26/12/25 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Resolución 067/2025, de 3 de diciembre, de la Dirección General de Personal. Incremento 2,5% adicional respcto a las cuantías 31/12/2024.
26/12/25 - Autonómica - OPE
Publicada Modificación: Estimado Recurso de Reposición Interpuestos.
Listados Definitivos de Técnicos/as en Farmacia (TF) (TL y PI)
Personas Admitidas y Excluidas
Adaptaciones de Tiempo y Medios, Concedidas y Denegadas
Consulta por DNI
Más información
26/12/25 - Autonómica - OPE
Publicado Listado Provisional de Aspirantes que Superan el Concurso-Oposición
Celador-Conductor/a (TL y PI)
Celador/a Discap. Intelectual (TL y PI)
Consulta por DNI
Plazo para Presentación de Alegaciones: Del 26 de diciembre al 19 de enero de 2.026
26/12/25 - Autonómica - OPE
Publicada Modificación: Estimado Recursos de Reposición Interpuestos
Listados Definitivos de T.E. Anatomía Patológica (TEAP) (TL y PI)
Personas Admitidas y Excluidas
Adaptaciones, de Tiempo y Medios, Concedidas y Denegadas
Consulta por DNI
Más información
27/07/21 - Autonómica - Formación
LUNES, MARTES Y JUEVES DE 16:00 A 20:00 HORAS
Comienzo curso el 7 septiembre
PRECIOS
225€ para afiliados al S.A.E.
390€ para NO afiliados al S.A.E.
MATRICULACIÓN: DEL 27 DE JULIO HASTA EL 2 DE SEPTIEMBRE
O HASTA COMPLETAR AFORO
Boletín de matrícula
27/07/21 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2021 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE FORMACIÓN CONTINUADA DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LAS INSTITUCIONES DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD.
DEFINICIÓN DE LAS MODALIDADES DE FORMACIÓN CONTINUADA:
→PRESENCIAL
→NO PRESENCIAL (SINCRONA): modalidad de formación a distancia sin coincidencia física mediante videoconferencia o aula virtual. Se considera a todos los efectos formación presencial.
→NO PRESENCIAL DE FORMACIÓN VIRTUAL (ASINCRONA): aquella en la que los participantes no comparten espacio físico, hay flexibilidad horaria y espacial, por lo que el alumno tiene el curso a su disposición durante un periodo de tiempo y puede acceder a la formación a cualquier hora. Esta modalidad no tiene la consideración de formación presencial.
→MIXTA: actividades que constan de una parte presencial y otra no presencial, esta última al ser Asincrona no tendrá la consideración de formación presencial.
LAS GERENCIAS CONCEDERÁN PERMISOS RETRIBUIDOS A LOS PROFESIONALES QUE REALICEN FORMACIÓN CONTINUADA A TRAVÉS DE LAS MODALIDADES PRESENCIALES Y SINCRONA.
SE PODRÁN CONCEDER ESTOS PERMISOS RETRIBUIDOS HASTA EL LÍMITE MÁXIMO DE 40 HORAS ANUALES.
Resolución
27/07/21 - Zaragoza - Nota de prensa
Zaragoza, 27 de julio de 2021.- Una vez más, desgraciadamente, desde FTPS (SAE_ TCAE Aragón) tenemos que lamentar y condenar la agresión sufrida por profesionales, en el caso de ayer sanitarios, trabajador social y policías nacionales, en el desempeño de su trabajo.
FTPS manifiesta todo su apoyo y solidaridad con los profesionales agredidosy considera inadmisibles estas agresiones a los profesionales sanitarios y no sanitarios que tienen, como el resto de profesionales, derecho a realizar su trabajo con todas las garantías de seguridad. Una agresión no forma parte de los riesgos asumibles como propios de la profesión.
Para FTPS cada vez es más evidente la necesidad de establecer medidas encaminadas a mejorar la seguridad de los profesionales y de establecer una estrategia común y un marco jurídico debidamente reforzado para erradicar la que, sin duda, es una lacra social.
