16/01/26 - Alicante - OPE
ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL
CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN 4 PLAZAS DE CUIDADOR/A TÉCNICO MEDIO EN ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 3 PLAZAS TURNO LIBRE 1 PLAZA PROMOCIÓN INTERNA PLAZO DE INSCRIPCIÓN: 20 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL SIGUIENTE A SU PUBLICACIÓN EN EL BOE HASTA EL 12 DE FEBRERO BASES Y APERTURA DE PLAZO: https://www.villajoyosa.com/wp-content/uploads/2025/12/BASES-Promocion-Interna-y-Libre-4-plaza-cuidador.pdf
16/01/26 - Autonómica - OPE
CONCURSO OPOSICIÓN TCE
LISTADOS DEFINITIVOS DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS TURNO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA
CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA:
UNIVERSIDAD JAUME I CASTELLÓN DÍA 10 DE MAYO DE 2026 10:00 HORAS
LA DISTRIBUCIÓN DE LOS ASPIRANTES POR AULAS SE PUBLICARÁ EN LA WEB DEL CONSORCIO Y ESTARÁ COLGADA EN LOS TABLONES DE LA UNIVERSIDAD EL DÍA DEL EXAMEN
INFORMACIÓN Y LISTADOS:
https://dogv.gva.es/datos/2026/01/16/pdf/2026_17_es.pdf
16/01/26 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
IB-SALUT:
EL EXPEDIENTE PERSONAL DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DEL IB-SALUT YA ESTÁ ABIERTO DE NUEVO
Todas las personas que estén pendiente de actualizar su expediente personal en la web de la Bolsa del Ib-Salut, ya pueden entrar y actualizarlo después de estar unas semanas cerrado.
Si no sabes cómo entrar, necesitas ponerlo al día, o no has entrado nunca, puedes pedirnos cita y te ayudaremos.
Más información en tu sección sindical.
#somoslasmanosquetecuidan
16/01/26 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el día de ayer 15 de enero, celebramos en el Centro Cívico Salburua de Vitoria-Gasteiz, (con gran éxito de participación, cerca de 175 participantes) las III Jornadas Provinciales para Técnicas/os en Cuidados de Enfermería, bajo el título “La importancia de un buen protocolo para la calidad en la atención a pacientes y usuarios. Eficacia y eficiencia”.
Gracias a las ponentes, pudimos conocer los protocolos de funcionamiento de sus unidades, y descubrimos el amplio abanico de funciones y contenidos que las/os TCE podemos desempeñar como Profesionales Sanitarios y la importancia de realizarlos desde el cumplimiento de estos protocolos.
Queremos agradecer a los asistentes y a la Subdirectora de Enfermería de Asistencia Sanitaria de Osakidetza y Dirección de Enfermería de la OSI Araba su presencia y sus discursos de apertura y clausura en los que tuvieron importantes palabras de apoyo para las y los profesionales TCE.
15/12/20 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
RECORDATORIO INSCRIPCIÓN EN BOLSAS DE EMPLEO
PLAZO DE INSCRIPCIÓN, REGISTRO Y FECHA HASTA QUE SE COMPUTARAN LOS MÉRITOS DE LOS ASPIRANTES: 30 DE DICIEMBRE DE 2020
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.
• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
Procedimiento para inscribirse
Proximamente se publicará en BOA la ampliación del plazo de méritos a valorar, inscripción y registro hasta el 30/12/2020 de la convocatoria de las Bolsas de Empleo Temporal de las siguientes categorías de personal sanitario:
-Técnico en Cuidados de Enfermería
-Técncio de Farmacia
-T.S. Higiene Bucodental
-T.S. Anatomía Patológica
-T.S. Laboratorio de Diagnóstico Clínico
-T.S.Medicina Nuclear
-T.S.de Imagen por radiodiagnóstico
-T.S.Radioterapia
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN Y REGISTRO HASTA EL 30/12/20 DE LA CONVOCATORIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS SIGUIENTES CATEGORIAS DE PERSONAL SANITARIO:
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
Más información
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN HASTA EL 30/12/20 DE LA CONVOCATORIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS SIGUIENTES CATEGORIAS DE PERSONAL SANITARIO:
• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.
15/12/20 - Autonómica - Nota de prensa
Oviedo. 15 de diciembre de 2020.- El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) ha presentado sus aportaciones al Proyecto de Ley del Principado de Asturias del Empleado Público por su condición de organización más representativa en sanidad y dado que los Técnicos Sanitarios se verán afectados directamente una vez aprobada la normativa. Por ello, a criterio de SAE debe incluirse la regulación de cuestiones fundamentales como son la modernización de la estructura de cuerpos y escalas, los derechos que la jurisprudencia reconoce al personal temporal y las retribuciones.
En cuanto a la modernización de la estructura de cuerpos y escalas para SAE es fundamental que se disponga que deje de tener efecto en el marco territorial del Principado de Asturias la disposición transitoria tercera del TREBEP, en su apartado segundo, de modo que todo los grupos y escalas se adapten a la regulación contemplada en el art. 76 del propio estatuto: los Técnicos de Grado Medio de formación profesional en el Grupo C1 y los de Grado Superior en el Grupo B. como así lo dicta la propia Ley.
Asimismo, para SAE hay que dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal de Justifica de la Unión Europea que establecen contrario al derecho europeo el modelo abusivo de temporalidad de la Sanidad Pública Española y que ordenan también reformar la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Personal Estatutario de los Servicios de Salud Pública para trasladar al ámbito sanitario este nuevo modelo de contratación indefinida con sus singularidades. Esta reforma específica debe girar en torno al contrato indefinido no fijo para los contratos temporales que superen los tres años de duración y que den lugar a una indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial cuando se cese como interino.
Por último, y en lo relativo a las retribuciones, el Sindicato de Técnicos de Enfermería considera que se debe retribuir desde la entrada en vigor de la Ley la carrera profesional tanto al personal funcionario/estatutario como laboral independientemente de si la misma es personal fijo o temporal, así como otros derechos del personal fijo como que los interinos tengan asignado un código numérico de identificación de la plaza ocupada.
15/12/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
15/12/20 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de noviembre de 2020, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud, sobre reconocimiento del Grado I, II y III de carrera profesional, correspondiente a los años 2010 y 2011, para profesionales a los que se procedió a la apertura de nuevo plazo y continuación del procedimiento.
DONDE DICE:
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2010, y con efectos económicos de 1 de enero de 2011, el Grado I y Grado III de Carrera Profesional.
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2011, y con efectos económicos de 1 de enero de 2012, el Grado II y Grado III de Carrera Profesional.
DEBE DECIR:
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2010, y con efectos económicos de 1 de enero de 2012, el Grado I y Grado III de Carrera Profesional.
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2011, y con efectos económicos de 1 de enero de 2013, el Grado II y Grado III de Carrera Profesional.
Corrección
15/12/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
RD-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. (BOE 57 de 07-03-2019)
PERMISOS POR NACIMIENTO (antigua MATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por nacimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.
PERMISOS POR ADOPCIÓN, GUARDA, ACOGIMIENTO TEMPORAL O PERMANENTE. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores a la resolución judicial de adopción o decisión administrativa de guarda (cómputo del plazo a elección del progenitor).
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2° si adopción, etc. múltiple (una semana para cada progenitor).
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
En caso de adopción o acogimiento internacional, si fuera necesario desplazamiento previo al país de origen, el permiso podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución judicial o administrativa. Pero además se tendrá derecho a un permiso de hasta 2 meses (percibiendo exclusivamente retribuciones básicas).
CUIDADO DEL LACTANTE, LACTANCIA. Es un derecho individual e intransferible.
• 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
• Incremento proporcional si guarda, adopción o acogimiento múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por adopción, guarda o acogimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el hecho causante.
PERMISOS DEL OTRO PROGENITOR (antigua PATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica, por nacimiento, guarda, acogimiento o adopción. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al hecho causante, ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Si esta parte del permiso (10 semanas) quiere disfrutarse después de la semana 16 del permiso por nacimiento y el progenitor que disfruta de dicho permiso hubiese acumulado la lactancia, será a la finalización de este periodo cuando se disfrute de estas semanas restantes del permiso del progenitor diferente.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso del progenitor diferente o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.