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Concesión de permisos del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con motivo de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado.
Con fecha 24 de octubre de 2019 se publica la ORDEN PRE/992/2019, de 17 de octubre, por la que se regula la concesión de permisos del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León con motivo de las Elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado.
. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León proclamado candidato a las Elecciones Generales al Congreso de los Diputados y al Senado, convocadas por Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre, será dispensado, previa solicitud del interesado, de la prestación del servicio durante el tiempo de duración de la campaña electoral.
· El personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León proclamado candidato a las Elecciones Generales al Congreso de los Diputados y al Senado, convocadas por Real Decreto 551/2019, de 24 de septiembre, será dispensado, previa solicitud del interesado, de la prestación del servicio durante el tiempo de duración de la campaña electoral.
· Asimismo, el personal que acredite su condición de apoderado tiene derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, si no disfruta en tal fecha del descanso semanal.
· Las distintas Consejerías y Organismos Autónomos dependientes de estas adoptarán las medidas oportunas para que el personal a su servicio pueda disponer, para ejercer su derecho de voto, de un permiso de hasta cuatro horas retribuidas.
· Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional al permiso.
Resolución
Promoción interna temporal del personal estatutario fijo de la Gerencia de Atención Especializada de Aranda de Duero.
Con fecha 21 de octubre de 2019 se publica la Convocatoria de acceso a plazas de distintas categorías estatutarias de la Gerencia de Atención Especializada de Aranda de Duero po el sistema de Promoción Interna.
Convocatoria
Convocatoria oficio
ORDEN EEI/963/2019, de 8 de octubre, por la que se establecen normas relativas al desarrollo de la jornada electoral del día 10 de noviembre de 2019, de elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, circunscritas al ámbito autonómico de la Comunidad de Castilla y León.
-Las personas que presten sus servicios el día de las elecciones pueden disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se llevará a cabo una reducción proporcional del permiso.
-Las personas que por hallarse realizando funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultad para ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones, disfrutarán en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para que puedan formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo, tal y como se especifica en el artículo 72 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, así como para la remisión del voto por correo.
-Según lo dispuesto en los artículos 28.1 y 78.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, los trabajadores por cuenta ajena y personal al servicio de las Administraciones públicas que sean nombrados Presidente o Vocal de las Mesas Electorales y los que acrediten su condición de Interventores, tienen derecho durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
-Los trabajadores que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, acrediten su condición de apoderados tendrán derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, siempre que no disfruten en tal fecha del descanso semanal.
Resolución
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CASTILLA Y LEÓN
CIRCULAR de 7 de octubre de 2019, de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, relativa a las normas para que los empleados públicos de la Administración del Estado puedan participar en las elecciones del próximo día 10 de noviembre de 2019.
El Boletín Oficial del Estado de 24 de septiembre de 2019 ha publicado el Real Decreto 551/2019, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones generales.
En el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril (B.O.E. del 17 de abril), de regulación complementaria de los procesos electorales, establece que las Administraciones Públicas respecto de su personal, adoptarán medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho de voto, que serán retribuidas.
Resolución
SAE apoyará cualquier movilización que se realice en favor de las 35 horas.
Primera movilización día 17 de Octubre, jueves GRAN CONCENTRACIÓN Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León c/ Santiago Alba Nº 1 a las 11:00 horas.
Segunda movilización día 25 de Octubre, viernes PARO de 2´5 horas de 12:00 horas a 14:30 horas y de 19:30 horas a 22:00 horas.
Tercera movilización día 6 de Noviembre, miércoles Huelga Empleados Públicos Junta de Castilla y León.