14/05/26 - Autonómica - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) y el Sindicato Nacional de Técnicos (TECNOS) han solicitado una ronda de contactos con los Sindicatos del Foro de Dialogo UGT y CCOO, y demás entidades, con el fin de aunar actuaciones conjuntas en las reivindicaciones de ambos colectivos profesionales.
Unidad por encima de siglas
SAE y TECNOS no van a ser los responsables de dividir a los Técnicos. El objetivo es más importante que cualquier conflicto entre sindicatos. Por ello, damos apoyo a las movilizaciones convocadas por diferentes sindicatos, plataformas y comisiones, aunque entendemos que todos debemos de confluir por el bien de los colectivos.
No obstante, SAE y TECNOS fomentan abrir diálogo entre todos los sindicatos, plataformas y comisiones, ya que la unión de todos, entendemos, es la mejor vía para la consecución de los objetivos. Los Técnicos han solicitado la unión de ambos colectivos, medios y superiores, y no vamos a hacer oídos sordos ante esta demanda colectiva.
Nuestra intención es abrir un diálogo encauzado a unificar fechas de movilizaciones, estando incluso dispuestos a desconvocar la nuestra para buscar una fecha consensuada. Entendemos que no es de recibo y no beneficia a los colectivos que representamos esta división cuando se persigue el mismo objetivo.
El Reconocimiento, la Reclasificación, la Remuneración y la Rapidez en la aplicación de las reivindicaciones se hace ya una necesidad imperativa para ambos colectivos profesionales. Esta solicitud de unión de fuerzas sindicales en sus respectivos ámbitos de representación es ya un clamor de los colectivos afectados. La lucha por nuestro futuro como profesiones sanitarias debe ser hoy, porque es hoy cuando nos jugamos nuestro mañana y porque los TCE y TSS deben luchar por este futuro junto con sus representantes sindicales, en los cuales han depositado su confianza. Por todo ello, es por lo que solicitamos esta UNIÓN SINDICAL.
14/05/26 - Madrid - Nota de prensa
Con este acuerdo, derivado de la Ley 5/2025 de Hacienda, el personal laboral de la Empresa Pública Hospital Universitario de Fuenlabrada podrá integrarse de forma voluntaria en el régimen estatutario del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
El acuerdo alcanzado garantiza a los profesionales una estabilidad económica, de manera que si su salario actual es superior al que el SERMAS establece para su personal estatutario, se aplicará un Complemento Personal Transitorio Absorbible (CPTA) para cubrir la diferencia y, en el caso contrario, el profesional percibirá la cuantía superior de forma automática. Igualmente, se ha creado una Productividad Variable Transitoria (PVT) para asegurar que los ingresos por incentivos se mantengan, así como el equivalente económico del plus de rotación, que no será absorbible.
Igualmente, se respeta el nivel de Carrera Profesional, así como los efectos económicos correspondientes que los profesionales ya han consolidado; en este sentido, se mantienen igualmente los años de antigüedad como personal laboral, que se tendrán en cuenta en el cómputo de trienios y los siguientes niveles de carrera.
Con respecto a las condiciones laborales, el acuerdo garantiza la permanencia en el centro de trabajo y la continuidad de servicio, lo que protege la estabilidad laboral y, por supuesto, permitirá a los profesionales que se integren participar en los concursos de traslados del SERMAS.
“Desde el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) consideramos que la firma de este acuerdo beneficiará a todos aquellos profesionales que deseen integrarse en el SERMAS, por lo que esperamos que los plazos establecidos se cumplan en tiempo y forma para que los trabajadores puedan comenzar a ver los efectos retributivos y laborales alcanzados a partir del próximo 1 de enero, tal y como se ha establecido”, explica Miguel Ángel Velaz Domínguez, delegado de SAE en el Hospital Universitario de Fuenlabrada.
14/05/26 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
La sentencia del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 11 de mayo de 2026, de conformidad con la sentencia del TJUE de 14 de abril de 2026 (asunto Obadal), establece que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad.
Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, debe convertirse ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad.
Cuando el personal laboral no se ha presentado a ningún proceso selectivo, o no lo ha superado se abonan 2 indemnizaciones, una por la extinción de la relación contractual y otra compensatoria por el abuso de la temporalidad, pero no pasa a ser personal fijo.
14/05/26 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
REFUERZO DE PERSONAL Y NUEVOS NOMBRAMIENTOS
EL CENTRO HA OBTENIDO AUTORIZACIÓN PARA:
•LA COBERTURA DE 269 PUESTOS MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE PERSONAL INTERINO POR VACANTE VINCULADOS A LA OEP 2025.
• LA REALIZACIÓN DE 60 JORNADAS POR ACUMULACIÓN DE TAREAS DERIVADAS DE LA ALERTA SANITARIA POR HANTAVIRUS.
•LA JEFATURA DE PERSONAL YA ESTÁ TRAMITANDO LOS CORRESPONDIENTES NOMBRAMIENTOS PARA AGILIZAR SU COBERTURA.
23/05/24 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
Publicada hoy 23 de mayo en el Boc, Resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos de las solicitudes de la carrera profesional del Personal de Gestión y Servicios presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de Salud, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación.
Listados de admitidos y excluidos.
GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL ÁREA DE SALUD DE GRAN CANARIA
CARRERA PROFESIONAL
Publicada hoy 16 de mayo en el BOC, Resolución del Área de Salud de Gran Canaria por la que se aprueba la
relación definitiva de admitidos y excluidos de las solicitudes de la carrera profesional del Personal
Sanitario de Formación Profesional presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de Salud, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación.
Listados de admitidos y excluidos.
CARRERA PROFESIONAL PERSONAL SANITARIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
- RELACIÓN PROVISIONAL SOLICITUDES ESTIMADAS Y DESESTIMADAS
Publicado el 05 de abril en el BOC, Resolución de la Gerencia de Atención Primaria del ÁREA DE SALUD DE GRAN CANARIA, por la que se aprueba la RELACIÓN PROVISIONAL DE SOLICITUDES ESTIMADAS Y DESESTIMADAS, tras la correspondiente evaluación de los méritos acreditados.
ANEXO I. RELACIÓN PROVISIONAL SOLICITUDES QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIOS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN NIVEL/GRADO, CON ESPECIFICACIÓN DE CAUSA.
ANEXO II. RELACIÓN PROVISIONAL DE SOLICITUDES ESTIMADAS, CON INDICACIÓN DEL GRADO QUE SE RECONOCE.
SE ACUERDA LA APERTURA DE UN TRÁMITE DE AUDIENCIA, POR PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN EL BOC, EN EL QUE LOS INTERESADOS PODRÁN RECLAMAR.
LAS PRESENTACIÓN DE LAS RECLAMACIONES Y RENUNCIAS DEBERÁN HACERSE A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL SCS
SERVICIO CANARIO DE SALUD ÁREA DE SALUD DE LA PALMA
CARRERA PROFESIONAL
Publicada hoy, 26 de marzo en el BOC Resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos de las solicitudes de la carrera profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de Salud, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación.
Los listados de admitidos y excluidos de podrán ver en el siguiente
enlace:
https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/e8ecf259 c58c 11ee 91f2
b54029dc3089/GSSLAPALMA_FP_2023_TA.pdf
Publicada en BOC de fecha 21 de abril de 2023, Resolución de 4 de abril de 2023, por la que se aprueba la relación definitiva de las solicitudes de carrera profesional del Personal Sanitario de Formación Profesional, presentadas entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022, estimadas y desestimadas.
Anexo I: relación definitiva de solicitudes que no reúnen los requisitos y condiciones necesarias para el encuadramiento en el nivel/grado solicitado.
Anexo II: relación definitiva de solicitudes estimadas, haciéndose constar el grado reconocido a cada solicitante.
La presente Resolución desplegará los efectos económicos del encuadramiento en el grado correspondiente a partir del 1 de enero de 2023.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, o bien potestativamente recurso de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación
PUBLICADA HOY, 24 DE AGOSTO EN EL BOC, GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL ÁREA DE SALUD DE GRAN CANARIA, RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA RELACIÓN DEFINITIVA DE LAS SOLICITUDES DE CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL SANITARIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE ESTA GERENCIA, PRESENTADAS ENTRE EL 1 DE ABRIL Y EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2020 QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIOS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN EL NIVEL/GRADO SOLICITADO, DE LAS DESESTIMADAS QUE NO SUPERAN LA CORRESPONDIENTE EVALUACIÓN DE LOS MÉRITOS ACREDITADOS, ASÍ COMO LA RELACIÓN DE SOLICITUDES ESTIMADAS. SE ACUMULA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y DE RÉGIMEN EXCEPCIONAL DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS ENTRE EL 1 DE JUNIO Y EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
ANEXO I: SOLICITUDES QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIAS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN EL NIVEL/GRADO SOLICITADO.
ANEXO II: SOLICITUDES DESESTIMADAS QUE NO SUPERAN LA CORRESPONDIENTE EVALUACIÓN DE LOS MÉRITOS ACREDITADOS, HACIENDO CONSTAR EL GRADO SOLICITADO, CRÉDITOS PARCIALES OBTENIDOS POR CADA UNO DE LOS APARTADOS DEL BAREMO Y CAUSA DE DESESTIMACIÓN.
ANEXO III: SOLICITUDES ESTIMADAS CON EL GRADO RECONOCIDO QUE ACCEDE AL ENCUADRAMIENTO EN PRIMER O SEGUNDO GRADO, SE HARÁ CONSTANCIA DE LOS CRÉDITOS EXCEDENTES, CUANDO EXISTAN, CORRESPONDIENTES A LOS MÉRITOS A.1. (CONOCIMIENTOS), B.4. (DOCENCIA) Y B.5 (INVESTIGACIÓN).
LA RESOLUCIÓN DESPLEGARÁ EFECTOS ADMINISTRATIVOS Y ECONÓMICOS DEL ENCUADRAMIENTO EN EL GRADO CORRESPONDIENTE, CON EFECTO RETROACTIVO, A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 2021.
Resolución
PUBLICADA HOY, 27 DE ABRIL, RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA RELACIÓN PROVISIONAL DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS ENTRE EL 1 DE ABRIL Y EL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2020, QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIOS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN EL NIVEL/ GRADO SOLICITADO, DE LAS DESESTIMADAS QUE NO SUPERAN LA CORRESPONDIENTE EVALUACIