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Los responsables de junta gestora de SAE en Canarias son Verónica Rodríguez, Paola Iosuf y Jorge Santurio Sánchez.
Este año, respecto de los incentivos que se suelen abonar en la nómina de marzo, la Ley de presupuestos de 2021 establece que se efectuará tomando en consideración el grado de cumplimiento equivalente al cien por cien.
Excepcionalmente en 2021, como consecuencia de las circunstancias extraordinarias derivadas de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
a) La distribución del complemento de productividad variable ligado a la consecución de objetivos de los centros de gestión del Servicio Canario de la Salud durante el ejercicio 2020 se efectuará tomando en consideración un grado de cumplimiento equivalente al cien por cien.
b) La asignación individual de la cuantía a percibir se efectuará aplicando a la cuantía máxima anual correspondiente la reducción que, en su caso, resulte procedente en función al tiempo de trabajo efectivo durante el ejercicio 2020. A estos efectos, no se considerarán tiempo de trabajo efectivo, exclusivamente, los períodos en que el personal se encuentre disfrutando de permiso sin sueldo, así como aquellos en que se encuentre en situación distinta a la de servicio activo.
c) Una vez hecha la asignación individual de incentivos por las gerencias o direcciones gerencias, no será objeto de distribución la cuantía que resulte como consecuencia de las economías originadas por tales reducciones.
GRUPO CUANTÍA MÁXIMA INDIVIDUAL
C/C1** 907,07€
D/C2 736,58€
E/A PROF. 675,19€
** AE/TCE CON FUNCIONES DE TÉCNICO/A ESPECIALISTA
En el BO de Canarias del pasado viernes 29 de enero se publicó Resolución por la que se aprueba la relación de profesionales que, habiendo adquirido la condición de personal fijo el 1 de agosto de 2020 en la categoría de TEL y TER, acceden o no al sistema de carrera profesional de acuerdo con el procedimiento extraordinario previsto en la Disposición transitoria primera, apartado B), del Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, respecto al personal sanitario de formación profesional y personal de gestión y servicios.
Se aprueba y hace constar en el Anexo II los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y grado, en su caso, a reconocer.
Se aprueba y hace constar en el Anexo I apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y causa de su no encuadramiento.
La Resolución despliega efectos administrativos y económicos desde la fecha de toma de posesión del interesado.
Resolución
En el BO de Canarias de hoy, 11 de noviembre, se ha publicado Resolución por la que se aprueba la Relación Provisional de profesionales que habiendo adquirido la condición de personal fijo del Servicio Canario de la Salud el 1 de agosto de 2020 en la categoría de TEL y TER:
- Acceden al sistema de Carrera Profesional haciendo constar respecto de cada profesional los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y grado, en su caso, a reconocer.
. No acceden al sistema de Carrera Profesional haciendo constar respecto de cada profesional los apellidos, nombre, número del documento acreditativo de identidad y causa de su no encuadramiento.
Se acuerda la apertura de un trámite de audiencia, por plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el que los interesados podrán:
. Reclamar contra el Grado en el que se les propone encuadrar, aportando los documentos necesarios para justificar los períodos de servicios prestados que pretendan hacer valer.
. Reclamar por la posible exclusión de la relación o los errores que pudieran observar, aportando los documentos justificativos en los que apoyen su reclamación.
Renunciar a su encuadramiento en la Carrera Profesional.
Resolución
El Cabildo de La Palma hace pública la Oferta de Empleo Pública (OPE) de la institución insular correspondiente al ejercicio 2020, a través de la cual se quiere cubrir de forma fija 47 plazas de trabajo, que actualmente están siendo cubiertas con personal temporal, y, sobre todo, reforzar los servicios sanitarios.
Este número de plazas está limitado por la tasa de reposición de efectivos que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio, y que en el caso del Cabildo de La Palma incluye un número de 24 plazas para el ejercicio 2020. No obstante, esta cifra tendrá que incrementarse con las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial, que ascienden a otras 23 plazas, y que no computan en la tasa de reposición.
En el tablón de anuncios del Servicio Canario de Salud se ha publicado Resolución por la que se aprueba lista definitiva de empleo en el marco de convocatoria la constitución de lista de empleo supletoria de la categoría Técnica/o Especialista en Anatomía Patológica, con expresión de los resultados de la baremación por epígrafes y subepígrafes del baremo así como la puntuación final.
Resolución
Este año, respecto de los incentivos que se suelen abonar en la nómina de marzo, este año la Ley de presupuestos de 2021 establece que se efectuará tomando en consideración el grado de cumplimiento equivalente al cien por cien.
Excepcionalmente en 2021, como consecuencia de las circunstancias extraordinarias derivadas de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
a) La distribución del complemento de productividad variable ligado a la consecución de objetivos de los centros de gestión del Servicio Canario de la Salud durante el ejercicio 2020 se efectuará tomando en consideración un grado de cumplimiento equivalente al cien por cien.
b) La asignación individual de la cuantía a percibir se efectuará aplicando a la cuantía máxima anual correspondiente la reducción que, en su caso, resulte procedente en función al tiempo de trabajo efectivo durante el ejercicio 2020. A estos efectos, no se considerarán tiempo de trabajo efectivo, exclusivamente, los períodos en que el personal se encuentre disfrutando de permiso sin sueldo, así como aquellos en que se encuentre en situación distinta a la de servicio activo.
c) Una vez hecha la asignación individual de incentivos por las gerencias o direcciones gerencias, no será objeto de distribución la cuantía que resulte como consecuencia de las economías originadas por tales reducciones.