19/05/26 - Autonómica - Movilidad interna
MOVILIDAD INTERNA 2026 LISTADOS PROVISIONALES
Mediante Resolución 200/2026 del Director Gerente de OSI ALTO DEBA, se ha procedido a la publicación del listado provisional de Movilidad Interna Definitiva y Temporal.
Categoría: TCE y otras categorías
Plazo de presentación de reclamaciones: Desde el 20 de mayo al 2 junio de 2026 (ambos inclusive). A través de la Intranet de OSI Alto Deba.
ENLACE MOVILIDAD INTERNA Y RESOLUCIÓN
LISTADOS MOVILIDAD DEFINITIVA
LISTADOS MOVILIDAD TEMPORAL
09/01/26 Resolución 496/2025 del Director Gerente de OSI ALTO DEBA, se ha procedido a la apertura del plazo de inscripción en listas de movilidad interna definitiva y temporal.
Categoría: TCE y otras categorías
Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 29 de diciembre de 2025 al 13 de enero de 2026. A través de la Intranet de OSI Alto Deba.
Requisitos:
- Tener plaza en propiedad en OSI BIDASOA
- Pertenecer al mismo puesto funcional que el destino objeto de la Movilidad Horizontal.
- Euskera según los criterios establecidos en decreto 67/2003 de 18 de marzo.
- Si hay adecuación por motivos de salud, se necesita certificado de aptitud de la Unidad Básica para los destinos solicitados.
IMPORTANTE: Las personas integrantes de listas de años anteriores deberán ratificar o modificar su solicitud para que sea tenida en consideración. Para ratificar la solicitud deberán rellenar el formulario al efecto. Para modificar una solicitud anterior, deberán realizar una nueva Solicitud de Movilidad Interna
19/05/26 - Autonómica - Concurso de Traslados
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO TCE/AE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL CONCURSO DE TRASLADOS (CT.14/26)
Resolución 1161/2026, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se hace pública la adjudicación provisional del concurso de traslados para la provisión de puestos vacantes de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo de Administración Especial (TCE/AE) en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CT.14/26).
Se Aprueba la adjudicación provisional del concurso de traslados que figura como anexo a esta resolución.
Las personas interesadas podrán formular reclamación ante el Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. La reclamación deberá efectuarse exclusivamente por procedimientos electrónicos a través de la siguiente dirección de internet www.larioja.org/empleadosprovision, apartado concursos de traslados.
Más información:
https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=40449638-1-PDF-577367-X
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO TCE RELACIÓN DEFINITIVA ADMITIDAS Y EXCLUIDAS CONCURSO DE TRASLADOS (CT.14/26)
Resolución 1402/2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se declara aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas al concurso de traslados para la provisión de puestos vacantes de la Escala Sanitaria del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (TCE/AE) de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CT.14/26).
Se publica la puntuación total obtenida por las personas admitidas, especificándose la consignada en cada uno de los apartados establecidos en el Baremo de méritos (anexo II de la convocatoria).
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la misma.
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
RELACIÓN PROVISIONAL ADMITIDAS/EXCLUIDAS
Resolución 866/2026, de 27 de abril, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se declara aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas al concurso de traslados para la provisión de vacantes de la Escala Sanitaria del Cuerpo Auxiliar Facultativo de Administración Especial (TCE/AE) en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CT.14/26).
La relación figura como Anexo a esta Resolución, con la puntuación total obtenida por las personas admitidas (Anexo II)
Se dispone de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución para subsanar el defecto que ha motivado su exclusión u omisión y los errores relacionados con la puntuación.
La solicitud de subsanación deberá efectuarse exclusivamente por medios electrónicos, a través de la dirección de Internet: www.larioja.org/empleadosprovision, apartado concursos de traslados. Los escritos presentados a estos efectos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.
https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=40137755-1-PDF-576895
19/05/26 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
PUBLICADOS HOY MARTES, 19 DE MAYO de 2026, EN EL PORTAL DE SELECCIÓN para CANDIDATOS participantes de la bolsa del Servicio Extremeño de Salud https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/ los LISTADOS DEFINITIVOS de aspirantes de las siguientes categorías.
**corte de actualización de valoración de méritos de 30 de septiembre de 2025.
1. TÉCNICO MEDIO SANITARIO: EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA.
Unidad Especial Hemodiálisis.
Unidad Especial Neonatología.
Unidad Especial Oncología Pediátrica.
Unidad Especial Quirófano.
Unidad Especial UCI Pediátrica.
Unidad Especial UCI Reanimación-Unidad Recuperación de Cirugía Cardiaca.
Unidad Especial de Urgencias.
2. TÉCNICO AUXILIAR DE FARMACIA.
3. HIGIENISTA DENTAL.
4. TÉCNICO ESPECIALISTA EN DIETÉTICA Y NUTRICIÓN.
5. TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE ANATOMÍA PATOLÓGICA.
6. TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE LABORATORIO.
7. TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE MEDICINA NUCLEAR.
8. TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE RADIODIAGNÓSTICO.
9. TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE RADIOTERAPIA.
15/12/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
RD-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. (BOE 57 de 07-03-2019)
PERMISOS POR NACIMIENTO (antigua MATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por nacimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.
