19/03/26 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
GERENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS ÁREA DE SALUD DE LANZAROTE CARRERA PROFESIONAL PERSONAL DIPLOMADO SANITARIO
Publicada hoy 19 de marzo de 2026, Resolución por la que se aprueba la relación provisional del Personal Diplomado Sanitario que, habiendo presentado la oportuna solicitud entre el 1 de abril y el 6 de julio de 2025, se encuadra o no en el correspondiente grado de carrera profesional. Anexos I: relación provisional de las solicitudes desestimadas del Personal Diplomado Sanitario por no reunir los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento de ningún grado, con indicación de la causa de desestimación. Anexos II: relación provisional de las solicitudes del Personal Diplomado Sanitario estimadas, tras superar la correspondiente evaluación de méritos para el encuadramiento en el grado 1, o promocionar al grado inmediatamente posterior al que ya ostentan, con indicación respecto de cada solicitante, del grado reconocido.
RECLAMACIONES: Contra el presente acto, dado su carácter de trámite no cualificado, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Publicada hoy 17 de marzo de 2026, Resolución por la que se aprueba la relación provisional del Personal Sanitario de Formación Profesional que, habiendo presentado la oportuna solicitud entre el 1 de abril y el 6 de julio de 2025, se encuadra o no en el correspondiente grado de carrera profesional. Anexos I: relación provisional de las solicitudes desestimadas de Personal Sanitario de Formación por no reunir los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento de ningún grado, con indicación de la causa de desestimación. Anexos II: relación provisional de las solicitudes de Personal Sanitario de Formación Profesional estimadas, tras superar la correspondiente evaluación de méritos para el encuadramiento en el grado 1, o promocionar al grado inmediatamente posterior al que ya ostentan, con indicación respecto de cada solicitante, del grado reconocido.
RECLAMACIONES: Contra el presente acto, dado su carácter de trámite no cualificado, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
19/03/26 - Autonómica - Promoción interna
PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL 2026
TÉCNICO EN FARMACIA LISTADO PROVISIONAL PUNTUACIONES
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2026, por la que se publica la lista provisional por puntos de las solicitudes admitidas a la convocatoria de Promoción Interna Temporal 2026 (06PIT/2026) en la categoría de Técnico/a en Farmacia.
Plazo de reclamaciones de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución.
LISTADO PROVISIONAL DE PUNTUACIONES
TÉCNICO EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA LISTADO PROVISIONAL PUNTUACIONES
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2026, por la que se publica la lista provisional por puntos de las solicitudes admitidas a la convocatoria de Promoción Interna Temporal 2026 (06PIT/2026) en la categoría de Técnico/a en Cuidados de Enfermería.
Plazo de reclamaciones de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución.
19/03/26 - Autonómica - Concurso de Traslados
Novedades sobre el Concurso de Traslados Abierto y Permanente del SCS: La próxima semana se reactiva el proceso de movilidad del Servicio Cántabro de Salud. Está previsto que en estos días se publique en la web oficial la resolución que abre el plazo de solicitudes, el cual finalizará el 15 de abril.
El trámite deberá realizarse obligatoriamente a través de la plataforma ORION. Puntos clave de la convocatoria: Plazas ofertadas: Se convocarán cerca de 1.000 plazas, la administración detallará las vacantes adjudicables y, como novedad, se diferenciarán claramente las ubicaciones de Liencres (de Valdecilla) y el Hospital Tres Mares (de Sierrallana). Calendario previsto: Tras las fases de resolución provisional, se estima que la incorporación definitiva a los nuevos destinos se produzca en torno al 1 de octubre.
19/03/26 - Zaragoza - Nota de prensa
No hay medidas de prevención para los riesgos del uso de formol que es un producto altamente tóxico
FTPS ha denunciado nuevamente los riesgos derivados de la falta de medios y medidas preventivas en el Hospital Universitario Miguel Servet en el manejo diario de formol en el servicio de Quirófano que afecta a los profesionales del servicio y les expone a graves riesgos de salud dado que es un producto producto tóxico, cancerígeno y mutágeno.
En enero de 2025 ya se interpuso la correspondiente denuncia ante la Inspección de Trabajo incluyendo en la misma al servicio de Anatomía Patología donde se han implantado solo algunas de las medidas propuestas.
Sin embargo, en los quirófanos no se ha implementado suficientes medidas de protección a los trabajadores. La Inspección en la relación de propuestas de corrección para implantar medidas de extracción localizada que redujeran al máximo la exposición.
En este sentido, se requería al Hospital valorar las condiciones de ventilación de las zonas donde existe exposición, comprobar la eficacia de los sistemas de extracción y la posibilidad de realizar en procesos estancos las operaciones en la que existe exposición.
