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En la Mesa Sectorial se ha firmado la carrera profesional del personal estatutario temporal del Servicio Canario de Salud.
ÁMBITO DE APLICACIÓN: Personal estatutario, funcionario o laboral con nombramiento/contrato de carácter temporal (ya sea interinidad, carácter eventual o de sustitución).
Normativa a aplicar: DECRETO 421/2007, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA Y DESARROLLA EL MODELO DE CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL SANITARIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEL PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS DEL S.C.S.
Los baremos serán los establecidos para el procedimiento excepcional de 2018.
Los efectos económicos serán a partir del 1 de enero del año siguiente al de apertura del plazo de presentación de la correspondiente solicitud.
Para acceder a la carrera profesional se abrirá un periodo específico de presentación de solicitudes mediante instrucción/resolución del director del SCS.
Hay que estar a la espera de que se publique la Resolución de la Dirección del SCS. En la Resolución se establecerá en qué grado encuadrarán a cada personal, ya que puede ser que encuadren en el grado que correspondan (según los años acumulados) o puede ser que haya que empezar por el grado I.
INSTRUCCIÓN NÚM. 5/2019, DEL DIRECTOR DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL MANUAL DE GESTIÓN EN MATERIA DE PERMISOS DEL PERSONAL ADSCRITO A LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.
INSTRUCCIÓN NÚM. 8/2019, DEL DIRECTOR DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, PARA LA APLICACIÓN DEL ACUERDO ADOPTADO POR EL GOBIERNO DE CANARIAS POR EL QUE SE IMPLANTA, A PARTIR DEL 1 DE MAYO DE 2019, LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO DE TREINTA Y CINCO HORAS DE PROMEDIO SEMANAL RESPECTO AL PERSONAL ADSCRITO A LAS INSTITUCIONES SANITARIAS INTEGRADAS EN EL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.
La presente Instrucción será de aplicación al personal adscrito a las instituciones sanitarias integradas en el Servicio Canario de la Salud, sea cual fuere la naturaleza de su vínculo jurídico, incluido el personal laboral residente en formación.
Turno fijo diurno: El que se realiza exclusivamente en horario diurno, entre las 8 y las 22 horas, con independencia del tramo horario en que se preste
La jornada ordinaria de trabajo para esta modalidad será de 35 horas semanales de trabajo efectivo, de promedio en cómputo anual, equivalente a 1.533 horas anuales. Dicha jornada ordinaria anual se incrementará en la parte proporcional correspondiente a un día adicional, de 7 horas de trabajo efectivo cuando el año sea bisiesto, así como por cada festivo estatal, autonómico o local coincidente con sábado.
Turno fijo nocturno: El que se realiza exclusivamente en horario nocturno, entre las 22 horas y las 8 horas del día siguiente. La jornada ordinaria de trabajo para esta modalidad será de 1.400 horas de trabajo efectivo en cómputo anual.
Turno mixto: El que se realiza combinando el turno fijo diurno y el nocturno, bien durante la misma jornada diaria de trabajo, bien en distintos días, con arreglo a un ritmo rotatorio que podrá ser de tipo continuo o discontinuo.
La presente instrucción produce efectos a partir del 1 de mayo de 2019.
Instrucción 5/2019
Instrucción 8/2019
Manual de Gestión
Ayudas de Acción Social 2019.
En el BO de Canarias de 2 de mayo de 2019 se publica resolución de 15 de abril de 2019, por la que se establecen las bases que han de regir las convocatorias, el reconocimiento y el abono de las ayudas de acción social en el ámbito de los entes del sector público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y se determina el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019.
Podrán solicitar las ayudas de acción social:
• Quienes durante el ejercicio 2018 hayan permanecido en situación de servicio activo durante al menos nueve meses.
• Tratándose de persona con vínculo jurídico temporal, quienes durante el año 2018 hubiesen acumulado, de forma continuada o con interrupción, un período igual o superior de prestación de servicios de nueve meses.
• Asimismo, podrán solicitar las ayudas de acción social para el ejercicio 2019, las personas herederas de quienes hubieran fallecido antes del 31 de mayo de 2019 habiéndoles correspondido participar en la convocatoria por reunir los requisitos de permanencia en el servicio activo, así como quienes durante el período de presentación de solicitudes se encontrase en situación de jubilación habiendo cumplido los requisitos de permanencia en el servicio activo durante el ejercicio 2018.
La convocatoria correspondiente al ejercicio 2019 atenderá los gastos que se hayan producido, previa su acreditación, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, ambos de 2018.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Hasta el 31 de mayo de 2019.
