Fuerza, equilibrio, valor y responsabilidad
La Ejecutiva Autonómica de SAE en Cataluña está compuesta por el Vicesecretario y Vocal de Organización y Comunicación, Cristian Saludes Monclús, el Vocal de Finanzas, Alejandro López Rabal, y el Vocal de Acción Social, Ángel Antonio Chávez Díaz.
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
A USAE, UNA VEZ MÁS NOS DAN LA RAZÓN
La Inspección HACE REQUERIMIENTO a la empresa de FORMA INMEDIATA. Revise el “Procedimiento interno de actuación frente a los casos de infección por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 (V6)”, teniendo en cuenta la diferenciación entre equipos de protección individual y equipos sanitarios y su respectivo uso.
SE EFECTÚA REQUERIMIENTO a la empresa de FORMA INMEDIATA. Obtenga la información y los datos técnicos proporcionados por los fabricantes de todos los EPIS para, a continuación, verificar su adecuación y proporcionar la información y formación correspondiente a los trabajadores/as, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y que se adopten las medidas organizativas necesarias para establecer un procedimiento completo para la utilización segura de los EPIS en los casos de utilización extensiva o reutilización limitada.
USAE HA CONSEGUIDO TRES DELEGADOS DE COMITÉ DE EMPRESA EN LAS ELECCIONES CELEBRADAS EL 29 DE JUNIO DE 2020
GRACIAS A LOS TRABAJADORES/AS HEMOS CONSEGUIDO 1 DELEGADO MÁS QUE EN LAS PASADAS ELECCIONES
SIENDO AHORA LA SEGUNDA FUERZA MÁS VOTADA DEL COMITÉ DE EMPRESA
OS DAMOS LAS GRACIAS A TODOS LOS COMPAÑEROS/AS POR HABER DEPOSITADO LA CONFIANZA EN NOSOTROS
SEGUIREMOS TRABAJANDO PARA ALCANZAR MÁS MEJORAS
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
La Inspección hace un requerimiento a la empresa para que se garantice en cumplimiento de la normativa, la seguridad y salud de los trabajadores. Plazo inmediato.
La Inspección hace requerimiento a la empresa para que proceda a adoptar en el centro de trabajo la puesta a disposición de los EPIs que resulten necesarios para garantizar la adecuada protección de los trabajadores frente al riesgo de exposición al agente biológico SARS-CoV-2. Plazo Inmediato.
Se efectúa requerimiento para que la empresa garantice a todos los trabajadores/as UNA ADECUADA FORMACIÓN de cómo usar los equipos de protección individual para minimizar los contagios entre éstos. Plazo Inmediato.
Requiere a la empresa la obligación, no sólo de informar a los delegados de prevención sino que tiene que permitir su participación y consulta con carácter previo a la adopción de medidas y decisiones que tengan repercusión en la salud de los trabajadores. Plazo Inmediato.
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
La Inspección hace requerimiento a la empresa para que proceda a adoptar en el centro de trabajo la puesta a disposición de los EPIs que resulten necesarios para garantizar la adecuada protección de los trabajadores frente al riesgo de exposición al agente biológico SARS-CoV-2. Plazo Inmediato.
Se requiere que se garantice a los trabajadores/as la vigilancia periódica de su estado de salud (pruebas PCR Y SEROLOGÍA) mientras persista el riesgo de exposición al agente biológico
SARS-CoV-2. Plazo inmediato.
Requiere a la empresa la obligación, no sólo de informar a los delegados de prevención sino que tiene que permitir su participación y consulta con carácter previo a la adopción de medidas y decisiones que tengan repercusión en la salud de los trabajadores. Plazo Inmediato.
Requiere que se garantice en todo momento con especial atención la protección de los trabajadores/as especialmente sensibles y vulnerables. Plazo Inmediato.
VII Convenio único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
En el DOGC núm.8160 en fecha 23.06.2020 se publica la RESOLUCIÓN TSF/1397/2020, de 26 de febrero, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del VII Convenio único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña, relativo a las tablas salariales 2020.
Resuelve
La masa salarial del personal laboral se incrementa en un 2% respecto de la correspondiente del 2019.
Además de lo anterior, si el incremento del PIB a precios constantes en 2019 llegara o superara el 2,5%, se añadiría, con efectos del 1 de julio de 2020, otro 1% de incremento salarial.
El incremento señalado en los apartados anteriores es el máximo que puede comportar la negociación del VII Convenio Único para el ejercicio 2020.
La aplicación de este acuerdo queda condicionada a la entrada en vigor de la correspondiente habilitación legal.
Resolución