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SAE Castilla y León

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Empleo y Profesionales





Fecha05/03/20 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional

RECONOCIMIENTO CARRERA PROFESIONAL. AÑO 2011.

Grado I, II y III.

En el BOCYL de hoy, 5 de marzo, se han publicado resoluciones de 20 de febrero de 2020 por las que se reconoce:
. Una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento de carrera profesional correspondiente al año 2011, el Grado I de Carrera Profesional por el procedimiento ordinario a los profesionales a los que se procedió a la apertura de nuevo plazo y continuación del procedimiento, y que se relacionan en el Anexo I. 

. Una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento de carrera profesional correspondiente al año 2011, el Grado II de Carrera Profesional por el procedimiento ordinario a los profesionales a los que se procedió a la apertura de nuevo plazo y continuación del procedimiento, y que se relacionan en el Anexo I. 

. Una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento de carrera profesional correspondiente al año 2011, el Grado III de Carrera Profesional por el procedimiento ordinario a los profesionales a los que se procedió a la apertura de nuevo plazo y continuación del procedimiento, y que se relacionan en el Anexo I. 

 Informar, en cuanto a la efectividad de los reconocimientos referidos en el ordinal primero que, conforme al Acuerdo de 20 de mayo de 2019 suscrito por la Administración para ordenar los plazos para el cumplimiento de los procedimientos en ejecución de sentencia de los Grados I, II y III de Carrera Profesional que se estén resolviendo en la actualidad, el abono ordinario de las cantidades derivadas del reconocimiento del grado tendrá lugar con carácter inmediato, posponiéndose el abono de los atrasos generados por dicho reconocimiento al primer trimestre del año 2020.
Resolución grado I
Resolución grado II
Resolución grado III
 

Fecha05/03/20 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional

RECONOCIMIENTO CARRERA PROFESIONAL. AÑO 2010.

Grado I y III.

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2020, sobre reconocimiento del Grado III Grado I de carrera profesional para profesionales a los que se procedió a la apertura de un nuevo plazo y continuación del procedimiento.

Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento de Carrera Profesional correspondiente al año 2010, el Grado III de Carrera Profesional por el procedimiento ordinario a D.ª María Eugenia Gómez Lorenzo, con D.N.I. *9**248**, con categoría profesional de Técnico en Cuidados de Enfermería (AE) de la Gerencia de Atención Primaria de Valladolid Este. 

Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento de carrera profesional correspondiente al año 2010, el Grado I de Carrera Profesional por el procedimiento ordinario a D.ª Angélica López Sol, con D.N.I. 0**76*0**, con categoría profesional de Enfermera de la Gerencia de Atención Primaria de Salamanca. 

 Informar, en cuanto a la efectividad de los reconocimientos referidos en el ordinal primero que, conforme al Acuerdo de 20 de mayo de 2019 suscrito por la Administración para ordenar los plazos para el cumplimiento de los procedimientos en ejecución de sentencia de los Grados I, II y III de Carrera Profesional que se estén resolviendo en la actualidad, el abono ordinario de las cantidades derivadas del reconocimiento del grado tendrá lugar con carácter inmediato, posponiéndose el abono de los atrasos generados por dicho reconocimiento al primer trimestre del año 2020.
Resolución grado I
Resolución grado III

Fecha20/02/20 - Autonómica - Bolsas de Trabajo

BOLSA TCAE. AMPLIACIÓN PLAZO

En el BOCYL de hoy, 20 de febrero de 2020, se publica resolución de 17 de febrero, por la que se acuerda ampliar el plazo para la introducción de los datos relativos al autobaremo (méritos, áreas, tipo de llamamientos) hasta el día 24 de febrero de 2020 (incluido).

La concesión del nuevo plazo es únicamente a los efectos de posibilitar la introducción de los datos relativos al autobaremo de aquellos aspirantes que no hayan podido hacerlo, de tal forma que la fecha de corte o de referencia de méritos se mantiene inalterada al 15 de febrero de 2020.
Resolución

Fecha11/02/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

EL DIRECTOR DE LA RMM DE ARMUNIA INCUMPLE SUS COMPROMISOS ADQUIRIDOS CON SAE

La falta de personal TCE/AE es el origen de todos los problemas del centro

León 11 de febrero de 2020.-El director de la Residencia Mixta de Mayores de Armunia no ha cumplido ninguno de los compromisos adquiridos con el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) en relación con este colectivo y también con el usuario que, en definitiva, es quien padece las consecuencias de esta gestión.

            “Ha incumplido el compromiso de incrementar los efectivos de Técnicos en Cuidados de Enfermería en 1,5 y el número de profesionales que debe haber por turno en cada módulo. Es evidente que este déficit repercute en los profesionales aumentando considerablemente su sobrecarga laboral de los TCE/AE pero, es fundamental para los usuarios que están viendo devaluada la calidad asistencial que reciben”, explica M.ª Pilar Castro, secretaria provincial del Sindicato de Técnicos de Enfermería en León.

            Los usuarios de este centro tienen diferentes grados de dependencia y es una prioridad adecuar las plantillas en función de estos porque mientras que la necesidad de atención y cuidados de un gran dependiente es constante para otros usuarios el ratio de profesionales puede ser distinto. No se pueden hacer estos cálculos atendiendo solo al número de usuarios, sin tener en cuenta otras variables, fundamentales en estos casos.

            En cualquier caso, el déficit de profesionales es el origen de todas las situaciones como la denegación de los días de asuntos propios legalmente establecidos, para los trabajadores y que les impide llevar a cabo conciliar la vida laboral y personal. Ni siquiera se contempla la posibilidad de que se puedan solicitar en el turno de noche o en fin de semana, limitando en gran medida las opciones de los trabajadores.

            A esta situación se añaden la falta de criterios para la concesión de permisos y licencias o descansos generando agravios comparativos entre los profesionales ya que en ocasiones, estos permisos se conceden de manera arbitraria, injusta y subjetiva para algunos profesionales lo que está generando un clima laboral de auténtica crispación.

            “Los profesionales no pueden continuar con esta situación por lo que desde el Sindicato de Técnicos de Enfermería instamos a la dirección a que ponga en marcha el aumento de plantillas necesarias para el centro. En caso contrario, SAE no descarta llevar a cabo otro tipo de actuaciones que pongan fin a esta situación”, manifiesta la secretaria provincial de SAE en León.

 

 

 

 

Fecha31/01/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

INCREMENTO RETRIBUTIVO PARA EL AÑO 2020 SECTOR PÚBLICO DE CASTILLA Y LEÓN

DECRETO-Ley 1/2020, de 30 de enero, por el que se aprueba el incremento de las retribuciones para 2020 en el ámbito del sector público de la Comunidad de Castilla y León.

Con efectos a 1 de enero de 2020, las retribuciones íntegras del personal al servicio de las entidades incluidas dentro del sector público autonómico de la Comunidad de Castilla y León, aplicadas en las cuantías y de acuerdo con los regímenes retributivos vigentes, no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2019, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo.

Con independencia de lo establecido en el apartado anterior y en los términos establecidos en la normativa básica estatal, se podrá autorizar un incremento adicional del 0,30 por ciento de la masa salarial para, entre otras medidas, la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables, o la homologación de complementos de destino.

Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos superiores a los que se establecen en el presente artículo o en las normas que lo desarrollen, deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables en caso contrario las cláusulas que se opongan a lo dispuesto en el presente artículo.

Al personal de la Administración de Castilla y León que desempeñe puestos de trabajo sujetos al régimen retributivo previsto en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición final primera de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, le serán de aplicación las  cuantías que se señalan en el artículo 2.
Resolución


 

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