A LA EMPRESA PARA QUE FORME DEBIDAMENTE A TODO EL PERSONAL DEL CENTRO, YA QUE SE DETECTA LA INSUFICIENTE FORMACIÓN FACILITADA A LOS TRABAJADORES/AS, EN RELACIÓN CON LAS EXIGENCIAS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 19.1 DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
EN CUANTO A PRUEBAS DIAGNÓSTICAS DE PCR Y SEROLOGÍA SE APRECIA QUE LA EMPRESA PARECE ESTAR OBSERVANDO LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN LOS PROTOCOLOS DISEÑADOS POR LAS AUTORIDADES SANITARIAS DE ÁMBITO ESTATAL Y AUTONÓMICO
TURNO NOCHE
SAE INFORMA AL PERSONAL DEL TURNO NOCHE QUE LE LLEGARÁ UN MENSAJE DE ANULACIÓN DE CITA PARA LA PRUEBA DE LA SEROLOGÍA QUE TENÍAN PROGRAMADA, YA QUE NO SE PUEDE REALIZAR EN EL MISMO TURNO DE TRABAJO.
SE DEBERÁ PEDIR DE LA SIGUIENTE FORMA:
TURNO DE LUNES NOCHE: ELEGIR LA OPCIÓN DE MARTES.
TURNO DE MARTES NOCHE: ELEGIR LA OPCIÓN DE LUNES.
INFORMAROS QUE SI LA HABÉIS SOLICITADO POR SEGUNDA VEZ EN VUESTRO TURNO, DEBÉIS PONEROS EN CONTACTO CON VUESTRA SUPERVISIÓN.
LA DIRECCIÓN CONTACTARÁ CON EL PERSONAL PARA REPROGRAMAR UNA NUEVA CITA, YA QUE EL TELÉFONO DE PROGRAMACIÓN DE PRUEBAS NO ESTÁ FUNCIONANDO.