Un equipo, un objetivo, una profesión, orgullosos de ser Técnicos de Enfermería
Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS).
Zonificación 2019 bolsa de la OPE 2006.
Abierto plazo para la elección de zonas.
Quienes no quieran hacer cambios no tienen que hacer nada.
Plazo: hasta el 8 de diciembre de 2019 inclusive.
Solicitudes: www.ifas.bizkaia.eus, en el apartado "bolsas de trabajo" y entrando en "zonificación 2019".
OJO: Quienes hayan participado en el proceso selectivo aún en vigor (OPE) no deben zonificar en este plazo, se determinará más adelante.
El 5 de Noviembre se publica en la intranet del IFBS la nota informativa del Director Gerente con la aplicación de la orden de 9 de Octubre de 2019 de la Consejera de Trabajo y Justicia (BOPV de 18 de Octubre de 2019), respecto al permiso para ejercer el derecho a voto en las próximas elecciones generales del día 10 de Noviembre, con las correspondientes precisiones para su aplicación:
1ºLos criterios que deben aplicarse para determinar el permiso retribuido para ejercer el derecho a voto del personal que no disfrute el día 10 de Noviembre de su descanso semanal son los que se indican en el artículo 1 de la Orden citada.
2ºConforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden citada, corresponde a la Dirección de cada centro, en base a la organización del trabajo, la determinación del horario del disfrute del permiso para ejercer el derecho a voto, que en cualquier caso habrá de serlo dentro del horario de apertura de los colegios electorales. La Dirección del Centro comunicara a cada funcionario el tramo horario en que podrá ejercer este derecho.
3º Teniendo en cuenta los problemas organizativos y las incidencias en los servicios que suelen producirse cuando la plantilla ejerce su derecho a voto dentro del horario laboral y hacer uso del mencionado permiso, en caso de que alguna persona renunciara a utilizar dicho permiso durante su horario de trabajo y se lo comunique a la Dirección de su centro con, al menos 48 horas de antelación al día de las elecciones , se computarán 7 horas como tiempo trabajado, a efectos de su jornada laboral anual. Este número de horas a computar se reducirá profesionalmente, en los supuestos en que este disfrutando de reducción de jornada o se desempeñen puestos con dedicación inferior al 100%.
Más información
Instrucción nº 9/2019, de 24 de octubre, del Director Genral de Osakidetza, de Abono de los atrasos de Carrera Profesional de las convocatorias del año 2011.
Nota: el personal que no hubiera percibido el importe de la Carrera Profesional el 31 de octubre, deberá presentar el modelo de solicitud en la última organización de servicios de Osakidetza en la que trabajó o en la que esté en activo en la actualidad.
Instrucción
Solicitud para el año 2020.
Hoy día 4 de noviembre aparece publicada en la intranet del IFBS la nota informativa sobre REGULACIÓN DE TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS: COMPENSACIÓN EN TIEMPO (SOLICITUD PARA el año 2020). La Orden Foral 51/2018 del 2 de Marzo establece las condiciones para el acceso a la compensación en tiempo de trabajo señalada.
Plazo de PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: la solicitud (adjunta en la nota) deberá presentarse en EL ÁREA DE PERSONAL ENTRE EL 1 Y EL 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR (2019).
Nota informativa y modelo de solicitud
AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL.
En el BOPV de hoy, 31 de octubre, se ha publicado DECRETO 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral.
• El objeto del presente Decreto es la regulación de las ayudas que, en el marco de la política de conciliación de la vida familiar y laboral, otorgará el Gobierno Vasco, a través del Departamento competente en materia de empleo y políticas sociales, y que obedecen a la siguiente tipología:
a) Ayudas a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas.
b) Ayudas a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria.
c) Ayudas para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas o de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria.
d) Ayudas por la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas menores
• El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Decreto