Se escucha nuestra voz y avanza nuestra profesión
- PONERSE EN CONTACTO CON SU MÉDICO DE ATENCIÓN PRIMARIA VÍA TELEFÓNICA.
- DECIR QUE SOMOS SANITARIOS Y QUE SOLICITAMOS EL TEST.
- ENTONCES NOS DARÁN DE ALTA EN MEDORA.
- NOS DERIVARÁN AL HURH A LA ZONA COVID-CAR.
- EN 48 HORAS EL TRABAJADOR SOLCITARÁ EL RESULTADO A SU MÉDICO DE ATENCIÓN PRIMARIA.
S.A.E. SOLICITA ENCARECIDAMENTE A LOS AGENTES SOCIALES, QUE EN ESTOS TIEMPOS DE ZOZOBRA DEJEN DE DIFUNDIR BULOS O CREAR DUDAS SOBRE LAS DISTINTAS RESOLUCIONES QUE VAN SALIENDO DESDE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD O LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.
• NINGÚN SINDICATO HA TENIDO QUE REIVINDICAR NADA NI PELEAR POR NADA.
• DESDE EL MINUTO UNO S.A.E. INFORMÓ QUE LOS DÍAS DE SEMANA SANTA SE IBAN A PAGAR COMO FESTIVOS.
• ÚNICAMENTE HABÍA QUE LEER BIEN LA RESOLUCIÓN O SIMPLEMENTE LLAMAR Y PREGUNTAR.
¿ES QUE ESTOS INDOCUMENTADOS NO SABEN QUE, EN CUALQUIER CADENA DE CONTAGIO, EL OBJETO CONTAMINADO DEBE SER MANIPULADO POR EL MENOR NÚMERO DE PERSONAS POSIBLE?
EL TRABAJADOR QUE UTILIZA EL OBJETO CONTAMINADO DEBE SER EL ENCARGADO DE DESTRUIRLO O DESINFECTARLO.
LOS DELEGADOS ENFERMEROS DE CSIF DEL CENTRO DE SALUD DE BEMBIBRE, UNA VEZ TERMINADA LA CAMPAÑA ELECTORAL EN LEÓN, ORDENAN QUE EL TCAE ES QUIÉN TIENE QUE DESINFECTAR LOS VEHÍCULOS UTILIZADOS POR LOS ENFERMEROS, PARA LAS SALIDAS A LOS DOMICILIOS.
En el BOCYL de hoy, 27 de marzo, se ha publicado ORDEN SAN/327/2020, de 25 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de selección del personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, como consecuencia del estado de alarma ocasionado por el COVID-19.
Se adoptan las siguientes medidas en materia de selección de personal:
1. Los servicios prestados por personal sanitario en centros de atención a personas mayores, tanto públicos como privados, serán valorados igual que los servicios prestados en centros e instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud.
2. En los llamamientos para la cobertura de plazas con carácter temporal en aquellas categorías que se sigan rigiendo por la Orden SAN/398/2010, de 23 de marzo, por la que se establece el procedimiento de funcionamiento de las bolsas de empleo para la selección del personal estatutario temporal del Servicio de Salud de Castilla y León, no se tendrá en cuenta la limitación establecida en el punto 3 de su artículo 4: (el orden de llamamiento está determinado por el nº orden que ocupa en la bolsa y que establece un período de 180 días de servicios por cada año de vigencia de las listas, a realizar por cada trabajador de la misma antes de perder su número de orden. Cumplido el período anual establecido se iniciará un nuevo cómputo)
Las medidas incluidas en la presente orden resultarán de aplicación por un plazo inicial de tres meses a partir de su publicación del Boletín Oficial de Castilla y León, pudiendo ser prorrogadas por la Consejera de Sanidad por sucesivos períodos de tres meses o inferiores en función de las necesidades organizativas y asistenciales derivadas de la evolución de la crisis sanitaria.
Más información
En el BOCYL de hoy, 27 de marzo, se ha publicado ACUERDO 14/2020, de 26 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara temporalmente de interés público el desarrollo de un segundo puesto de trabajo o actividad en los ámbitos sanitario y sociosanitario en los centros, instituciones, servicios y establecimientos del sistema público de salud (SACYL) y de servicios sociales de la Comunidad de Castilla y León que venga justificado exclusivamente para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19.
Los empleados públicos que podrán solicitar la compatibilidad para los puestos o actividades son todos aquellos que se encuentran actualmente dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El segundo puesto o actividad pública deberá ser autorizada expresamente previa solicitud del interesado y solo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial, y con duración determinada.
La autorización no supondrá modificación de jornada de trabajo y horario de los dos puestos o actividades, se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos.
Se autoriza la superación de los límites retributivos contemplados en el artículo 7.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Los interesados deben enviar a la dirección de correo electrónico inspeccion.servicios@jcyl.es la solicitud de autorización de compatibilidad en el modelo normalizado Anexo I que se encuentra a disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la siguiente dirección: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/ 1251181050732/Tramite/1234256367674/Tramite. A la solicitud se adjuntará el justificante que acredite el abono de la tasa que se menciona en el citado enlace web.
El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción y dejará de producirlos cuando la Junta de Castilla y León adopte un nuevo acuerdo a la vista de la evolución de la crisis del COVID-19.
Más información