Sin embargo, nada de todo esto se ha llevado a cabo en Quirófano a pesar de que las mediciones realizadas tienen valores inaceptables, desde agoso de 2024. Faltan kits anti derrame y tampoco hay recipientes adecuados y envases precargados para muestras grandes que no obliguen a hacer trasvases en recipientes no autorizados como contenedores de residuos.
En el Servicio de Anatomía Patológica sigue siendo una constante, la falta de vigilancia de la salud y el seguimiento a los trabajadores, tanto a los que están trabajando en la actualidad como los que han pasado por allí anteriormente, es una constante y los trabajadores carecen de formación sobre cómo actuar en caso de que se produzca algún incidente. No reciben ni formación ni la debida información y desconocen, incluso, la existencia el uso y mantenimiento de los Equipos de Protección Individual (EPI).
Es inadmisible el manifiesto desinterés por la salud de los trabajadores que se desprende de la inacción de los responsables del Hospital Miguel Servet y de los parches que evidentemente no están solucionando el tema.
23/11/20 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
CASTELLANO
DOGC núm. 8278 en fecha 23.11.2020
Resolución SLT / 2855/2020, de 9 de noviembre, por la que se hace pública la convocatoria para solicitar los niveles de carrera profesional de personal estatutario de todos los grupos profesionales del área funcional sanitaria y del área funcional de gestión y servicios del Instituto Catalán de la Salud.
RESUELVE:
1- Hacer pública la convocatoria para solicitar el primer, segundo, tercer o cuarto nivel de carrera profesional.
2- El nivel o niveles se deben solicitar y se adjudicarán de acuerdo con los requisitos y criterios que constan en los apartados 6.1.3 (facultativos y diplomados sanitarios) y 6.1.4 (área sanitaria de formación profesional y gestión y servicios) del II Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad y los de esta Resolución. En cualquier caso habrá que alcanzar el número mínimo de créditos establecidos para cada nivel.
3- Las solicitudes se pueden presentar desde el día:
1 de diciembre al 31 de diciembre de 2020, ambos incluidos.
4- Las solicitudes se formalizarán y registrarán exclusivamente por vía telemática mediante el módulo de "carrera profesional" de la aplicación Sistema de Gestión de Recursos Humanos (SGRH).
5- La solicitud telemática estará disponible mediante la aplicación informática de carrera profesional en los siguientes enlaces:
https://www.ics.intranet.gencat.cat/sgrh/ (Intranet)
https://www1.ics.gencat.cat/SGRH (Internet).
CATALÁN
DOGC núm. 8278 en data 23.11.2020
Resolució SLT/2855/2020, de 9 de novembre, per la qual es fa pública la convocatòria per sol·licitar els nivells de carrera professional de personal estatutari de tots els grups professionals de l’àrea funcional sanitària i de l’àrea funcional de gestió i serveis de l’ Institut Català de la Salut.
RESOL:
1- Fer pública la convocatòria per sol·licitar el primer, segon, tercer o quart nivell de carrera professional.
2- El nivell o nivells s'han de sol·licitar i s'han d'adjudicar d'acord amb els requisits i criteris que consten als apartats 6.1.3 (facultatius i diplomats sanitaris) i 6.1.4 (àrea sanitària de formació professional i gestió i serveis) del II Acord de la Mesa Sectorial de Negociació de Sanitat i els d'aquesta Resolució. En qualsevol cas caldrà assolir el nombre mínim de crèdits establerts per a cada nivell.
3- Les sol·licituds es poden presentar des del dia:
1 de desembre al 31 de desembre de 2020, ambdós inclosos.
4- Les sol·licituds s'han de formalitzar i registrar exclusivament per via telemàtica mitjançant el mòdul de “carrera professional” de l'aplicació Sistema de Gestió de Recursos Humans (SGRH).
5- La sol·licitud telemàtica estarà disponible per mitjà de l'aplicació informàtica de carrera professional en els següents enllaços:
https://www.ics.intranet.gencat.cat/sgrh/ (Intranet)
https://www1.ics.gencat.cat/SGRH (Internet).
Resolución
23/11/20 - Autonómica - Formación
PUBLICADO en el DOE 20 de noviembre de 2020.
Orden 17 de noviembre de 2020 por la que se convocan pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2020/2021.
La solicitud de inscripción se presentará de forma telemática por las personas interesadas en la dirección https://rayuela.educarex.es de la Plataforma Educativa Rayuela.
PLAZO DE SOLICITUD: DEL 23 DE NOVIEMBRE AL 11 DE DICIEMBRE DE 2020.
