LISTA DE EMPLEO SUPLETORIA EN LA CATEGORÍA DE: LAVANDERA/O
Publicada Resolución el 27 de agosto de 2025 por la que se hace pública la RELACIÓN DEFINITIVA de personas ASPIRANTES ADMITIDAS/EXCLUIDAS Y LISTA PROVISIONAL CON BAREMACIÓN en la categoría de LAVANDERA/O, tras concluido el plazo de presentación de reclamaciones.
Cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan, o bien potestativamente recurso de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Se otorga un plazo de 10 días hábiles para presentar las reclamaciones que estimen contra los resultados provisionales de la baremación.
Los listados se podrán ver en el siguiente enlace:
EL SERVICIO DE SALUD (IBSALUT) CONVOCA UN CONCURSO-OPOSICIÓN PARA CUBRIR, CON CARÁCTER FIJO, 846 PLAZAS PARA DIECISÉIS CATEGORÍAS DE PERSONAL ESTATUTARIO
Está previsto que mañana se publique en BOIB la convocatoria un concurso-oposición para cubrir, con carácter fijo, 846 plazas de personal estatutario, derivado de la oferta de empleo público (OEP) del año 2023 y 2024.
Del total de plazas, 553 corresponden al sistema de acceso de turno libre y 293 al de promoción interna. Del total, se reserva el 7% para personas con alguna discapacidad.
El plazo para presentar las solicitudes para participar en el proceso de selección comenzará el 17 de noviembre de 2025 y terminará el 16 de diciembre de 2025, incluido.
Estas son las plazas para las diferentes categorías:
AVISO -
Aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
TCAE
TED
TEL
TER
Celador
-Plazo para formular reclamaciones: 7 días hábiles siguientes al de la publicación
- TEAP y TERT se declaran desiertas
ANUNCIO
Sectorización por opción geográfica (Salamanca, Ciudad Rodrigo o ambas) de las Bolsas de Empleo temporal principales, de la categoría: Técnico/a en Cuidados de Enfermería (TCE/AE)
Se establece un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a su publicación, para que las personas que forman parte de las Bolsas de Empleo temporal principales de la categoría de TCAE puedan manifestar su opción geográfica (Salamanca, Ciudad Rodrigo o ambas) y solicitar la activación, en el supuesto de que la razón de no estar activadas sea el no haber recibido una oferta de trabajo en la opción geográfica que es de su interés. A tal efecto han de presentar debidamente cumplimentado y firmado el impreso anexo (disponible en formato editable en el canal de empleo, http://www.lasalina.es , preferentemente a través del procedimiento instancia general existente en la sede electrónica de la Diputación de Salamanca (https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/) o por las demás formas que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes no realicen manifestación alguna en dicho plazo permanecerán en la misma situación que tienen actualmente y para optar a puestos tanto de Salamanca como de Ciudad Rodrigo.
Las personas integrantes de las Bolsas indicadas conservarán el mismo orden de prelación ostentado en la fecha de finalización del plazo mencionado, atendiendo al grupo de personas que tengan la misma opción geográfica.
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20/05/2025
Convocatoria pública para la formación de una Bolsa de Empleo Temporal Complementaria de la categoría Técnico/a en Cuidados de Enfermería para la Diputación Provincial de Salamanca mediante concurso de méritos. Código de Proceso 2025BET05.
Solicitudes: Se utiliza el modelo oficial de instancia disponible en el procedimiento electrónico específico previsto en la sede electrónica de la Diputación de Salamanca (https://sede.diputaciondesalamanca.gob.es/opencms/opencms/sede/) y en el canal de empleo que se incluye en el anexo I).
Plazo de Presentación: Desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Salamanca, manteniéndose el plazo abierto de forma permanente mientras no se decrete la finalización o modificación de la convocatoria.
Al ser una Bolsa de empleo temporal complementaria no se establece tasa por participación.
El sistema selectivo será el de concurso y consistirá en la valoración de los méritos.
La composición de la Bolsa de Empleo será de carácter abierto.
La aprobación de la convocatoria y las bases agota la vía administrativa, pudiendo interponer, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Más información
Convenio Colectivo del Sector Transporte Sanitario de Navarra.
Con fecha 3 de septiembre de 2019 se publica en el BON la Resolución 75C/2019, de 9 de agosto, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo del Sector Transporte Sanitario de Navarra.
Convenio Colectivo de la entidad Patronato Municipal San Francisco de Asís de Cintruénigo.
Con fecha 3 de septiembre de 2019 se ha publicado en el BON la Resolución72C/2019, de 16 de julio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo de la entidad Patronato Municipal San Francisco de Asís de Cintruénigo.
Convenio Colectivo del Sector de Ayuda a Domicilio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Con fecha 3 de septiembre de 2019 se ha publicado en el BOME la Resolución de fecha 29 de agosto de 2019 del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Melilla por la que se registra y publica el I Convenio Colectivo del Sector de Ayuda a Domicilio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Reuniones en el Congreso
La plataforma EBEP 36.3 integrada por prácticamente todos los Sindicatos independientes, profesionales, sectoriales presentes en la Administración pública, excepto por los dos sindicatos mayoritarios UGT y CCOO. Está compuesta por: ANPE, APFP, ASFEM, ASIMPAL, APLJAEN, ASPOLOBA, CESM, CIPOL, CITAM, CPPM, CSL, CSIT, ERNE, FEPOL, FESEP, GIGU, INTERSINDICAL VALENCIANA, PSPL, SBAragón, SATSE, SAP, SEP-CV, SEP-MA, SIB, SFP, SICO, SIME, SIPAN, SIPNA, SIPLA, SIPLC, SIPOL, SIPLG, SIPLRM, SITAG, SPC, SPLCA, SPL-CME, SPLCyL, SPL-CLM, SPLS, SPPLB, SPPME, SRPF, SVPLES, UFP, UPLB, UPM, USAE, USPB, USPLBE, USTM…
Una vez constituida y dada a conocer hace unas semanas, han iniciado sus contactos para llevar a cabo su propuesta de modificar el articulo que da nombre a la propia Plataforma.
El articulo a modificar (aunque en realidad se trata de un párrafo del mismo, el 3º del Articulo 36 y base de la propuesta es el que hace referencia a la constitución de las Mesas de Negociación en las diferentes administraciones de todo el estado General, Autonómica, Sectorial, Local (Diputaciones, Cabildos, Ayuntamientos).
Se da la circunstancia que desde hace 12 años que se publicó el Estatuto del Empleado Público EBEP (2007) las Mesas donde los empleados públicos negocian a través de sus representantes sindicales (Tanto de los trabajadores como de los funcionarios que conviven dentro de la misma Administración) libremente elegidos en elecciones sindicales al efecto, las mesas se constituían teniendo en cuenta “todos” estos representantes (laborales y funcionarios) y de acuerdo con lo que establece la Ley de Libertad Sindical, todos aquellos sindicatos que alcancen el 10% o más de los delegados podrán estar en la mesa de negociación de su ámbito (en el caso de los partidos políticos es el 5% e incluso en algunas CCAA el 3%) además podrán estar los sindicatos mayoritarios, al margen de los resultados que saquen, aunque no obtengan un solo voto, lo cual es toda una contradicción, es como si los partidos mayoritarios siempre estuvieran presente en todas las instituciones aun sin obtener un solo voto en ellas.
Esta situación injusta de los Sindicatos independientes con respecto a los Sindicatos mayoritarios, si bien asumida por todos durante estos últimos 12 años ha cambiado radicalmente, tras una sentencia del Tribunal Supremo de marzo del pasado año donde interpreta este Artículo de forma que en la práctica supone que en las mesas de negociación solo estarán estos dos sindicatos de clase, negándole el derecho a los representantes de los sindicatos independientes elegidos por los trabajadores el acceso a negociar sus condiciones, en un claro atentado al derecho a la libertad sindical, con los peligros y riesgos que ello conlleva de firma de convenios fallidos al no estar respaldados por los representantes elegidos y respaldados por los propios trabajadores y sin embargo “impuestos” sus representantes por imperativo “judicial” algo que podría poner en grave tesitura el clima socio-laboral en las administraciones, y sin olvidar que hablamos de sectores cruciales del estado como la Defensa, Admón. Gral., Sanidad, Enseñanza, Seguridad…
Por ello la mayor Plataforma Sindical creada desde la democracia ha iniciado los contactos políticos para poder solucionar esta grave situación, con el objetivo de solventarla lo antes posible y poder seguir trabajando como hasta ahora, o por el contrario embarcarnos en un periodo de incertidumbre socio-laboral que obviamente los sindicatos independientes no van a permitir.
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Las reuniones con los diferentes grupos políticos del Congreso de los Diputados consistentes en la presentación de la plataforma, informar de la situación generada y exposición de la propuesta para solucionarlo, ha contado con la valoración y el apoyo de todos los grupos hasta ahora entrevistados, y su compromiso de incluirlo en el debate político una vez la legislatura eche a andar, siendo: Grupo Socialista, Popular, Ciudadanos, Unidas-Podemos y Mixto, así como la FEMP, quedando pendientes para este mes el resto de grupos, CCAA y Ministerios implicados
Desde la Plataforma no se va a renunciar a nada, pues para nosotros es intolerable que se ningunee la decisión de los trabajadores de elegir libremente a sus representantes y no se imponga a sus representantes en una especie de dictadura sindical. Tan grave es la situación generada que ha conseguido la unidad de todo el tejido sindical independiente del país (sindicatos generalistas, sectoriales, independientes, progresistas, conservadores, nacionalistas…) Todos, excepto los sindicatos envestidos de una suerte de “divina potestas” con el peligro que ello puede conllevar de empobrecimiento de las relaciones y condiciones de todos los empleados del sector público al ser representados por sindicatos al margen del apoyo que tengan, lo que les inhibe de responsabilidad de la gestión frente a sus empleados públicos “supuestamente” representados.
Iniciado ya el curso político en septiembre, la Plataforma 36.3 reemprende su trabajo para conseguir enmendar y volver a la situación anterior de la sentencia lo antes posible o en caso contrario iniciar una situación de conflicto colectivo generalizado ante lo que es una situación claramente inasumible.
El TCE/AE en Cuidados Intensivos
Curso de formación: 30 horas
Fecha de realización: del 21 al 28 de octubre de 16 a 21 horas
Inscripciones hasta el 11 de octubre de 2019
Plazas disponibles: 30
Solcitada acreditación