OFERTA DE EMPLEO 10 PLAZAS
AUXILIAR TÉCNIC/A SOCIOSANITARI/IA
Nueva publicación de oferta de trabajo en el SOIB, nº oferta 04/2024/003611 2ª convocatoria MALLORCA.
Difusión de la oferta desde el 05/07/2024 al 11/07/2024
Para cubrir temporalmente 10 puestos con contrato temporal de 2 meses con la categoría de Auxiliar Técnica/o Sociosanitaria/o para las residencias de Mallorca.
AMPLIACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL
CATEGORÍAS:
- ENFERMERA/O
- CUIDADOR/A
Cuidador y cuidadora: título de Enseñanza Secundaria Obligatoria, más Certificado de Profesionalidad SSCS0208 o título de Técnico o Técnica de Cuidados Auxiliares de Enfermería, o equivalentes, o título de Técnico o Técnica de Atención a Personas en Situación de Dependencia, o equivalentes.
- COCINERO/A
INSCRIPCIÓN:
https://bolsaempleoivass.es/
PLAZO: 5 DÍAS HÁBILES (6 A 12 DE JULIO DE 2024)
AMPLIACIÓN BOLSA DE TRABAJO CUIDADOR/A
REQUISITO DE TITULACIÓN:
TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA
TÉCNICO/A DE ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
TITULACIONES EQUIVALENTES
NO SE PODRÁN APORTAR MÉRITOS NUEVOS NI AMPLIAR ÁREAS GEOGRÁFICAS POR PARTE DE LOS/AS CANDIDATOS/AS YA INSCRITOS/AS.
BORSA D'OCUPACIÓ / BOLSA DE EMPLEO (bolsaempleoivass.es)
PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
DESDE EL 25 DE MAYO DE 2023 HASTA EL 31 DE MAYO DE 2023
https://dogv.gva.es/datos/2023/05/24/pdf/2023_5118.pdf
CONVOCATORIA DE AMPLIACIÓN DE LA BOLSA DE URGENCIA
CATEGORÍAS:
- RESPONSABLE DE TURNO: Título de Bachiller, Técnico Superior o equivalente, Graduado en ESO + Certificado de profesionalidad SSC0208, TCAE, TAPSD.
- TERAPEUTA OCUPACIONAL: Diplomatura o Grado en Terapia Ocupacional.
- MONITOR/A ATENCIÓN SOCIAL: Técnico Superior en Integración o equivalente.
- CONDUCTOR/A- MECÁNICO/A: Título enseñanza obligatoria + permiso de conducir específico + Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
- CELADOR/A: Graduado en ESO + formación en materia de atención sociosanitaria a personas con dependencia o certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
- PINCHE DE COCINA: Certificado de escolaridad o equivalente.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 5 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria.
INSCRIPCIÓN: https://bolsaempleoivass.es
PRESENTACIÓN Y REGISTRO: https://www.ivass.gva.es/registro_bolsas.html
Se adjuntará, escaneada y firmada manualmente, la solicitud de inscripción.
Resolución
CONCURSO-OPOSICIÓN DE TCE EXAMEN 17 DE MARZO DE 2024
PUBLICACIÓN DE LA PUNTUACIÓN DEFINITIVA DE LA FASE DE OPOSICIÓN
LAS PERSONAS QUE FIGUREN COMO “APTO” EN EL ANEXO DISPONEN DE UN PLAZO DE 10 DÍAS NATURALES PARA PRESENTAR LOS MÉRITOS PARA LA FASE DE CONCURSO.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA, A FIN DE LA ESTATUTARIZACIÓN DE PLAZAS VACANTES FUNCIONARIALES.
PLAZAS VACANTES FUNCIONARIALES QUE SE AMORTIZAN:
- ENFERMERO/A : 3
- TCE: 4
- CELADOR/A: 2
- TERAPEUTA OCUPACIONAL: 1
PLAZAS ESTATUTARIAS QUE SE CREAN:
- ENFERMERO/A : 3
- TCE: 4
- CELADOR/A: 2
- TERAPEUTA OCUPACIONAL: 1
PUBLICADAS LAS BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO-OPOSICIÓN:
FASE DE OPOSICIÓN (EXAMEN): 60%
FASE DE CONCURSO (MÉRITOS): 40%
BAREMO DE MÉRITOS
TIEMPO TRABAJADO (HASTA UN MÁXIMO DE 28 PUNTOS)
- HOSPITAL PROVINCIAL DE CASTELLÓN MISMA CATEGORÍA:
0,38 p./mes (HASTA 28 p.)