CICLOS FORMATIVOS:
GRADO SUPERIOR:
- LABORATORIO CLÍNICO Y BIOMÉDICO
- HIGUIENE BUCODENTAL
GRADO MEDIO:
- CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
- FARMACIA Y PARAFARMACIA.
- EMERGENCIAS SANITARIA
Resolución
23/11/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
DOGC núm. 8277 en fecha 21.11.2020
RESOLUCIÓN SLT/2983/2020, de 21 de noviembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña sobre las Medidas de prevención e higiene en centros de trabajo.
1. Se obliga a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados, a limitar al máximo la movilidad laboral de personas trabajadoras, adoptando las medidas organizativas y técnicas necesarias para hacerlo posible. A este efecto, tienen que implementar trabajo a distancia o teletrabajo, excepto cuando es imposible desarrollar la actividad laboral a distancia o bien cuando no se dispone acreditadamente de los medios para realizarlo.
2. Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y del resto de normativa laboral se tienen que aplicar las siguientes medidas:
a) Adoptar medidas organizativas en las condiciones de trabajo, de forma que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal mínima.
b) Adoptar medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características de los centros de trabajo e intensidad de uso, así como garantizar la ventilación de los espacios y edificios, de acuerdo con los protocolos que establezcan en cada caso las autoridades sanitarias y, en especial, de los espacios comunes de los centros de trabajo.
c) Poner a disposición de las personas trabajadoras todos los productos necesarios para la limpieza de manos.
d) El uso de la mascarilla es obligatorio en el entorno laboral cuando el espacio de trabajo es de uso público o abierto al público, o bien cuando hay desplazamientos por el interior del centro de trabajo.
e) Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto de las personas trabajadoras como de los clientes o usuarias, durante las franjas horarias en que se prevea más afluencia.
Resolución
23/11/20 - Álava - Formación
Se publica en la intranet del IFBS el Procedimiento para la solicitud de compensación de horas y subvención de matrículas de los cursos de euskera 2019-2020.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: DEL 20 AL 30 DE NOVIEMBRE.
PROCEDIMIENTO:
• Entregar la solicitud firmada en el Registro del área de Personal.
• IMPORTANTE. Aunque previamente se hayan entregado los certificados, las hojas deben entregarse firmadas en el Registro del área de Personal.
Procedimiento
23/11/20 - Álava - Reivindicaciones
En las últimas reuniones mantenidas con la Dirección del IFBS, se nos ha informado a los sindicatos, de la intención de sustituir en el turno de noche de alguna residencia puestos de Técnico en Cuidados de Enfermería por DUEs, algo totalmente inadmisible y que evidencia una vez más la nefasta gestión de esta Institución. Estamos en un ámbito residencial en el que la figura y el profesional indispensable para la realización de las tareas y trabajos necesarios para mantener el confort y bienestar de los usuarios es la del Técnico en Cuidados de Enfermería.
Es curioso que en estos momentos de pandemia mundial en la que hay que optimizar al máximo los recursos públicos para ahorrar hasta el último céntimo, se decida matar moscas a cañonazos. Sr. Gerente del IFBS, si tuviera que levantar una pared, ¿Echaría a un albañil y contrataría en su lugar un arquitecto porque tiene más conocimientos en la materia?, ¿Pagaría a una Cirujana para poner las vacunas que puede poner una Enfermera con el argumento de que está más cualificada?
Hoy han decidido que profesionales Técnicos en Cuidados de Enfermería, totalmente cualificados y adaptados al puesto, que son los profesionales que están más y mejor cualificados para realizar los cuidados básicos de Enfermería, cuidados que se corresponden con el 99% de los que un usuario de sus centros necesita, sean sustituidos en el turno de noche por Diplomados en Enfermería. Como usuarios, contribuyentes y ciudadanos les preguntamos ¿Cuál es la justificación de esta medida?, ¿Qué contenido de trabajo va a realizar este personal especializado y mucho más caro que no pueda realizar el Técnico en Cuidados de Enfermería?, es más, ¿Qué nuevo contenido se le va a dar a estos profesionales que hasta la fecha no se realizase? Y si lo hay ¿Por qué no se hacía hasta ahora? ¿Por qué se prescinde de los profesionales que si tienen un contenido y funciones a realizar para contratar a otro sobre cualificado y mucho más caro?
Este despilfarro de dinero público, este menosprecio a los profesionales Técnicos en Cuidados de Enfermería, no puede ni debe pasar desapercibido y así se lo vamos a recordar los profesionales Técnicos en Cuidados de Enfermería del IFBS.