La Junta de Personal ha convocado una concentración en señal de repulsa que se celebrará mañana a las 12 de la mañana en la puerta principal del centro sanitario.
26/07/21 - Autonómica - Perfiles Lingüísticos
Resolución 945/2021 de la Directora General de Osakidetza-SVS, por la que se publican las calificaciones definitivas de la 1º convocatoria 2021 de las pruebas de acreditación de PPLL.
Recurso de alzada: Del 14 de agosto al 13 de septiembre de 2021, ambos inclusive ante el Consejo de Administración de Osakidetza.
Resolución
RESULTADOS GLOBALES PROVISIONALES. Resolución 311/2021 de la directora d RRHH de Osakidetza-SVS, por la que se hacen públicas las calificaciones provisionales de las pruebas de acreditación de PPLL correspondientes a la 1ª convocatoria de 2021.
Plazo de reclamación: Del 18 al 27 de junio de 2021, ambos inclusive.
Enviar la hoja de reclamación a USUARIO.BUZONPERFILESLINGUISTICOS@osakidetza.eus. Recibirá una notificación de confirmación de registro de su reclamación.
Si no puede realizar la reclamación de este modo, tiene disponible el impreso en el Servicio de euskera de su OSI. Cumpliméntelo a mano, dele registro de entrada y preséntelo en el Servicio de Euskera.
• Procedimiento para solicitar la copia del examen escrito y la ficha de evaluación, y escuchar la grabación del examen oral.
Más información en la Intranet de Osakidetza.
Resolución 311.2021
Hoja de reclamación
Procedimiento solicitud y grabación oral
Resultados prueba escrita
Plazo de reclamación: del 18 al 24 de junio de 2021
PRUEBA ORAL: 3 y 4 de junio
• ARABA: Vitoria-Gasteiz, UNED, Pedro de Asua, 2
• BIZKAIA: Barakaldo, BEC, Ronda de Azcue, 1
• GIPUZKOA: Donostia, Palacio Miramar, Paseo Miraconcha, 38
Listado de personas convocadas al examen oral por territorios:
https://www.osakidetza.eus/sites/Intranet/es/profesionales/plan-de-euskaldunizacion/perfiles-linguisticos/acreditacion-pl/Paginas/1convocat.aspx
*En esta convocatoria, solamente se realizará la prueba de expresión oral; en las misma se valorará también la prueba de comprensión oral. No se realizará una prueba específica para la comprensión oral.
Justificante de movilidad para acudir a la primera convocatoria. Si debido a las restricciones de movilidad, necesitas un justificante para acudir al examen escrito, lo puedes descargar de la aplicación AZTERNET.
Cómo descargar justificante en castellano
Cómo descargar justificante euskera
Permiso retribuido para acudir a la 1ª convocatoria.
Más información
PRUEBAS
PRUEBA ESCRITA: 24 de abril de 2021 en BEC de Barakaldo.
Instrucciones para el día del examen (IMPORTANTE)
Listado por personas convocadas:
- PL1
- PL2 turno 1
- PL2 turno 2
- PL3 turno 1
- PL3 turno 2
- PL4
Distribución por apellidos de las personas convocadas.
Turnos y pabellones
Plano del BEC y distribución de los espacios
Hoja de respuesta para la prueba de comprensión escrita.
PRUEBA ORAL
*En esta convocatoria, solamente se realizará la prueba de expresión oral; en la misma se valorará también la prueba de comprensión oral. No se realizará una prueba específica para la compresión oral.
Más información: https://www.osakidetza.eus/sites/Intranet/es/profesionales/plan-de-euskaldunizacion/perfiles-linguisticos/acreditacion-pl/Paginas/1convocat.aspx
Publicado en la intranet de Osakidetza, con fecha 10 de marzo de 2021, la resolución 78/2021, por la que se hace pública la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de la primera convocatoria ordinaria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos para el personal empleado de Osakidetza.
LUGAR Y HORA DE REALIZACIÓN DE PRUEBAS: Se harán públicos a través de anuncios, en la intranet y en los tablones de anuncios de las organizaciones de servicios de Osakidetza.
