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SAE País Vasco

Un equipo, un objetivo, una profesión, orgullosos de ser Técnicos de Enfermería

SAE País Vasco


La Ejecutiva Autonómica de SAE en País Vasco está compuesta por la Secretaria Autonómica, Idoia Usón Camarero, el Vicesecretario y vocal de Acción Sindical, Agustín Serna Rodríguez, la Vocal de Acción Social y Formación, Mª Concepción Martínez de Lahidalga, la Vocal de Organización y Comunicación, Fabiola Paule Garrido, y la Vocal de Finanzas, Mª Ángeles Gorjón García.

Últimas Noticias





Fecha22/01/19 - Autonómica - Formación

PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE TÉCNICO MEDIO Y TÉCNICO SUPERIOR DE FP

Con fecha 18 de enero de 2019 se publica en el BOPV la Resolución de 8 de enero de 2019, del Director de Planificación y Organización, por la que se convocan las pruebas libres para la obtención de los títulos de  Técnico  o Técnico Superior en la Comunidad Autónoma del País Vasco, correspondientes al curso 2018-2019.

Plazo de Inscripción: del 6 al 20 de marzo de 2019

Resolución
Enlace: http://www.euskadi.eus/informacion/pruebas-libres-para-la-obtencion-de-titulos-de-fp/web01-a2hlanhz/es/

Fecha22/01/19 - Autonómica - Perfiles Lingüísticos

ACREDITACION PERFILES LINGÜÍSTICOS

Presentación de acreditaciones de perfiles lingüísticos para la actualización de las listas de contratación, comisión de servicios y pormoción interna temporal.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 1 de febrero de 2019. No serán válidas las solicitudes registradas fuera de plazo.

Instrucciones y solicitud

Fecha17/01/19 - Álava - OPE

OPE IFBS 2018

Proceso de Oferta de Empleo Público de 2018 del IFBS.

Con fecha 16 de enero de 2019 se publica el Acuerdo 820/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2018 de las plazas de personal funcionario al servicio del Instituto Foral de Bienestar Social.
Resolución

Fecha14/01/19 - Álava - Acuerdos, pactos y convenios

IFBS. JORNADA LABORAL

Con fecha 11 de enero de 2019 en  BOTHA el Decreto Foral 72/2018, regulador de las condiciones de empleo del personal del Instituto Foral de Bienestar Social en materia de jornada de trabajo, vacaciones y permisos.  

“A) Horas de trabajo.
1. La duración de la jornada general para todos los tipos de horario, excepto el nocturno, será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil quinientas noventa y dos horas anuales.
Para los trabajos nocturnos, las horas anuales, en régimen permanente, serán mil doscientas setenta y cuatro.
Quienes roten en turnos diurnos y nocturnos ajustarán su dedicación máxima a la que resulte como promedio de la aplicación proporcional de ambos horarios.
Quedan exceptuadas de lo anterior aquellas personas nombradas por tiempo inferior, a las que se les respetan los derechos reconocidos, a este efecto, por la legislación en vigor.
2. Dentro del tiempo de trabajo efectivo y sólo para las jornadas continuadas de 5 o más horas, se entenderá comprendido el que se viene destinando a descanso durante la jornada sin que pueda exceder de veinticinco minutos, quedando por tanto excluidos del citado descanso quienes observen otro tipo de jornada.
3. Se entiende que el tiempo necesario para recoger, ordenar o guardar las ropas, materiales y demás útiles de trabajo es tiempo de trabajo efectivo. Dentro del concepto de trabajo efectivo se entenderán comprendidos en la jornada diaria de trabajo los tiempos horarios empleados como pausas reglamentadas, desplazamientos, y otras interrupciones derivadas de normas de seguridad laboral o de la propia organización de trabajo.”
El presente decreto foral entrará en vigor el día de su aprobación, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOTHA, y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2019.
Decreto
 

 

Con fecha 10 de enero de 2018 en  BOTHA el Decreto Foral 63/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de diciembre por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 77/2012, de 28 de diciembre, regulador de las condiciones de empleo del personal del Instituto Foral de Bienestar Social en materia de jornada de trabajo, vacaciones y permisos.  

“Se modifica el artículo Único apartado A, del Decreto Foral  77/2012, que queda redactado como sigue:

A) Horas de trabajo
    1. La duración de la jornada general para todos los tipos de horario, excepto el nocturno, será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual

Decreto

Fecha28/12/18 - Álava - Acuerdos, pactos y convenios

COMPLEMENTO INCAPACIDAD TEMPORAL

Con fecha 28 de diciembre de 2018 se publica el Decreto Foral 65/2018, del Consejo 49/2012, de 2 de octubre, de adecuación del complemento de la prestación económica de incapacidad temporal para el personal al servicio del Instituto Foral de Bienestar Social a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio.

Por este  motivo el personal al cargo del IFBS pasará a cobrar el 100% durante los periodos de Incapacidad Temporal.
Esta disposición será aplicable con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018.
Resolución

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