El cuidado es la esencia de la enfermería
(BOCM nº74, de 29 de marzo de 2021)
1. Permisos retribuidos para las personas trabajadoras que participen como electores:
a) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas: No tendrán derecho a permiso retribuido.
b) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.
c) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.
d) Las personas trabajadoras cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.
2. Permisos retribuidos para personas trabajadoras que tengan la condición de presidente o vocales de las mesas electorales, interventores y apoderados (artículos 13.3 y 4 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril). Las personas que ejerzan de presidente, vocal e interventor tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.
3. Reducciones de jornada. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores, las reducciones de jornada derivadas de los permisos previstos en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, y desarrollados en los anteriores apartados, no supondrán merma de la retribución que por todos los conceptos vinieran obteniendo las personas trabajadoras, sirviendo como justificación adecuada la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente.
Resolución
Orden de 1 de marzo, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se modifica la Orden de 4 de febrero de 2021, por la que se dictan instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid para 2021.
PERSONAL ESTATUTARIO
TURNICIDAD A. ESPECIALIZADA (cantidades a fecha 12/02/2021)
NIVEL |
DIURNO EUROS/MES |
ROTATORIO EUROS/MES |
C2 TCE/AE |
31,08€ |
33,24€ |
TURNICIDAD A. ESPECIALIZADA
(cantidades modificadas a fecha 15/03/2021)
NIVEL |
DIURNO EUROS/MES |
ROTATORIO EUROS/MES |
C2 TCE/AE |
34,10€ |
36,26€ |
SE ACORDÓ LA DEROGACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PREFERENTE Y ADICIONAL, ASÍ COMO LA CREACIÓN DE BOLSAS ÚNICAS CENTRALIZADAS PARA LA SELECCIÓN DEL PERSONAL TEMPORAL, ESTABLECIÉNDOSE UN PERIODO TRANSITORIO, EN TANTO SE CONSTITUYEN LAS BOLSAS ÚNICAS CENTRALIZADAS, DURANTE EL CUAL LA SELECCIÓN DE PERSONAL TEMPORAL SE EFECTUARÁ MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA ÚNICA PROVISIONAL POR CATEGORÍA, QUE SE CONFORMARÍA CON LOS CANDIDATOS DE LA BOLSA PREFERENTE Y ADICIONAL DEROGADA, ASÍ COMO CON LOS INCLUIDOS EN LAS BOLSAS DE LA CORRESPONDIENTE CATEGORÍA CONSTITUIDAS Y VIGENTES EN LAS GERENCIAS.
LA REALIDAD ES QUE, CON EL INCUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS BOLSAS PROVISIONALES, LAS GERENCIAS CONTRATAN “A DEDO” CON EL BENEPLÁCITO DE LA DGRRHH Y OOSS FIRMANTES DEL ACUERDO QUE MIRAN PARA OTRO LADO, NO RESPETANDO LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD, COMPETENCIA Y PUBLICIDAD.
Acuerdo
La ITSS exige al Hospital que cumpla con el 90% de lo reclamado por SAE y en el otro 10% evita pronunciarse.
Inspección de trabajo exige al hospital que:
Entregue:
1. Batas impermeables
2. Mascarilla FFP2 diaria
Evalúe los riesgos:
3. Psicosociales
4. Del transporte de bandejas de comida, con especial atención al riesgo biológico y al de ponerse y quitarse los EPI.
5. Realice el control de ejecución de las medidas preventivas
SOMOS TENACES Y LOGRAMOS RESULTADOS
La ITSS exige al Hospital que cumpla con el 90% de lo reclamado por SAE y en el otro 10% evita pronunciarse.
PUBLICADO EN EL BOCM RESOLUCIÓN DE 15 DE FEBRERO DE 2021, DE LA DIRECTORA GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE APRUEBA Y DA PUBLICIDAD AL PLAN DE FORMACIÓN PARA EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA 2021 Y SE ABRE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
LAS ACCIONES FORMATIVAS QUE INTEGRAN LOS PROGRAMAS OBJETO DE ESTA RESOLUCIÓN VAN DIRIGIDAS A LA TOTALIDAD DE QUIENES PRESTEN SUS SERVICIOS O DESARROLLEN SUS FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID, CUALQUIERA QUE SEA LA NATURALEZA DE SU VÍNCULO JURÍDICO O LA DURACIÓN DE SU NOMBRAMIENTO O CONTRATO.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: SERÁ DE 15 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN (5 DE MARZO DE 2021).
Resolución y programas formativos