PERMISOS POR ADOPCIÓN, GUARDA, ACOGIMIENTO TEMPORAL O PERMANENTE. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores a la resolución judicial de adopción o decisión administrativa de guarda (cómputo del plazo a elección del progenitor).
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2° si adopción, etc. múltiple (una semana para cada progenitor).
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
En caso de adopción o acogimiento internacional, si fuera necesario desplazamiento previo al país de origen, el permiso podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución judicial o administrativa. Pero además se tendrá derecho a un permiso de hasta 2 meses (percibiendo exclusivamente retribuciones básicas).
CUIDADO DEL LACTANTE, LACTANCIA. Es un derecho individual e intransferible.
• 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
• Incremento proporcional si guarda, adopción o acogimiento múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por adopción, guarda o acogimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el hecho causante.
PERMISOS DEL OTRO PROGENITOR (antigua PATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica, por nacimiento, guarda, acogimiento o adopción. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al hecho causante, ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Si esta parte del permiso (10 semanas) quiere disfrutarse después de la semana 16 del permiso por nacimiento y el progenitor que disfruta de dicho permiso hubiese acumulado la lactancia, será a la finalización de este periodo cuando se disfrute de estas semanas restantes del permiso del progenitor diferente.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso del progenitor diferente o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.
15/12/20 - Asturias - Acuerdos, pactos y convenios
● QUE LOS GRUPOS Y ESCALAS SE ADAPTEN A LA REGULACIÓN CONTEMPLADA EN EL ART. 76 DEL TREBEP. C1: TÉCNICOS DE GRADO MEDIO DE F.P. Y B PARA LOS DE GRADO SUPERIOR.
●IMPLANTACIÓN DE CONTRATOS INDEFINIDOS NO FIJOS PARA LOS CONTRATOS QUE SUPEREN LOS TRES AÑOS DE DURACIÓN PARA ACABAR CON EL ABUSO DE LA TEMPORALIDAD.
● INDEMNIZACIÓN EN CONCEPTO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL CUANDO SE CESE COMO INTERINO.
● CÓDIGO NUMÉRICO DE IDENTIFICACIÓN PARA LOS CONTRATOS INTERINOS.
●MISMOS DERECHOS QUE TIENEN LOS FIJOS PARA EL PERSONAL INTERINO (CARRERA PROFESIONAL...).
15/12/20 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
ANUNCIO de 11 de diciembre de 2020, de la Secretaria General de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, por la que se acuerda la apertura de un plazo de presentación de solicitudes, para la cobertura de puestos de trabajo en los Centros Residenciales de Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), de la categoría profesional de AE/TCE.
PLAZO DE PRESENTACIÓN A PARTIR DEL DIA 15/12/2020 EN EL PORTAL DEL CIUDADANO, https//ciudadanos.gobex.es, ASÍ COMO EN EL PORTAL DEL SEPAD, https//saludextremadura.ses.es/sepad.
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14/12/20 - Autonómica - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) ha conseguido que el Departamento de Salud, junto al de Derechos Sociales, comience a realizar el cribado cada 15 días a los más de 5.000 profesionales sociosanitarios de todas las residencias de la comunidad –mayores, discapacidad y salud mental- y congregaciones religiosas.
La PCR se realizará quincenalmente durante dos meses, tras los cuales se llevará a cabo una evaluación, que para SAE es fundamental pues es una vía más en la lucha para frenar la expansión del virus.
Los cribados se han iniciado hoy lunes en la Residencia El Vergel, CAIDIS San José y la Residencia Santo Domingo de Estella, alcanzando así a 500 profesionales, y también llegará a los 160 técnicos sanitarios del Centro San Francisco Javier, en el que, al contar con un brote activo y de acuerdo al protocolo establecido, el cribado enmarcado en el plan no se pondrá en marcha hasta dos semanas después de resolverse, ya que en este espacio, actualmente Salud está realizando test semanales a todos los trabajadores.
“Desde SAE hemos reivindicado en múltiples ocasiones la necesidad de poner en práctica esta medida para poder detectar los vectores de transmisión en estos centros, pues es la única manera para controlar la expansión de la Covid-19 en las 112 residencias y congregaciones religiosas en las que se aplicará”, explica Begoña Ruiz, secretaria autonómica de SAE en Navarra.
14/12/20 - Autonómica - OPE
Se ofertan las plazas que en el tercer llamamiento no resultaron cubiertas y las que han resultado vacantes con posterioridad.
Con el fin de prever posibles renuncias o abstenciones al llamamiento excepcional, se convoca a más aspirantes que plazas a cubrir. Quedarán decaídos en sus derechos quienes no comparezcan al presente llamamiento.
Por razones de salud pública derivadas de la actual situación sanitaria. Los aspirantes deberán remitir al correo electrónico: personalsalud@aragon.es, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, el impreso de elección de plazas y documentación requerida.
Resolución