Avanzamos juntos haciendo futuro
Desde esta Organización nos hemos sentido obligados a poner en conocimiento de los Organismos correspondientes la precariedad y el desabastecimiento continuado que existe en nuestros hospitales con respecto a los EPIS, poniendo de manifiesto la falta de previsión y planificación en la gestión de PRL, desde su alcance y contenido legal y reglamentariamente exigible.
• Batas y mascarillas estériles de un solo uso NR (no reutilizable) que son usadas por varias personas y varios turnos. Obligando al personal a pulverizarlas con lejía diluida para su siguiente reutilización.
• Escasez de guantes.
• Falta de uniformes de un solo uso.
• Mandiles impermeables que se lavan y se les quita la impermeabilidad, dejando de ser eficaces.
EPI = EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD. Orden SND/319/2020, de 3 de abril
MODIFICACIONES A LAS INSTRUCCIONES DICTADAS SOBRE NOMBRAMIENTOS EVENTUALES Y CONTRATACIONES DERIVADAS DE LA PUBLICADA ORDEN SND/232/2020, DE 15 DE MARZO EN LA QUE EN SU APARTADO QUINTO SE ADOPTABAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS EN RELACIÓN A LAS OFERTAS DE LA BOLSA Y MEDIOS PARA LA GESTION DE LA SITUACION DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.
Medidas extraordinarias que contemplaban aspectos tales como:
• Orden decreciente de los llamamientos de la Bolsa, salvo excepciones.
• Valoración como servicios prestados de aquellos aspirantes que sean llamados de la Bolsa de Trabajo del SES para prestar servicios en centros de mayores de carácter residencial, los servicios prestados se valorarán como prestados en el SES con su retribución correspondiente.
Además, de lo anterior, esta nueva Orden SND/319/2020, de 3 de abril añade un nuevo apartado en el punto quinto.
Contratación de titulados en Formación Profesional.
Las personas que hayan finalizado sus estudios de Formación Profesional de Técnico en Cuidados de Enfermería, pero todavía no se les haya expedido el título, podrán ser contratadas aportando un certificado expedido por la autoridad competente que acredite la finalización de sus estudios. Se les realizará un nombramiento como personal estatutario de carácter eventual (E3) hasta un máximo de 3 meses prorrogables por periodos sucesivos de 3 meses y percibirán las retribuciones correspondientes a su titulación.
Más información
DESDE ESTA ORGANIZACIÓN SINDICAL NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN PUBLICADA, POR EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD, LA ORDEN 319/2020 (modifica la orden 232/2020 15 de marzo y la orden 299/2020 del 27 de marzo).
DESDE SAE NO LO CONSIDERAMOS JUSTO Y POR ELLO NOS OPONEMOS A QUE EL INCREMENTO COMPENSATORIO EXTRAORDINARIO DE PUNTOS COMPUTABLES Y SUMUTARIOS EN LA APERTURA DE LA PRÓXIMA BOLSA DE EMPLEO, SÓLO SE VEA COMPENSADO AL TRABAJADOR CONTRATADO A PARTIR DEL 15 DE MARZO DE 2020.
ADOPCIÓN DE MEDIDAS EXCEPCIONALES DE INTERVENCIÓN SANITARIA PARA GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MATERIA SANITARIA EN LOS CENTROS DE MAYORES DE CARÁCTER RESIDENCIAL DE LA CC.AA DE EXTREMADURA.
Punto Quinto de la Resolución.
Medidas excepcionales en relación a las ofertas de la bolsa trabajo.
Las ofertas que pudieran realizarse para los tres tipos posibles de vinculaciones temporales (LD, CD Y UR) se realizarán por orden decreciente de puntuación en la Bolsa de Trabajo, excepto en el caso de que se detecte que el/la aspirante que ocupe la primera posición en esa Bolsa de Trabajo en el momento de realizar la oferta se encuentra prestando servicios en centros de mayores de carácter residencial, en cuyo caso pasará a ofertarse ese nombramiento al/la siguiente aspirante de esa bolsa con más puntuación, siempre que no se encuentren prestando servicios en esos centros.
Una vez terminada la crisis sanitaria, aquellos/as aspirantes de las Bolsas de Trabajo que hayan sido afectados/as por la medida adoptada en el párrafo anterior, volverán a estar disponibles en las bolsas de trabajo en la posición que les corresponda en ese momento y siempre que les hubiera correspondido el llamamiento, los periodos de servicios prestados en dichos centros de mayores en los que se encontraban se valorarán como prestados en el Servicio Extremeño de Salud.
Por otra parte, aquellos aspirantes que sean llamados de la Bolsa de Trabajo del Servicio Extremeño de Salud para prestar servicios en centros de mayores de carácter residencial, los servicios prestados se valorarán como prestados en el Servicio Extremeño de Salud.
Más información
URGENTE LA NECESIDAD DE DOTAR A LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL SEPAD DE PERSONAL SANITARIO DE LA ESPECIALIDAD DE ATS/DUE, AL NO CONTAR YA CON LISTAS DE ESPERA DE ESTA ESPECIALIDAD, Y UNA VEZ AGOTADA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FACILITADA POR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO EXTREMEÑO DE ESTA CATEGORÍA, SE PROCEDE A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ANUNCIO.
Apertura de un plazo de 72 horas, a contar desde el momento de la publicación del presente anuncio en la página web del Portal Ciudadano https://ciudadano.gobex.es/, así como en la del SEPAD https://saludextremadura.ses.es/sepad. para que las personas interesadas que cumplan los requisitos exigidos puedan manifestar su interés en ocupar puestos de trabajo en los centros residenciales dependientes del SEPAD.
Podrán participar en esta convocatoria todas las personas interesadas, sin necesidad de que se encuentren previamente inscritas como demandantes de empleo, que contando con la titulación exigida reúnan los siguientes requisitos.
SOLICITUD
Las personas interesadas deberán presentar la solicitud que se acompaña en el Anexo I al presente anuncio, la cual, una vez cumplimentada y firmada, deberá enviarse telemáticamente a la dirección de correo electrónico sanidad.rrhh@salud-juntaex.es junto con el título alegado o, en su defecto, la documentación acreditativa de haber superado todos los estudios conducentes a su obtención y haber satisfecho los derechos de expedición.
Las solicitudes que las personas interesadas dirijan a la Secretaría General, no precisarán de registro previo en ninguna de las oficinas de registro adscritas al Registro Unico.
El llamamiento se realizará telefónicamente. En el caso de que la persona con la que se pretende contactar, después de dos intentos, no atienda de forma inmediata a la llamada realizada, se pasará al siguiente aspirante que corresponda según el orden de la lista.
La celebración del contrato tiene su causa en las excepcionales medidas adoptadas para afrontar la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, por lo que su vigencia se encuentra vinculada a la duración del estado de alarma y sus posibles prórrogas, así como los efectos que derivan dicha situación.
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