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Empleo y Profesionales





Fecha05/05/20 - Autonómica - Bolsas de Trabajo

RESUMEN DE LA COMISIÓN  DE SEGUIMIENTO DEL PACTO DE BOLSA SESCAM

1.Pacto sobre selección del personal temporal del SESCAM: “En los nombramientos de corta duración el llamamiento se realizará por comunicación telefónica registrada. Se extenderán todos los nombramientos actuales COVID hasta el 30 de septiembre.  Se llamará de la bolsa solamente en aquellas gerencias donde con estos no hubiera suficientes para cubrir las vacaciones o causas extraordinarias.

2.Todas las necesidades de cobertura de puestos se llevarán a cabo a través de nombramientos eventuales, suspendiéndose las ofertas para la cobertura de interinidades y de sustituciones mientras dure el Estado de Alarma. 

3. No se podrá solicitar la inclusión de nuevo en una determinada lista, derivada de una exclusión temporal de llamamientos desde el 20 de abril de 2020 hasta 30 días desde la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID. 
Sí podrán activarse mediante un correo, dispuesto por el SESCAM, todos aquellos profesionales que puedan demostrar que han estado trabajando en otros centros, residencias, hospitales, centros de discapacitados…

4. Duplicación de los servicios prestados a efectos de valoración de la experiencia profesional en los procesos de selección de personal temporal en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y la finalización de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19 más 30 días. La puntuación doble se dará a todos los profesionales que puedan demostrar su trabajo en    hospitales públicos, privados, residencias privadas, públicas y centros de discapacitados, laboratorios, no estaría incluido ayuda a domicilio.

5. Al personal contratado en servicios especiales que no estén tres meses no se les dará la específica puesto que se puntuará doble el tiempo de trabajo solo como mérito, pero no contará como doble el tiempo trabajado a efectos de código.

6. Respecto al personal fijo, nos presentarán distintas opciones que serán consensuadas con los sindicatos. Se comprometen a realizar, en cuanto sea posible, un concurso de traslados.

Fecha15/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

NUEVAS MEDIDAS CONTRATACIÓN Y ADSCRIPCIÓN PERSONAL INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA

En el DOCM de hoy, 14 de abril, se ha publicado Orden 54/2020, de 10 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se actualizan y se adoptan nuevas medidas relativas a la contratación y adscripción de personal al servicio de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha con motivo del COVID 19.

-Medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación.

-Medidas relativas a la contratación de personal temporal:
.Todas las necesidades de cobertura de puestos se llevarán a cabo a través de nombramientos eventuales, suspendiéndose las ofertas para la cobertura de interinidades y de sustituciones.
.No se podrá solicitar la inclusión de nuevo en una determinada lista, derivada de una exclusión temporal de llamamientos desde el 20 de abril de 2020 hasta 30 días desde la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, que será determinada a estos efectos mediante Resolución de la Directora Gerente del Sescam.

-Medidas relativas al alojamiento de los profesionales
Podrán hacer uso de estos dispositivos todos profesionales desplazados de otras provincias o comunidades autónomas, aquellos que conviven con personas de alto riesgo frente al COVID-19 y que prefieren no regresar a sus domicilios como medida preventiva ante una posible transmisión así como los que por las características de los turnos de trabajo o por la distancia entre su domicilio habitual y el centro hospitalario así lo requieran. 
Las Gerencias en las que presten servicios los profesionales que precisen alojamiento serán las responsables del pago de los servicios de alojamiento y manutención. La Dirección General de Recursos Humanos del Sescam podrá establecer criterios de distribución y priorización de los recursos existentes, incluyendo límites en las cantidades a sufragar. En todo caso, se priorizarán para el alojamiento aquellas instalaciones dependientes de instituciones públicas tales como residencias universitarias.

-Programa de afrontamiento ante el malestar emocional

-Adscripción de recursos a los centros sociosanitarios.

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Fecha03/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

ACUERDO COMISIÓN PARITARIA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO  PERSONAL LABORAL. JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

La acumulación de la adjudicación de destinos del concurso de traslados correspondiente al segundo trimestre junto con la del tercer trimestre del presente año 2020.

En el  DOCM de hoy, 3 de abril, se ha publicado Resolución de 01/04/2020, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al acuerdo de la Comisión Paritaria del VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 01/04/2020, sobre la acumulación de las adjudicaciones de destinos de los concursos de traslados CPL 2/2020 y 3/2020

Teniendo en cuenta la situación extraordinaria de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 y el actual estado de alarma declarado para su gestión, la Comisión Paritaria del VIII Convenio Colectivo ha adoptado con fecha 1 de abril de 2020, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

“La acumulación de la adjudicación de destinos del concurso de traslados correspondiente al segundo trimestre junto con la del tercer trimestre del presente año 2020”.
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Fecha23/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

MEDIDAS EXCEPCIONALES EN RELACIÓN CON LAS ACTUACIONES SANITARIAS EN LAS RESIDENCIAS PARA PERSONAS MAYORES

Se acuerdan medidas excepcionales en relación con las actuaciones sanitarias en las residencias para personas mayores, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, como salvaguarda de la salud pública a causa del COVID-19.

 La Dirección Gerencia del Sescam podrá establecer cuantas medidas resulten necesarias para el control y tratamiento de la epidemia en aquellas residencias para personas mayores afectadas por el COVID-19, mediante la intervención sanitaria gradual, en función del estado de la situación en cada una de ellas, atendiendo a los principios de necesidad y proporcionalidad.

Estas medidas están dirigidas exclusivamente a la adecuada atención sanitaria del conjunto de personas de estas residencias, sin perjuicio del resto de competencias que correspondan a la Consejería de Bienestar Social en la gestión, control e inspección, de estos centros.

En los casos en que resulte necesario la Dirección Gerencia del Sescam designará a una persona responsable de la Gerencia del ámbito geográfico donde se encuentre la residencia que dispondrá de los recursos materiales y humanos que requiera para hacerse cargo de toda la actividad en estas residencias.

 Los profesionales encargados de la salud laboral de los trabajadores en las residencias de personas mayores quedan bajo la dependencia funcional de la DGRRHH del Sescam, siendo de aplicación los mismos protocolos de actuación que al personal que presta servicios en las instituciones sanitarias del Sescam

 Mediante resolución de la Dirección Gerencia del Sescam se podrán habilitar para uso sanitario la totalidad o una parte de estas residencias, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 En las residencias determinadas en el Plan de Contingencia deberán cumplirse todas las medidas sanitarias de contención existentes para cualquier centro sanitario de la región, y en todo caso, la permanencia de pacientes en las mismas deberá ser la estrictamente necesaria.

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Fecha20/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

CORONAVIRUS. MEDIDAS ECONÓMICAS Y REFUERZO DE MEDIOS

Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter economico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
Decreto

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