Con tu apoyo los Técnicos lograremos el merecido reconocimiento
La Junta Gestora de SAE en Galicia está compuesta por Víctor Leiros Vázquez, Elsa Rodríguez Fandiño e Isabel Lozano Sevilla.
NOTA INFORMATIVA
MOVILIDAD INTERNA VOLUNTARIA
PUBLICADA HOY 27 DE FEBRERO, EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA, CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE MOVILIDAD INTERNA VOLUNTARIA.
ESTÁ DIRIGIDO A PERSONAL DIPLOMADO, TITULADO SANITARIO Y PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS, CON PLAZA EN PROPIEDAD Y QUE NO HAYA PARTICIPADO EN EL ANTERIOR CONCURSO DE TRASLADOS INTERNOS.
LAS BASES DE ESTA CONVOCATORIA SERÁN PUBLICADAS EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS Y TAMBIÉN EN LA INTRANET DEL ÁREA SANITARIA DE LUGO, A MARIÑA Y MONFORTE DE LEMOS.
LAS SOLICITUDES SE TRAMITARÁN A TRAVÉS DE FIDES/PROCESOS/MOVILIDAD VOLUNTARIA INTERNA.
NO OLVIDAR PRESENTAR Y REGISTRAR LA SOLICITUD EN LA UNIDAD DE VALIDACIÓN (EXPEDIENTE).
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
VEINTE DÍAS HÁBILES, DESDE EL 28 DE FEBRERO AL 26 DE MARZO
La Mutua, responsable de la prestación económica, debe pagar la baja, considerada accidente de trabajo, desde el primer día
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) ha conseguido la primera sentencia para que una profesional Técnico en Cuidados de Enfermería cobre la incapacidad temporal desde el primer día y no, como quería la Mutua, con una retroactividad de tres meses desde la presentación de la solicitud determinación de contingencia, para que esta baja pasara de ser enfermedad común a accidente de trabajo.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó resolución por la que se consideraba como profesional la contingencia origen del proceso de la incapacidad temporal iniciado por la trabajadora y volcaba la responsabilidad de la mutua en la prestación económica y del SERGAS en la prestación sanitaria.
Sin embargo, la mutua formuló demanda alegando que el centro no constaba inscrito como sociosanitario (requisito exigido por el RDL), la inexistencia de parte de Accidente de Trabajo, y la inexistencia de informe del SPS. Por su parte, la sentencia del Juzgado de lo Social resolvió que el centro de trabajo era claramente sociosanitario (atención en residencia de mayores como TCE), siendo irrelevante que la empresa no lo hubiera inscrito como tal en el correspondiente registro y que, igualmente, era irrelevante cuándo la trabajadora solicitase la determinación de contingencia, pues lo importante es la fecha de Incapacidad Temporal, “debiendo ser ésta como fecha del hecho causante, sin estar a la fijación de efectos económicos con 3 meses de antelación máxima a la solicitud de cambio de contingencia”.
Ahora, la sentencia del Tribunal Suspserior de Justicia de Galicia confirma que "el hecho que motiva el recurso de si han de retrotraerse a la fecha del hecho causante el reconocimiento de la incapacidad temporal, o han de ser el de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud determinación de contingencia, ha de resolverse en el sentido acordado en la resolución impugnada, que lo extiende al momento del hecho causante de la incapacidad temporal"
“Desde SAE estamos muy satisfechos por esta sentencia, que reconoce todo el periodo de baja como accidente de trabajo de esta compañera y, estamos seguros, creará jurisprudencia en toda España. Asimismo, estamos pendientes de que el SERGAS abone el recargo de prestaciones de seguridad social derivadas de accidente de trabajo por Covid 19 a todos aquellos profesionales a quienes se les ha reconocido esta indemnización”, explica Trinidad Marín García, secretaria de comunicación de SAE en Galicia.
