03/09/26 - Baleares - Nota de prensa
Esta mañana se han registrado 114 personas en el servicio de urgencias
Desde USAE denunciamos, una vez más, la incapacidad de la Gerencia para dar una respuesta eficiente a las necesidades de los ciudadanos a pesar de tener recursos: la situación de colapso que se vive desde el lunes en el Hospital Son Llátzer viene provocada porque la nueva dirección mantiene una planta entera cerrada, lo que satura el servicio de urgencias al no poder derivar a planta a los pacientes que precisan ingreso.
Ahora mismo, las urgencias de este centro hospitalario están atendiendo 114 pacientes, aún hay 21 usuarios pendientes de ingreso, y 25 en la sala de espera. Para solventar este problema, se han comenzado a derivar las urgencias al Hospital Universitario Son Espases, con el riesgo de que este servicio también termine saturado, una situación que no sería nueva en la isla, pues ya en marzo colapsaron los servicios de urgencias de los cuatro hospitales mallorquines.
Es evidente que esta no es una solución, sino un parche a un problema que debería solventarse con un número adecuado de profesionales que permitiera abrir la planta que Son Llátzer mantiene cerrada, y una distribución eficiente de las plantillas, pues de los 36 Técnicos en Cuidados de Enfermería (TCE) contratados recientemente, ninguno ha sido derivado a las Urgencias.
“La deficiente gestión de la Gerencia de Son Llátzer es inadmisible y, además de generar picos de estrés y ansiedad a los profesionales, quienes no pueden atender adecuadamente a los ciudadanos, pone en riesgo la eficiencia y la seguridad del servicio. Llevamos meses denunciando el colapso constante de las urgencias sin que la Gerencia adopte medidas contundentes basadas en la realidad asistencial del hospital, lo que demuestra su incapacidad para llevar a cabo la gestión de este servicio público. Por ello, desde USAE continuaremos trabajando y presionando para que la calidad asistencial a la que los usuarios tienen derecho sea una realidad”, explica Alejandro Juan Alonso, responsable de USAE en el centro hospitalario.
03/09/26 - Autonómica - Concurso de Méritos
PUBLICADA CON FECHA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026, RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, POR LA QUE SE RESUELVE, ELEVAR A LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DE LAS PLAZAS BÁSICAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICA/O EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA, GRUPO C/C2 SANITARIO, DEL PROCESO SELECTIVO EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN (CONCURSO DE MÉRITOS SEGUNDA ADJUDICACIÓN).
ENLACE A LA PUBLICACIÓN: https://sede.gobiernodecanarias.org/boc/boc-a-2026-177-3148.pdf
Nombrar personal ESTATUTARIO fijo en la categoría de Técnica/o en Cuidados de Enfermería, Grupo C/C2 Sanitario, del proceso selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración concurso de méritos segunda adjudicación, a las personas aspirantes que se detalla en el anexo a esta Resolución.
El plazo improrrogable para tomar posesión es de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución (04/09/26 – 18/09/26)
Presentar recurso contencioso-administrativo: Plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación (04/09/26 – 04/10/26).
03/09/26 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
Publicada el 2 de septiembre de 2026, Resolución por la que se aprueba la RELACIÓN PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS de la categoría Técnico/a En cuidados de Enfermería.
ENLACE A LA PUBLICACIÓN
RECLAMACIONES: plazo de 5 días hábiles para que las personas aspirantes excluidas puedan presentar las reclamaciones que estimen contra el motivo de exclusión.
Más información
03/09/26 - Vizcaya - Bolsas de Trabajo
Se han publicado los listados provisionales de personas admitidas y excluidas de la convocatoria para formar listas específicas de contratación de TCAE en la OSI Uribe, dirigidas a las personas que forman parte de las listas de contratación temporal de nombramientos inferiores a 6 meses.
PLAZOS DE RECLAMACIONES: 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución, para presentar reclamaciones. Resolución 609/2026, de 1 de septiembre.
Una vez constituidas las listas específicas, permanecerán abiertas para que pueda incorporarse el personal de la lista general de nombramientos cortos que cumpla los requisitos y lo solicite, ocupando el lugar que le corresponda según el orden actualizado de dicha lista.
