Desde SAE te apoyamos e informamos
EL PERSONAL QUE TRAS SOLICITAR TRASLADO AL SESCAM PROCEDENTE DE CUALQUIER OTRO SERVICIO DE SALUD, TENDRÁ QUE TRAMITAR LA SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS NIVELES DE CARRERA PROFESIONAL QUE TENGA RECONOCIDOS EN SU COMUNIDAD DE ORIGEN, ASÍ COMO EL PAGO DEL COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL.
UNA VEZ NOTIFICADA LA RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LA HOMOLOGACIÓN DE LOS NIVELES ASIGNADOS, DEBEN PONERSE EN CONTACTO CON SU SECCIÓN SINDICAL O SEDE PROVINCIAL, DESDE EL DÍA SIGUIENTE A SU NOTIFICACIÓN, PARA GESTIONAR CON LA ASESORÍA JURÍDICA DE SU PROVINCIA EN EL PLAZO MÁXIMO DE UN MES, EL RECURSO DE ALZADA CORRESPONDIENTE.
EN EL CASO DE NO RECIBIR RESOLUCIÓN EN EL PLAZO DE TRES MESES DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD, SE ENTIENDE POR DENEGADO, PUDIENDO INTERPONER EL RECURSO DE ALZADA CORRESPONDIENTE
CARRERA PROFESIONAL SESCAM
Resolución de 22 de febrero de 2010, se han tenido en cuenta los últimos pronunciamientos jurisprudenciales sobre la homologación de la carrera profesional en los que se equipará al personal estatutario temporal con el de carácter fijo, con las mismas limitaciones que para el personal de carácter fijo. En este sentido la resolución de homologación tendrá los siguientes efectos:
1.º Los efectos administrativos de la resolución de homologación del grado de carrera profesional se retrotraerán a la fecha de reconocimiento en el servicio de salud de origen.
2.º La resolución de homologación del grado de carrera profesional tendrá efectos económicos desde la resolución de homologación por el Sescam, con las limitaciones que establece la disposición derogatoria.4 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, es decir:
Si el reconocimiento del grado de carrera profesional en el servicio de salud de origen es anterior a la fecha de entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, los efectos económicos de la resolución de homologación de dicho grado se producirán desde la fecha de resolución de homologación. En cambio, si el reconocimiento del grado de carrera profesional en el servicio de salud de origen es posterior a la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, los efectos económicos de la resolución de homologación de dicho grado quedarán suspendidos de conformidad con el nuevo criterio jurisprudencial por aplicación de la disposición derogatoria.4 de la citada ley. 3.º La solicitud será de forma telemática. SAE pide al Sescam el desbloqueo de la Carrera Profesional ya que debe ser para todos los trabajadores: los que vienen de otras comunidades y para los que están YA en el sistema de salud del Sescam. ¡¡¡REIVINDICAMOS UN FUTURO PROFESIONAL JUSTO E IGUALITARIO!!!
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16/09
Resolución de 22 de febrero de 2010, se han tenido en cuenta los últimos pronunciamientos jurisprudenciales sobre la homologación de la carrera profesional en los que se equipara al personal estatutario temporal con el de carácter fijo, con las mismas limitaciones que para el personal de carácter fijo. En este sentido la resolución de homologación tendrá los siguientes efectos:
1.º Los efectos administrativos de la resolución de homologación del grado de carrera profesional se retrotraerán a la fecha de reconocimiento en el servicio de salud de origen.
2.º La resolución de homologación del grado de carrera profesional tendrá efectos económicos desde la resolución de homologación por el Sescam, con las limitaciones que establece la disposición derogatoria.4 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, es decir:
Si el reconocimiento del grado de carrera profesional en el servicio de salud de origen es anterior a la fecha de entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, los efectos económicos de la resolución de homologación de dicho grado se producirán desde la fecha de resolución de homologación. En cambio, si el reconocimiento del grado de carrera profesional en el servicio de salud de origen es posterior a la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, los efectos económicos de la resolución de homologación de dicho grado quedarán suspendidos de conformidad con el nuevo criterio jurisprudencial por aplicación de la disposición derogatoria.4 de la citada ley.
AYUDA A DOMICILIO
PUBLICADA EN EL BOE DE FECHA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2024 RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ALCABÓN (TOLEDO) REFERENTE A UNA CONVOCATORIA PARA PROVEER:
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DE 20 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA RESOLUCIÓN EN EL BOE, ES DECIR HASTA EL 1 DE OCTUBRE DE 2024.
PUBLICADA EN EL BOE DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 2024 RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE MONTALBÁN (TOLEDO) REFERENTE A UNA CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO, A CUBRIR POR EL SISTEMA DE CONCURSO, EN TURNO LIBRE/ESTABILIZACIÓN.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DE 20 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA RESOLUCIÓN EN EL BOE, ES DECIR HASTA EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024.
PUBLICADA EN EL BOE DE FECHA 29 DE AGOSTO DE 2024 RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LOS CERRALBOS (TOLEDO) REFERENTE A UNA CONVOCATORIA PARA PROVEER DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO, A CUBRIR POR EL SISTEMA DE CONCURSO, EN TURNO LIBRE/ESTABILIZACIÓN.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DE 20 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA RESOLUCIÓN EN EL BOE, ES DECIR HASTA EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024.