El cuidado es la esencia de la enfermería
La Ejecutiva Autonómica de SAE en Madrid está compuesta por la Secretaria Autonómica, Mª Paz Gallardo Delgado, el Vicesecretario, Álvaro Cano Rosa, el Vocal de Finanzas, José Ramón Molina Asensi, el Vocal de Acción Sindical, Álvaro Cano Rosa, el Vocal de Organización y Comunicación, Eduardo Cánovas Herrera, y la Vocal de Formación y Acción Social, Elisa Gómez Domingo.
La Disposición Adicional Sexta del Convenio Colectivo establece un Fondo destinado a la implantación d eun complemento compensatorio por realización de funciones en los ámbitos social y sanitario, en las que está incluida la categoría de TCE.
Para el año 2018, la cuantía a percibir en la nómina del mes de diciembre será de 391,99.
Proceso de Carrera Profesional del Servicio Madrileño de Salud
Ante la ausencia de resoluciones individuales de carrera profesional se recuerda a todos los que no estén conformes con los listados definitivos que tienen a su disposición modelos de recurso de alzada en las secciones sindicales.
Con fecha 29 de octubre de 2018 se publican los listados definitivos de carrera profesional.
Efectos retributivos desde este mes de octubre.
Quienes estén en desacuerdo con la resolución, deberán presentar recurso de alzada.
Plazo para presentar recurso de alzada: un mes a contar desde el día siguiente a la RECEPCIÓN de la Resolución.
Los Comités de Evaluación han enviado las propuestas a la Direccion General de Recursos Humanos del SERMAS (Servicio Madrileño de Salud), donde se revisarán y después se emitirán las resoluciones definitivas del reconocimiento de carrera profesional.
Desde allí las enviarán a cada Hospital (la resolución, hoja amarilla), para recogerla personalmente o con autorización adjuntando copia del DNI.
Desde el momento que tenéis la resolución (hoja amarilla), disponéis de un mes para hacer recurso de alzada, previa cita con la asesoría jurídica (procedimiento gratuito para afiliad@s a SAE).
Documentación a presentar en la cita con la Asesoría Jurídica
Modelo de reclamación personal estatutario
Modelo de reclamación personal laboral
Reconocimiento Administrativo
Con fecha 25 de septiembre de 2018 se publican en los tablones de anuncios de los hospitales los listados provisionales de carrera profesional.
Plazo plara presentación de reclamaciones: 5 días naturales a partir del día siguiente al de su publicación.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 4 de septiembre.
Guía con instrucciones para la Carrera Profesional.
Guía
Documento Anexo III
Aclaraciones del Comité de Evaluación
Documentación sobre la solicitud de la Carrera Profesional.
- Enlace directo a la solicitud de reconocimiento de Carrera Profesional. Puede rellenarse pinchando en este enlace
-Documento con las "alegaciones y fundamentos de derecho", para incluir en la segunda página de la solicitud. (Modelo de Solitud).
-Resolución de la DGRRHH por la que se dictan instrucciones para la aplicación de lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de julio de 2018.
- Artículo 5 de la Ley 39/2015, que regula la representación:
Los apartado 3 y 4 del artículo 5 son los que menciona la solicitud de carrera profesional.
Artículo 5. Representación.
1. Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
2. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas.
3. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación.
4. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
A estos efectos, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente.
5. El órgano competente para la tramitación del procedimiento deberá incorporar al expediente administrativo acreditación de la condición de representante y de los poderes que tiene reconocidos en dicho momento. El documento electrónico que acredite el resultado de la consulta al registro electrónico de apoderamientos correspondiente tendrá la condición de acreditación a estos efectos.
6. La falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.
7. Las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Dicha habilitación deberá especificar las condiciones y obligaciones a las que se comprometen los que así adquieran la condición de representantes, y determinará la presunción de validez de la representación salvo que la normativa de aplicación prevea otra cosa. Las Administraciones Públicas podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación. No obstante, siempre podrá comparecer el interesado por sí mismo en el procedimiento.
Resolución instrucciones
Modelo ejemplo de solicitud
Alegaciones y fundamentos de derecho
Con fecha 7 de agosto de 2018 se publica en BOCM el Acuerdo de 31 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de Sanidad entre la Administración Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud y las Organizaciones Sindicales presentes en la misma con fecha 29 de noviembre de 2017, y se procede a la recupeación progresiva de la carrera profesional del personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud.
Plazo de presentación de solicitudes: del 16 de agosto al 4 de septiembre de 2018, ambos inclusive.
Documentación a presentar:
- Modelo de solicitud
- Certificados de servicios prestados tanto en el propio centro (serán de oficio) y, en su caso, en otros centros.
- Documentación acreditativa de los méritos exigidos: Formación, Actividad Asistencial/Profesional, Actividad Docente/Colaboración, Participación y compromiso con la organización.
- Fotocopia del DNI en el caso de ser presentado (*)
* Acreditar representación según lo dispuesto en el art. 5 puntos 3 y 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución
Modelo
Guía 1
Guía 2
USAE inicia una campaña de recogida de firmas para que se incrementen varios conceptos retributivos par alos TCE.
USAE solicita que en la próxima Orden de Instrucción de Nóminas se incrementen los conceptos retributivos de Atención Continuada, modalidad A y B, y el complemento específico por turnicidad para los TCE (C2) en mayor cantidad que al grupo E.
USAE denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la falta de medidas de prevención en el uso del formaldehído en varios hospitales del sermas.
Solicitamos protocolos de uso del formaldehído y las mediciones ambientales para que se tomen las medidas oportunas.
USAE continúa con la defensa de la salud de los trabajadores para el correcto control de la exposición con el fin de disminuir los niveles ambientales, hasta que se elimine el uso del formaldehído cuando sea posible.
¡¡¡Tu salud es lo primero!!!
En virtud de escrito dirigido al Comité de Seguridad y Salud del Hospital Infanta Leonor, USAE informa que:
- En urgencias, los box para pacientes que están esperando a ser dados de alta o ingreso son habitaciones cerradas pensadas originalmente para un paciente, sin embargo, las están utilizando para dos pacientes, sin haber sido acondicionadas para ello.
- En urgencias pediátricas, los boxes para consultas y procedimientos no reúnen las condiciones mínimas ergonómicas de un lugar de trabajo, siendo el espacio insuficiente para una atención adecuada.
- La sala de triaje de pediatría es una sala cerrada con muy poco espacio y sin posibilidad de comunicación con los compañeros, lo que supone una falta de seguridad.
- La sala de aislamiento en observación y en pediatría se está utilizando también para pacientes psiquiátricos y no está habilitada con las medidas de seguridad necesarias para ello.
- En el servicio de pediatría no hay cuarto de baño ni office para los trabajadores.
- Igualmente, la sala de descanso del personal de enfermería en el servicio de urgencias es un antiguo almacén.
- Además, la utilización del formaldehído no se realiza con todas las medidas de seguridad necesarias.