PUBLICADO HOY EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA
RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace público el acuerdo de los tribunales que juzgan el proceso selectivo de estabilización, por el concurso de méritos, para el ingreso en las categorías de Técnicos en Cuidados de Enfermería y personal de servicios generales, convocados por las resoluciones de 26 y de 28 de diciembre de 2022
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240221/AnuncioG0003-140224-0002_es.html
LISTADO RELATIVO A LA PUNTUACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO SELECTIVO CONCURSO DE MÉRITOS PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO GALLEGO DE SALUD (www.sergas.es), el acuerdo del Tribunal, relativo a la puntuación definitiva del proceso selectivo para el ingreso de las categorías de:
TÉCNICOS EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
Cada aspirante podrá consultar además el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo, en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos
Publicada hoy, 24 de mayo en el DOG, Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran los tribunales calificadores de la convocatoria excepcional en el proceso selectivo de estabilización, por el sistema de concurso de méritos para el ingreso a la condición de personal fijo, en diversas categorías de personal estatutario.
Los miembros de los tribunales, titulares y suplentes están publicados en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es). Dog Núm 97 del miércoles 24 de Mayo del 2023
Convocatoria excepcional en el proceso de estabilización, por el sistema de CONCURSO DE MÉRITOS, para el ingreso en diversas categorías.
INSCRIPCIÓN: Desde el día 16 de Enero de 2023 hasta el 16 de Febrero de 2023. A través de la Oficina Virtual del Profesional ( Fides/expediente-e/Selección de Procesos/OPE). Una vez cumplimentada se imprimirá y se presentará en los lugares y plazos indicados.
- Celador
- Cocinero
MAS INFORMACIÓN: www.doga.es o www.sergas.es/Recursos-Humanos/OPE
NOTA INFORMATIVA
ESTÁ PREVISTO QUE MAÑANA MIÉRCOLES 21 DE FEBRERO DEL 2024 SE PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA, LA BAREMACIÓN DEFINITIVA DE LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS EN EL PROCESO SELECTIVO DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO DE MÉRITOS PARA EL INGRESO DE LAS CATEGORÍAS:
-TÉCNICOS EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA
-PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
ELECCIÓNS AUTONÓMICAS D0 18 DE FEBREIRO DE 2024
EXERCICIO DOS DEREITOS ELECTORAIS DO PERSOAL DAS INSTITUCIÓNS SANITARIAS
1.- Permisos a membros de mesas electorais, interventores/as e apoderados/as
1.1.- O persoal que teña a condición de membro de mesa electoral, interventor/a ou apoderado/a deberá poñelo en coñecemento do órgano de dirección da xerencia da área sanitaria na que preste servizos coa suficiente antelación.
1.2.- O persoal nomeado presidente/a ou vogal das mesas electorais e os/as que acrediten a súa condición de interventores/as teñen dereito, durante o día da votación, a un permiso retribuído de xornada completa se non desfrutan na tal data do seu descanso semanal, e a unha redución da súa xornada de traballo de cinco horas o día inmediatamente posterior.
No caso de que algún dos profesionais aos que se refire o parágrafo anterior, incluídos os que figuran como primeiros suplentes e acrediten a súa asistencia á constitución das mesas, tivese que prestar servizos a noite inmediatamente anterior ao día da votación, mudaráselle a dita garda, quenda ou atención continuada co obxecto de que poida descansar esa noite.
Dado que o día da votación comeza ás 0.00 horas do 18 de febreiro, aos membros das mesas electorais que soliciten o permiso en lugar da mudanza da garda, quenda ou atención continuada, autorizaráselles este con efectos desde as 22.00 horas do día anterior.
1.3.- Os que acrediten a súa condición de apoderados/as teñen dereito a un permiso retribuído durante o día da votación, se non desfrutan nese día de descanso semanal.
2.- Permiso o día da votación
2.1.- O persoal do Servizo Galego de Saúde que no día das eleccións non goce do seu descanso semanal poderá dispoñer, dentro do seu horario laboral, de ata catro horas libres e retribuídas para o exercicio do dereito do voto, sempre que a súa quenda de traballo, o día 18 de febreiro, coincida polo menos en catro horas co tempo en que permanecerán abertas as mesas electorais. Cando o traballo se preste en xornada reducida, efectuarase a correspondente redución proporcional do permiso.
2.2.- Os/as directores/as das xerencias onde presten os seus servizos esixiranlle ao devandito persoal os oportunos xustificantes de que foi exercido o seu dereito ao voto, que serán expedidos polas mesas electorais.
La sobrecarga laboral pone en riesgo la integridad física y mental