RECURSO DE ALZADA: Del 11 de marzo al 10 de abril de 2021.
Resolución
RESOLUCIÓN 20/2021 de la Directora General de Osakidetza por la que se aprueba la primera convocatoria ordinaria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de 2021.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Del 10 al 24 de febrero, ambos inclusive.
La solicitud se deberá cumplimentar por vía electrónica en la siguiente dirección: https://www.osakidetza.eus/sites/Intranet/es/profesionales/plan-de-euskaldunizacion/perfiles-linguisticos/acreditacion-pl/Paginas/1convocat.aspx
CALENDARIO PREVISTO
Plazo de inscripción: 10 al 24 de febrero, ambos inclusive
Prueba escrita: 24 de abril
Prueba oral: Tercera semana de junio
Calificaciones definitivas: julio
Resolución 20/2021
Resumen informativo
26/07/21 - Autonómica - Nota de prensa
C. Valenciana, 26 de julio de 2021.- La Generalitat de la Comunidad Valenciana dicta leyes que después no tiene intención de aplicar como es el caso de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, publicada recientemente en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y ya en vigor, y que supone que los Técnicos del Grado Superior de la Formación Profesional deben ser clasificados en el Grupo B y los Técnicos de Grado Medio, en el Subgrupo C1.
No obstante, parece que no tiene intención de llevar a cabo y aplicar esta ley en lo que atañe a la clasificación correcta de los Técnicos estatutarios de los Servicios de Salud ya que, a pesar de que la propia Ley de la Función Pública de la Comunidad Valenciana en su artículo 3.2 dice textualmente: “el personal estatutario que desempeñe su función en los centros e instituciones sanitarias del Servicio Valenciano de Salud se regirá por lo dispuesto en su normativa específica (el Estatuto Marco) y subsidiariamente en aquellas materias no reguladas en dicha normativa, por la presente ley”, se da la circunstancia de que la clasificación que hizo el Estatuto Marco por grupos, de acuerdo a la titulación exigida para el acceso al puesto de trabajo, es la misma que hacía la Ley 30/84, derogada por la entrada en vigor del EBEP que en su artículo 76 clasifica a los Técnicos Superiores en el Grupo B y a los Técnicos de Grado Medio en el Subgrupo C1 .Asimismo, el Estatuto Marco en su artículo 5.2 ya dividía al personal de la Formación Profesional en Técnicos Superiores y Técnicos de Grado Medio, es decir, los clasifica de igual modo que el artículo 76 del EBEP y que la Ley de la Función Pública Valenciana en base a este artículo.
El Sindicato de Técnicos de Enfermería ha contactado tanto con la Consejería de Sanidad como con Función Pública para que se aplique de inmediato lo dispuesto en esta Ley que, para los Técnicos de la Formación Profesional supone, sin lugar a dudas, un avance sustancial que llevan años reclamando. Si bien SAE ha recibido la resolución del director general de Función Pública reconociendo de manera automática “la inclusión del personal funcionario/laboral empleado público de la categoría profesional de Técnicos en Cuidados de Enfermería en el Subgrupo C1 y de los Técnicos Superiores en el Grupo B”.
Las leyes entran en vigor cuándo y cómo corresponde. La clasificación de los Técnicos de la Formación Profesional debe producirse de manera automática como dice esta Ley y la Administración no debe recurrir argumentos y trucos dialécticos para perpetuar esta situación por más tiempo.
Lo contrario es un despropósito y el Sindicato de Técnicos de Enfermería no va a permitir que la Consellería de Sanidad mantenga a los profesionales en un grupo que no les corresponde.
Desde SAE animamos a los Técnicos de la Formación Profesional a manifestar su oposición y no admitir esta enorme injusticia por más tiempo dada la falta de voluntad política para aplicar esta ley. Hay que mantener la misma celeridad cuando se trata de leyes que benefician a los profesionales que cuando estas leyes supone un deterioro de las condiciones o un recorte de los derechos.