Resolución
VACACIONES Y DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
a) Se reduce a diez años, el primer período de tiempo a partir del cual se devenga el derecho a un primer día adicional hábil de vacaciones anuales;
b) Se establece un período ordinario hasta el 31 de enero del año siguiente para el disfrute de las vacaciones y de los asuntos particulares, siendo posible su disfrute fuera de dicha plazo, de forma excepcional, previa Resolución del Centro Gestor correspondiente, sin ulterior aprobación por parte de la Dirección General de la Función Pública, y siempre previa conformidad expresa de la persona interesada;
c) Se amplían a siete los días hábiles de vacaciones cuyo disfrute puede ser individualizado;
d) Se permite el disfrute de las vacaciones de manera continuada con otros permisos, en particular, los asuntos particulares y;
e) Se establecen una serie de criterios objetivos para la determinación de los períodos vacacionales en caso de conflicto entre las solicitudes cursadas, criterios basados en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
La presente Resolución será de aplicación al personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quedan excluidos el personal docente no universitario, el personal que preste sus servicios en las Gerencias y Centros de Asistencia Sanitaria adscritos al Servicio Canario de La Salud,.
Para el año 2019, el personal funcionario y el personal laboral tienen derecho a disfrutar de veintidós (22) días hábiles retribuidos de vacaciones.
Días hábiles adicionales de vacaciones retribuidas, que podrán ser disfrutados dentro del mismo año en que se perfeccione el período de antigüedad con independencia de la fecha de perfeccionamiento:
- 10 años: 1 día
- 15 años: 2 días
- 20 años: 3 días
- 25 años: 4 días
Para el año 2019, el personal laboral tendrá derecho a siete días hábiles retribuidos de asuntos particulares.
Resolución
Proceso ordinario de carrera profesional 2019.
Se inicia el plazo de solicitud del proceso ordinario de la Carrera Proferional:
• Procedimiento de encuadramiento, bien por acceso a la carrera profesional, bien por promoción al nivel/grado inmediatamente superior.
• Para acceder a los Grados hay que acreditar un tiempo mínimo de ejercicio profesional de:
- Grado 1: 5 años
- Grado 2: 5 años
- Grado 3: 6 años
- Grado 4: 7 años
• Plazo de solicitud: hasta el 30 de junio de 2019.
• Respecto al personal sanitario de formación profesional, haber transcurrido al menos dos años desde la apertura del plazo de presentación de anterior solicitud de encuadramiento a través de este procedimiento ordinario que haya sido desestimada al interesado por no haber superado la correspondiente evaluación de los méritos acreditados (evaluación negativa).
• Requisitos: Servicios prestados y valoración de méritos.
• Efectos económicos: 1 de enero de 2020
Con fecha 9 de abril de 2018 se publica la Resolución del Director del Servicio Canario de Salud, por la que se resuelve:
PRIMERO.- Ampliar en un mes el plazo previsto en la Instrucción 2/2018, de este centro directivo -Instrucción Octava, apartados D).2 y H).1.b)-, debiendo los interesados presentar la solicitud por escrito conforme al modelo normalizado, acompañada de los méritos correspondientes, durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2018.
SEGUNDO.- El periodo que se tomará en consideracion para la evaluación de méritos previsto en la Instrucción Octava, apartado D).3, finalizará el 31 de julio de 2018.
TERCERO.- El periodo de ejercicio profesional para la promoción al siguiente grado por el procedimiento ordinario, de acuerdo con lo previsto en el Instrucción Séptima, apartado D).2, comenzará a computarse desde el 1 de julio de 2018. Igualmente, el periodo que se tomará en consideración para la evaluación de méritos para la promoción al siguiente grado por el procedimiento ordinario, previsto en la Instrucción Octava, apartado D).5, se iniciará el 1 de julio de 2018.
Instrucción
Con fecha 1 de abril de 2018 se inicia el plazo de solicitud para el encuadramiento, bien por acceso a la carrera profesional, bien por procedimiento al nivel /grado inmediatamente superior para el personal estatutario y personal laboral fijo.
Para acceder a los grados hay que acreditar un tiempo mínimo de ejercicio profesional de:
Grado 1: 5 años
Grado 2: 5 años
Grado 3: 6 años
Grado 4: 7 años
* El plazo de solicitud es del 1 de abril al 30 de junio de 2018.
* Requisitos: servicios prestados y valoración de méritos.
* Efectos económicos: 1 de enero de 2019.