Por la unión de nuestro colectivo
¡¡¡¡¡¡MIENTRAS, LAB, CC.OO Y UGT SE FELICITAN, A LOS TCE SE LES REABRE LA HERIDA DE LA DISCRIMINACIÓN: LA IMPOTENCIA!!!!!!
Manifiestan públicamente a través de los medios de comunicación su satisfacción por haberse resuelto las discrepancias con el ESTADO referentes al acuerdo firmado por ellos con el Gobierno Foral para el reparto de los “famosos fondos adicionales” que permiten reclasificar a más de 3.100 funcionarios, olvidándose de los TÉCNICOS EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA, reparto que en su momento fue denunciado por SAE y por el que aún sigue y seguirá protestando.
De la misma manera, los TCE manifestamos también nuestra indignación y rechazo por todas las organizaciones que sistemáticamente se olvidan de este colectivo, permanentemente maltratado, y por el que demuestran un absoluto desprecio, como puede comprobarse.
Esperamos que en campaña electoral no nos vendan las milongas a los que nos tienen acostumbrados, porque la oportunidad la han tenido y no la han aprovechado.
Proceso de concurso de traslados para Técnico de Grado Medio Educador Sanitario.
Con fecha 12 de marzo de 2019 se publica en BON la Resolución 722E/2019, de 26 de febrero, del Director de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas a la convocatoria para la provisión mediante traslado por concurso de méritos, de 5 vacantes de Técnico de Grado Medio-Educador Sanitario para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
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Proceso de Concurso de Traslados de Cuidador Gerontológico.
Con fecha 8 de marzo de 2019 se publica la Resolución 419/2019. de 18 de febrero, de la Directora General de Función Pública, por la que se declara desierta la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslados, de las vacantes del puesto de trabajo de Cuidador Gerontológico al servicio de la Adminsitración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Resolución
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Con fecha 18 de octubre de 2018 se publica la Resolución 2096/2018, de 17 de septiembre, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en la connvocatoria para la provisión, mediante concurso de traslados, de las vacantes del puesto de trabajo de Cuidador Gerontológico, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Resolución
Con fecha 27 de julio se publica la Resolución 1594/2018, de 3 de julio, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslados, de las vacantes de puesto de trabajo de Cuidador Gerontológico al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Requisitos:
-Tener la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su situación administrativa.
-Hallarse encuadrado en el nivel D.
-Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Cuidador Gerontológico, de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE), de Auxiliar de Enfermería, de Auxiliar Sanitario o de Auxiliar Clínica.
Plazo de inscripción: 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación.
Resolución
Pruebas para el puesto de Técnico en Emergencias Sanitarias (TES) del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Con fecha 28 de febrero de 2019 se publica la Resolución 98E/2019, de 13 de febrero, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se anula la Resolución 1523E/2018, de 21 de noviembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Técnicos en Emergencias Sanitarias, para la contratación temporal, así como los actos administrativos derivados de la misma.
Resolución
Con fecha 6 de febrero de 2019 se comunica la próxima ANULACIÓN de la convocatoria dado que el Departamento de Salud ha adoptado la decisión de proceder a la contratación externa de las UVI móviles.
Elaborarán y publicarán en BON una resolución motivada por la que se procede a dicha anulación.
Aviso
Con fecha 23 de enero de 2019 se publica la Resoluciónn 85E/2019, de 15 de enero, del Director de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la lista provisional de apsirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño de pluestos de trabajo de TES, para la contratación temporal, del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Adminsitración de la Comunidad Foral de Navarra.
Plazo de reclamaciones: 5 días hábiles.
Resolución
Constitución, mediante preubas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de trabajo de Técnico en Emergencias Sanitarias, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Plazo para presentar solicitud: del 6 al 20 de diciembre de 2018.
Resolución
Con fecha 22 de febrero de 2019 se publica la Ley Foral 6/2019, de 7 de febrero, por la que se modifica el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, que establece el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Se introduce una nueva disposición adicional con el siguiente texto:
“Disposición adicional vigésima segunda. –Permisos de paternidad, acogimiento y adopción, y medidas de conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral:
1. Una vez agotado el permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción o acogimiento, o adopción de una hija o hijo, el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra dispondrá de un permiso adicional retribuido con una duración que, sumada a la del permiso de paternidad regulado en la legislación básica estatal, alcance un periodo de descanso total de diecisiete semanas, o de las que corresponda en caso de discapacidad de la hija o hijo y por cada hija o hijo a partir del segundo en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Este permiso conllevará una remuneración del 100% de las retribuciones del empleado, será intransferible al otro progenitor, y podrá disfrutarse de forma ininterrumpida o bien de modo fraccionado en la forma que se determine reglamentariamente, en este último caso dentro de los doce meses siguientes al nacimiento, adopción o acogimiento.
La implantación del permiso adicional por paternidad se llevará a cabo a partir del 1 de enero de 2019 y podrán acogerse a él aquellos progenitores cuyo hijo/a haya nacido en el año inmediatamente anterior y conforme a la siguiente implantación:
–Nacimientos, guardas con fines de adopción, acogimientos o adopciones habidos en el año 2018: 4 semanas.
–Nacimientos, guardas con fines de adopción, acogimientos o adopciones habidos en el año 2019: 8 semanas.
–Nacimientos, guardas con fines de adopción, acogimientos o adopciones habidos a partir del año 2020: 12 semanas.
El permiso adicional es independiente del disfrute compartido del permiso por parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento correspondiente a las cinco semanas reguladas mediante legislación básica. Su autorización deberá solicitarse antes de que finalicen estas cinco semanas, independientemente de la fecha de inicio de este permiso adicional.
2. Se establecerán las acciones necesarias para la implantación de las siguientes medidas en el ámbito de las Administraciones Públicas de Navarra:
a) El teletrabajo, en aquellos sectores que sea compatible la prestación de servicios con una modalidad de jornada cuyo cumplimiento no requiera la presencia física en los respectivos centros y lugares de trabajo.
b) La conciliación y la racionalización de horarios, a fin de que, siempre que sea adecuado a la naturaleza de los servicios públicos que se presten, la jornada finalice a las 18 horas.
c) Medidas que propicien la desconexión digital y de atención a las tareas propias del puesto de trabajo durante el tiempo de descanso del personal.
d) Asimismo, se atenderá en todos los casos de reducción de jornada, a la adaptación de horarios y especialmente a los días de asistencia, que permitan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
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