Por la unión de nuestro colectivo
LEY FORAL 20/2016 de 13 de diciembre sobre el pago de la parte no abonada de la paga extra suspendida a los empleados públicos de la Administración de la Comundiad Foral de Navarra del año 2012.
El Gobierno de Navarra abonará la parte pendiente de la paga extra suspendida a los trabajadores públicos, correspondiente al año 2012 de la forma siguiente:
1. Un 25 por 100 de la paga extra suspendida en los cinco primeros días de enero de 2017.
2. El importe restante se devolverá durante el ejercicio 2017 cuando concurran cualquiera de las siguientes circunstancias:
–Que se produzcan mayores ingresos que las previsiones presupuestadas.
–Que del acuerdo con el Estado para la actualización del Convenio Económico resulten flujos de fondos a favor de la Comunidad Foral que superen lo presupuestado.
–Que se produzcan ingresos extraordinarios al margen de los Presupuestos Generales de Navarra que no tengan un destino predeterminado por la ley, o se produzcan reducciones de los gastos financieros previamente presupuestados.
Ley Foral
ORDEN FORAL 53/2014, de 13 de junio, de la Consejera de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 129/2008, de 28 de octubre, de la Consejera de Salud, por la que se establece el procedimiento especial regulador del sistema de acoplamiento interno previo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Resolución 7/2014, de 2 de enero, del Director General de Función Pública por la que se dictan instrucciones en relación con el reingreso del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos tras una excedencia voluntaria sin reserva de plaza y los concursos de traslado.
Propuesta de la Administración sobre el reparto de empleo
Reparto de empleo: nuevas contrataciones
Propuesta de la Administración sobre el reparto de empleo para su negociación en la Mesa General
Propuesta
ORDEN FORAL 110/2011, de 19 de septiembre, de la Consejería de Salud, por la que se regulan los baremos de méritos a aplicar en los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, excepto al personal sanitario de nivel A (estamentos A.1 y A.2).