Más información
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
INSTRUCCIÓN DE 24 DE MARZO DE 2020, DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, EN LA QUE SE ESTABLECE EL CIRCUITO DE ACTUACIÓN ANTE EL INICIO DE UN PROCESO DE INCAPACIDAD TEMPORAL POR COVID-19.
Instrucción
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
MASCARILLAS APROPIADAS
• Las mascarillas quirúrgicas sirven para evitar la difusión del virus interviniendo directamente sobre el foco de emisión (la persona potencialmente afectada). No son EPI.
• Dar la vuelta a una mascarilla quirúrgica NO la convierte en equipo de protección respiratoria.
• La protección mínima recomendable para el personal sanitario que pueda estar expuesto a agentes biológicos es una mascarilla autofiltrante FFP2
• Cuando en el desarrollo de la actividad existan operaciones que puedan generar bioaerosoles en concentraciones elevadas (tos del paciente durante la broncoscopia, la intubación o la succión), se recomienda, al menos, el uso de mascarillas FFP3.
MÉTODOS DE DESINFECCIÓN
• Desinfección a altas temperaturas: Todos los equipos de protección respiratoria (EPR) mantienen su eficacia de filtración después de llevar a cabo una desinfección a 70ºC durante 30 minutos.
También se ha demostrado eficaz la desinfección con aire caliente (secador) durante el mismo tiempo.
• Desinfección con alcohol pulverizado: NO se ha demostrado eficaz. Elimina la retención electrostática de las fibras y puede originar una disminución de la eficacia de filtración por debajo del 95%.
• Desinfección con uso de vapor: puede dar lugar a una disminución de la eficacia de filtración así como producir la deformación de la mascarilla.
• Desinfección con procedimientos químicos: no se tienen datos sobre la eficacia de este método. Los resultados podrían variar dependiendo del desinfectante empleado y de la forma de aplicación (pulverización o inmersión). No se puede asegurar que no se alteren las características del material filtrante sin hacer pruebas. El uso de algunas sustancias químicas puede alterar las propiedades electrostáticas de las fibras con la consiguiente disminución de su eficacia de filtración.
• Lavado con agua o soluciones jabonosas: puede tener consecuencias similares a la desinfección química. Podría también deformar la mascarilla.
• Desinfección con microondas: no se tienen datos sobre la eficacia de este método
• Desinfección por ultravioleta: aunque el virus es sensible a rayos UV y, en principio, no afectaría la eficacia de filtración, no se recomienda porque no se puede observar el efecto de la inactivación del virus en mascarillas con fibras.
En todos los casos se recomienda que los procesos de desinfección se lleven a cabo sobre mascarillas individualmente. Es recomendable también que la reutilización de las mascarillas sea siempre por parte de la misma persona.
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el BOE de 30 de marzo, se publicó Orden TMA/305/2020, de 30 de marzo, por la que se modifica el anexo de la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos.
Entrada en vigor y vigencia.
1. La presente orden producirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las medidas establecidas en esta orden mantendrán sus efectos durante el periodo de vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, incluyendo sus prórrogas.
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el BOE de ayer, 30 de marzo, se publicó Orden TMA/305/2020, de 30 de marzo, por la que se modifica el anexo de la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos.
Entrada en vigor y vigencia.
1. La presente orden producirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las medidas establecidas en esta orden mantendrán sus efectos durante el periodo de vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, incluyendo sus prórrogas.
Más información
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el BOE de hoy, 1 de abril, se ha publicado Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.
Medidas para garantizar el funcionamiento de los servicios de asistencia y protección integral a las víctimas de violencia de género.
-Declaración de servicio esencial.
-Normal funcionamiento de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas, telefónica y en línea, así como de los servicios de teleasistencia y asistencia social integral a las víctimas de violencia de género
-Servicios de acogida a víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres
- Sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género
- Medidas relativas al personal que presta servicios de asistencia social integral a víctimas de violencia de género, y otras formas de violencia contra las mujeres que, por su naturaleza, se deban prestar de forma presencial.
- Campañas institucionales para prevenir la violencia de género durante el estado de alarma.
Medidas urgentes para favorecer la ejecución de los fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género por las comunidades autónomas
-Régimen aplicable a los remanentes no comprometidos afectados al Pacto de Estado en materia de Violencia de Género.
-Proyectos o programas financiados con fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a los remanentes no comprometidos correspondientes al ejercicio presupuestario del año 2019,