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Fecha19/01/17 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional

DESARROLLO/CARRERA PROFESIONAL

Proceso de Desarrollo/Carrera Profesional

Con fecha 5 de febrero de 2010 se publica en BOPV la Resolución 1463/2009 de 18 de diciembre de la asignación provisional del nivel de Desarrollo Profesional de las categorías no sanitarias y las del área sanitaria de Formación Profesional de Grado Superior y Medio de Osakidetza.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación.
Puntuaciones individuales

Está previsto que la resolución provisional de asignación de niveles profesionales se apruebe en el mes de diciembre y, por ello, se proceda en la nómina de dicho mes al abono de los conceptos siguientes:

* Abono de los niveles I, II y III reconocidos en la resolución que no se vivieran percibiendo en concepto de anticipo.
* Abono al personal fijo del nivel IV reconocido en la resolución provisional con efectos de diciembre de 2009.

Queda pendiente y condicionado a la publicación de la resolución definitiva, el abono de los atrasos correspondientes al nivel IV, así como el pago de los niveles profesionales reconocidos al personal no fijo.

Con fecha 30 de abril de 2009 se publica la Resolución 1382/2009 por la que se corrigen errores de la Resolución 1061/2009.
Resolución

Resolución 1061/2009, de 23 de marzo, por la que se regula el reconocimiento de los niveles I, II, III y IV de desarrollo profesional de las categorías no sanitarias y las del área sanitaria de formación profesional de grado superior y medio de Osakidetza.
Resolución

Desarrollo profesional no sanitarios: Abierto el plazo para presentar solicitudes hasta el 5 de mayo de 2009 (a las 14:00 horas)

Requisitos:

* Personal fijo
- Encontrarse en activo en el momento de la solicitud
- Excepcionalmente las personas en activo el 1 de enero de 2008, jubiladas...
- 5 años de servicios prestados en el grupo profesional

* Personal no fijo
- Estar en activo en el momento de la solicitud
- Haberse presentado a la OPE 2006 (5 años de servicio AE/TCE)
- 3 años en Osakidetza en la categoría AE/TCE (en los 5 años anteriores al fin del plazo)
Solicitudes

IMPRESCINDIBLE: cumplimentar la solicitud e introducir currículum

Decreto 248/2007, de 26 de diciembre, por el que se regula el desarrollo profesional de las categorías no sanitarias y las del área sanitaria de Formación Profesional de Grado Superior y Medio de Osakidetza
Ver decreto

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