23/10/26 - Autonómica - Concurso de Traslados
CONCURSO de TRASLADOS 2026
PUBLICADO
Listado Provisional de Admitidos y Excluidos que obtienen destino
T.E. Laboratorio (TEL)
Plazo para Alegaciones y Desistimientos: Del 26 de octubre al 16 de noviembre de 2026
Publicado
Listado Provisional de Admitidos y Excluidos que obtienen destino
Tcos. Cuidados de Enfermería (TCAE)
T.E. Radiodiagnóstico (TERx)
Plazo para Alegaciones y Desistimientos: Del 7 al 2 8 de octubre de 2 026
Listado Provisional de Admitidos y Excluidos que obtienen destino T.E. Dietética y Nutrición (TEDN)
Plazo para Alegaciones y Desistimientos
Del 5 al 26 de octubre de 2 026
RECORDATORIO ORDEN de DESPLAZAMIENTOS
CONCURSO de TRASLADOS 2026
TCAE, TF, TEAP, TEDN, TEDS, TEL, TEMN, TERx, TERt, CELADOR CONDUCTOR y
CELADOR SERVICIO ANDALUZ de SALUD
1º REINGRESOS PROVISIONALES
2º COMISIONES de SERVICIO con MENOR TIEMPO en esa situación
3º PERSONAL INTERINO con MENOR TIEMPO de Servicios Prestados SNS o Centros Sanitarios Públicos
4º PROMOCIONES INTERNAS con MENOR TIEMPO en esa s ituación
Publicadas Convocatorias Categorías Plazas Ofertadas
T. Cuidados de Enfermería (TCAE) 4.653
Técnicos en Farmacia (TF) 216
T.E. Anatomía Patológica (TEAP) 153
T.E. Dietética y Nutrición (TEDN) 26
T.E. Documentación Sanitaria (TEDS) 76
T.E. Laboratorio (TEL) 666
T.E. Medicina Nuclear (TEMN) 33
T.E. Radiodiagnóstico (TERx) 698
T.E. Radioterapia (TERt) 113
Celador Conductor 648
Celador 2.020
Plazo de Presentación de Solicitudes
Petición de Destinos y Autobaremo (VEC)
Del 11 de marzo al 31 de marzo de 2.02 6
23/10/26 - Autonómica - OPE
salamanca@sindicatosae.com 923 29 11 00
OPE 2022, 2023 y 2024 (Código 2024A14)
Resultado Provisional Corrección 2º Ejercicio
Anuncio de 22 de octubre de 2026
Provisión 25 plazas de TCE
Plazo de Alegaciones y reclamaciones: 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón de Edictos de la Diputación.
Forma de presentación: Por escrito mediante instancia dirigida al Presidente del tribunal de Selección, identificando el código del proceso 2024ª14.
PROCESO SELECTIVO DE TÉCNICO/A EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA (TCE/AE), TURNO LIBRE, CÓDIGO DEL PROCESO 2024A14, FUNCIONARIO/A DE CARRERA, SUBGRUPO C2, CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL BOP 98, DE 26 DE MAYO DE 2025 (OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2022, 2023 Y 2024).
RESULTADO PROVISIONAL FASE DE CONCURSO
Atendiendo a la Resolución de Presidencia con número de transcrito 4585/26, de 19 de agosto, de conformidad con lo establecido en las bases de la convocatoria del proceso selectivo, se hace público el resultado provisional de la fase de concurso, con la valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, que se incorpora como Anexo al presente anuncio.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de TRES DIAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, para formular las alegaciones o reclamaciones que estimen oportunas respecto de la puntuación obtenida.
23/10/26 - Autonómica - Movilidad interna
Las personas inscritas en las listas de 2026 que deseen participar en la movilidad en 2027 deberán volver a inscribirse.
Plazo de solicitud: Del 22 de octubre al 4 de noviembre de 2026 (ambos inclusive)
23/10/26 - Autonómica - Promoción interna
LISTADOS PROVISIONALES
Comisión Servicios, Promoción Interna y Promoción Interna Temporal Intercentros de varias categorías
Anexo I Promoción Interna Temporal
Anexo II Promoción Interna Intercentros
Anexo II Comisión de Servicios
Anexo IV Excluidos
Plazo de alegaciones: Del 16/10/2026 al 06/11/2026, (ambos inclusive)
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
1. El empresario debe garantizar la seguridad y salud del trabajador (Ley 31/95, art 14), proporcionándole los medios de prevención y protección que necesita.
2. Cualquier uso no previsto por el fabricante disipa las garantías de protección del equipo, y por tanto es el empresario quien asume la responsabilidad de garantizar la seguridad del producto.
3. Para garantizar la seguridad se requiere una evaluación de riesgos firmada por técnico competente que garantice los niveles de seguridad (RD 773/97, art7 y RD 39/95 cap II).
4. Cuando el trabajador considere que cierta actividad implica un riesgo grave e inminente para su salud tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, sin que pueda sufrir perjuicio alguno por ello (Ley 31/95, art 21).
5. Cada persona, en función de sus valores y sus circunstancias personales, puede decidir el nivel de riesgo que quiere asumir.
6. Cada persona debe tomar sus propias decisiones para encontrar el delicado equilibrio entre el deber profesional sanitario y la propia integridad personal, lo que no exonera al empresario de su deber de protección.
01/04/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
· Se activan las resoluciones de movilidad obligada para el personal. Esta medida afecta tanto al personal estatutario fijo, como al temporal, al que no se limita sus derechos a renuncia de nombramiento y acceso a nuevas vinculaciones por mejora de empleo u otra causa, pero que puede ser igualmente movilizado por resolución de la Dirección Gerencia del SCS.
· La movilidad se podrá determinar entre centros de las distintas áreas sanitarias y hacia dispositivos residenciales.
· No se suspenden las comisiones de servicio. Ahora bien, esta situación no elude la posibilidad de movilidad, en las mismas condiciones que Cualquier otro profesional.
· El personal movilizado mantendrá sus condiciones retributivas y, en caso de prestar servicios en puestos que conllevan mayor retribución, percibirá la diferencia a su favor.
· Los festivos de los días 9, 10, 13 y, en su caso, cualquier otro que se considere necesario, se incrementarán las presencias de personal en los servicios y unidades que, a criterio de cada Gerencia, dentro de su competencia se establezca.
· En estos días se percibirán, como no podría ser de otro modo, las retribuciones correspondientes a día festivo. El personal de los servicios y/o puestos de trabajo que no tengan asignada atención continuada, percibirán los importes correspondientes a categoría del mismo grupo salarial.
Más información
31/03/20 - Cádiz - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE), junto al resto de miembros de la Junta de Personal del Hospital Universitario Puerto Real, ha presentado una denuncia en Inspección de Trabajo y Seguridad Social por la alarmante falta de medidas de protección que existe en el centro para que los profesionales puedan realizar su trabajo con todas las garantías de seguridad.
Las importantes carencias de dotación de equipos de protección que ya existen en el sistema sanitario andaluz, se van a agravar si no se toman urgentemente las medidas adecuadas. Igual de urgente es la realización de las pruebas para detectar el Covid-19 a todos los profesionales: ahora mismo, éstas se están realizando de forma arbitraria, priorizando a los miembros de los equipo directivos, mientras que quienes están en contacto directo con los pacientes sospechosos de ser positivos, e incluso confirmados, no tienen acceso a estas pruebas.
Además, el hospital está realizando rotaciones de profesionales de varias categorías, entre ellos Técnicos en Cuidados de Enfermería, en diferentes servicios y unidades y, dentro de éstos, en diversos grupos de trabajo, con lo que se facilita la propagación el Covid-19 entre profesionales y pacientes, poniendo así en riesgo la sostenibilidad del sistema sanitario y provocando una negligencia de salud pública hacia la población.
“No es el momento de jugar con la salud de quienes están velando por la de los ciudadanos, por ello desde SAE hemos presentado esta denuncia a Inspección de Trabajo con el objetivo de que realice las correspondientes comprobaciones y obligue a la Dirección Gerencia del hospital a adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los profesionales y de los pacientes”, explica Fátima Márquez, secretaria provincial de SAE en Cádiz.
31/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el BOE de hoy, 31 de marzo, se ha publicado Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y se adjudica de forma directa, el servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.
Se establecen las condiciones para la prestación de los servicios de transporte aéreo regular en determinadas rutas entre las islas Canarias.
- Duración
- Condiciones mínimas del transportista
- Rutas aéreas afectadas y frecuencia de operación
- Tarifas
- Horarios
- Otras condiciones
Determinar la adjudicación directa de la prestación de servicio de transporte aéreo en las rutas por el tiempo que dure el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19, a la Compañía Binter Canarias S.A. con CIF: B3866897
Más información
31/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
En el BOE de hoy, 31 de marzo, se ha publicado Resolución de 27 de marzo 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se modifica la duración, y se prorroga la adjudicación, del servicio de transporte aéreo en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.
Se mantienen las condiciones para la prestación de los servicios de transporte aéreo regular en las rutas aéreas de Palma de Mallorca-Mahón y Palma de Mallorca-Ibiza.
En consecuencia, todas las condiciones de la Resolución de 20 de marzo permanecen inalteradas, a excepción del apartado «Duración» que pasa a tener la siguiente redacción:
– Duración.
La prestación del servicio se iniciará el día 20 de marzo de 2020 y se extenderá hasta la finalización actualmente prevista del estado de alarma (00:00 h del 12 de abril de 2020).
Se prorroga, a partir de las 00:00 h del día 30 de marzo de 2020 y hasta la nueva finalización del estado de alarma, prevista para las 00:00 h del 12 de abril, la adjudicación de la prestación del servicio de transporte aéreo regular en las rutas aéreas Palma de Mallorca-Menorca y Palma de Mallorca-Ibiza a la Compañía AIR EUROPA, S.A., con CIF: A07129430
El contrato a celebrar con la citada Compañía para atender la prestación de servicio se tramitará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
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