- HOSPITAL PROVINCIAL DE CASTELLÓN DISTINTA CATEGORÍA: 0,20p./mes (HASTA 6 p.)
- OTROS SERVICIOS DE SALUD MISMA CATEGORÍA: 0,24p./mes
(HASTA 18p.)
- OTROS SERVICIOS DE SALUD DISTINTA CATEGORÍA: 0,13p./mes (HASTA 4 p.)
OTROS MÉRITOS
-SUPERACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN CONVOCADA POR EL CHPC EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS: 1 p.
- VALENCIANO: ORAL O A2: 2,80 p
ELEMENTAL O B1: 3,60p
B2: 4,40 p
MEDIO O C1: 5,20p
SUPERIOR O C2: 6,00 p
- CURSOS ACREDITADOS: DE 100 O MÁS HORAS: 2,5p
DE 50 O MÁS HORAS: 1,5p
DE 25 O MÁS HORAS: 1p
DE 15 O MÁS HORAS: 0,50p
- OTRA TITULACIÓN IGUAL O SUPERIOR RELACIONADA CON LA CATEGORÍA A LA QUE SE OPTA: 2,5p (HASTA UN MÁXIMO DE 10 PUNTOS)
PUBLICADAS LAS BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE MÉRITOS:
BAREMO DE MÉRITOS
TIEMPO TRABAJADO (HASTA UN MÁXIMO DE 70 PUNTOS)
- HOSPITAL PROVINCIAL DE CASTELLÓN MISMA CATEGORÍA:
0,48 p./mes (HASTA 70 p.)
- HOSPITAL PROVINCIAL DE CASTELLÓN DISTINTA CATEGORÍA: 0,19p./mes (HASTA 14 p.)
- OTROS SERVICIOS DE SALUD MISMA CATEGORÍA: 0,30p./mes
(HASTA 46 p.)
- OTROS SERVICIOS DE SALUD DISTINTA CATEGORÍA: 0,11p./mes (HASTA 8 p.)
OTROS MÉRITOS (HASTA 30 PUNTOS)
-SUPERACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN CONVOCADA POR EL CHPC EN LOS ÚLTIMOS 15 AÑOS: 5 p.
- VALENCIANO: ORAL O A2: 7 p
ELEMENTAL O B1: 9 p
B2: 11 p
MEDIO O C1: 13 p
SUPERIOR O C2: 15 p
- CURSOS ACREDITADOS: DE 100 O MÁS HORAS: 5 p
DE 50 O MÁS HORAS: 3 p
DE 25 O MÁS HORAS: 2 p
DE 15 O MÁS HORAS: 1 p
SI LOS CURSOS SON EN MATERIA DE IGUALDAD, SE SUMARÁ 0,15 PUNTOS
- OTRA TITULACIÓN IGUAL O SUPERIOR RELACIONADA CON LA CATEGORÍA A LA QUE SE OPTA: 5 p (HASTA UN MÁXIMO DE 10 PUNTOS)
Bases
CONVOCATORIA PROVISIÓN DE PLAZAS TURNO LIBRE/ESTABILIZACIÓN
Convocatoria: B.O.E Nº 160 de 03/07/2024
Bases: B.O.P Nº 9 de 13/01/2023
ABIERTO PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES PARA PROVEER:
-9 PLAZAS TCE PERSONAL LABORAL FIJO
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES: DESDE 04/07/2024 AL 17/07/2024 (ambos inclusive)
https://teresadecofrentes.sedelectronica.es/info.0
https://boe.es/boe/dias/2024/07/03/pdfs/BOE-A-2024-13489.pdf
El caos y el estrés están siendo la tónica en el servicio de Urgencias del Hospital Son Espases, donde actualmente hay 130 pacientes, de los cuales 88 están ingresados en el servicio a espera de cama en planta y cerca de una decena llevan más de dos días en camilla por la falta de camas que existe en la unidad tras la reforma.
La saturación que, repetidamente, se vive en este servicio de Urgencias es fruto de una alarmante falta de profesionales y de una pésima organización de la unidad, por ello desde SAE exigimos, nuevamente, que se lleven a cabo las actuaciones necesarias para solventar esta realidad, que se aleja bastante de las garantías de salud que debe cumplir un hospital tanto para sus profesionales como para sus usuarios.
“En esta ocasión ha sido la gripe, en primavera serán las alergias y en verano serán los golpes de calor y la población flotante. Todos los años se repiten las mismas circunstancias y todos los años, de manera repetida, tenemos que denunciar la saturación en las urgencias debido a la falta de previsión y la mala gestión que se está haciendo del servicio. Por ello, desde SAE continuaremos trabajando para que esta situación cambie y la gerencia deje de poner en peligro la salud de los profesionales y de los usuarios, quienes ven reducido su tiempo de atención debido a la sobrecarga laboral existente. Superponer el ahorro económico a la salud es algo propio de gestores a los que poco les importa el bienestar y la vida de los pacientes y la seguridad laboral de sus profesionales”, explica Francisca Galmes, secretaria autonómica de SAE en Baleares
SAE ha conseguido que los servicios sociales certifiquen la docencia en prácticas igual que en su día lo conseguimos para SACYL.
Cualquier sindicato que diga que lo ha logrado, miente.
Sólo SAE defiende a los TCE.
A pesar de haber participado en la elaboración del documento de cambio de turno y permutas, las organizaciones sindicales presenes en Mesa Sectorial impiden a USAE estar en la negociación con la Dirección para su firma, alegando que USAE no está en Mesa Sectorial.
Te recordamos que USAE, como único sindicato profesional que defiende verdaderamente los intereses de los TCAE, necesita tu apoyo para estar negociando tus derechos en la Mesa Sectorial.
Con fecha 15 de enero de 2019 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el incremento del 2,25% del sueldo de los empleados públicos de la Comunidad, que entra en vigor con efectos de 1 de enero de este año y será abonado en la nómina del mes de enero.
Este incremento puede verse aumentado a partir de julio en un 0,25%, dependiendo del incremetno del PIB del Estado en el 2018.
Con fecha 11 de enero de 2019 en BOTHA el Decreto Foral 72/2018, regulador de las condiciones de empleo del personal del Instituto Foral de Bienestar Social en materia de jornada de trabajo, vacaciones y permisos.
“A) Horas de trabajo.
1. La duración de la jornada general para todos los tipos de horario, excepto el nocturno, será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil quinientas noventa y dos horas anuales.
Para los trabajos nocturnos, las horas anuales, en régimen permanente, serán mil doscientas setenta y cuatro.
Quienes roten en turnos diurnos y nocturnos ajustarán su dedicación máxima a la que resulte como promedio de la aplicación proporcional de ambos horarios.
Quedan exceptuadas de lo anterior aquellas personas nombradas por tiempo inferior, a las que se les respetan los derechos reconocidos, a este efecto, por la legislación en vigor.
2. Dentro del tiempo de trabajo efectivo y sólo para las jornadas continuadas de 5 o más horas, se entenderá comprendido el que se viene destinando a descanso durante la jornada sin que pueda exceder de veinticinco minutos, quedando por tanto excluidos del citado descanso quienes observen otro tipo de jornada.
3. Se entiende que el tiempo necesario para recoger, ordenar o guardar las ropas, materiales y demás útiles de trabajo es tiempo de trabajo efectivo. Dentro del concepto de trabajo efectivo se entenderán comprendidos en la jornada diaria de trabajo los tiempos horarios empleados como pausas reglamentadas, desplazamientos, y otras interrupciones derivadas de normas de seguridad laboral o de la propia organización de trabajo.”
El presente decreto foral entrará en vigor el día de su aprobación, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOTHA, y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2019.
Decreto
Con fecha 10 de enero de 2018 en BOTHA el Decreto Foral 63/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de diciembre por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 77/2012, de 28 de diciembre, regulador de las condiciones de empleo del personal del Instituto Foral de Bienestar Social en materia de jornada de trabajo, vacaciones y permisos.
“Se modifica el artículo Único apartado A, del Decreto Foral 77/2012, que queda redactado como sigue:
A) Horas de trabajo
1. La duración de la jornada general para todos los tipos de horario, excepto el nocturno, será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual