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En el BOPA de hoy, 4 de junio, se ha publicado: Resolución de 27 de mayo de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se fija la fecha de efectos de la Resolución de 6 de marzo por la que se resuelve el procedimiento del concurso de traslados regulado en el artículo 40 del V Convenio Colectivo de la Administración del Principado de Asturias.
Se fija la fecha de efectos de la adjudicación de nuevo destino de la Resolución de 6 de marzo de 2020, al 1 de septiembre
Se considera, a efectos del proceso previsto en la Disposición Adicional Decimosegunda del V Convenio Colectivo para el personal que presta sus servicios en centros educativos adscritos a un sector, que el destino adjudicado por resolución de 6 de marzo de 2020 es el válido para participar en el proceso del curso 2020/2021.
Resolución
En el día de ayer se publica en el BOPA Resolución de 29 de Mayo/20 de la Dirección Gerencia del ERA por la que se dictan instrucciones sobre vacaciones, permisos, licencias y excedencias.
Frente a esta Resolución SAE ya ha manifestado su total rechazo por lo que entendemos es un ataque frontal a los derechos adquiridos de los trabajadores.
Por todo ello SAE está valorando la posibilidad de interponer acciones legales frente a la misma.
Por otra parte convocamos a todos los trabajadores a sendas concentraciones de protesta ante la Gerencia del ERA (C/ Arzobispo Guisasola -Oviedo-) los siguientes días:
- 5 de Junio, a las 11:30
- 12 de Junio, a las 11:30
¡¡¡ Acude, se trata de defender tus derechos !!!
¡ Cuando interesa, ante la opinión pública, se nos etiqueta de héroes, pero luego, internamente, se nos trata como a villanos !
¡ Los aplausos están bien, pero lo que queremos son derechos y medidas de prevención eficaces para usuarios y trabajadores !
Más información
Este es el regalo del Gobierno socialista a los héroes de las residencias. Mientras aplaudían a las 8 redactaban una resolución para recordarles derechos. La Gerente del ERA pretende sacarse de la manga unas nuevas instrucciones que van en contra del Convenio y de la normativa vigente amparándose en la situación actual.
El sacrificio, la dedicación de todo el personal del ERA, compañeros infectados, familiares de trabajadores fallecidos por contagiarse trabajando y nos lo agradecen recortándonos derechos.
Los sindicatos SAE, CSIF y CCOO nos oponemos frontalmente a esta nueva sin razón de la Gerencia del ERA y pedimos al Gobierno socialista menos aplausos y más respetar derechos retirando de inmediato esta resolución para no tener que vernos en los tribunales.
- La convocatoria correspondiente al año académico 2019-2020 de las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico o Técnica y de Técnico Superior o Técnica Superior que se relacionan en los anexos II-A y II-B de la presente resolución, se celebrará en el período establecido en el calendario del anexo III de esta resolución.
- La información sobre las fechas, horarios y lugares de realización de las pruebas de cada uno de los módulos profesionales de los ciclos formativos objeto de la convocatoria, así como la relación de útiles e instrumentos necesarios, deberá ser publicada en la página web de los centros sede en la fecha que se establece en el anexo III de la presente resolución.
- Las personas matriculadas en las pruebas deberán ir provistas del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que esté en vigor y acredite suficientemente la identidad, y de los útiles e instrumentos a que se refiere el anterior apartado.
- Si llegada la fecha de celebración de las pruebas, no se permiten las actividades presenciales en los centros educativos, las pruebas se pospondrán hasta que sea posible realizarlas presencialmente.”
* Se modifica el calendario de la convocatoria incluido en el anexo III de la citada resolución: calendario de la convocatoria de las pruebas para la obtención de títulos de técnico o técnica y de técnico superior o técnica superior de formación profesional correspondientes al año académico 2019-2020
Más información en la Resolución que te adjuntamos o consultando www.bopa.es
Resolución
El BOPA de hoy publica Resolución de la Gerencia del SESPA de fecha 12-05 mediante la cual se dictan nuevas instrucciones sobre vacaciones, permisos, licencias y excedencias. Esta deja sin efecto la Resolución de esa Gerencia de fecha 13 de Marzo de 2020, por lo que el disfrute de permisos, licencias y excedencias que se soliciten a partir de la publicación en el BOPA de esta Resolución, se concederán o denegaran por los centros sanitarios atendiendo a la normativa aplicable, incluidas estas instrucciones, y las necesidades del servicio.
- Las Vacaciones seguirán disfrutándose dentro del periodo vacacional y en los términos establecidos en el Decreto 72/2013, de 11 de Septiembre, no obstante las Gerencias de Área podrán establecer el disfrute de vacaciones por meses enteros o fraccionadas por quincenas (del 1 al 15 y del 16 al 30 ó del 17 al 31), en todo caso la concesión de vacaciones durante el periodo vacacional estará condicionada a las necesidades del servicio y a la necesaria cobertura presencial de un mínimo del cincuenta por ciento del servicio.
- Podrán disfrutarse vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, pero en este caso para su concesión deberá respetarse la necesidad de cobertura presencial de un mínimo de del 60% del servicio.
- En ningún caso se autorizarán vacaciones en el mes de Diciembre, a fin de posibilitar el disfrute de los LDs de los profesionales.
- Si no existiera acuerdo entre el personal en cuanto a la elección del periodo de vacaciones, se sorteará el período a elegir.
- Quienes hubieran elegido, o les fuese asignado, el mes de junio y deseen modificar ese período podrán hacerlo formulando solicitud.
- Los LDs y los Adicionales de Vac. y antigüedad podrán acumularse a los de vacaciones, no así los Excesos de Jornada.
(Consulta la Resolución que te adjuntamos).
Resolución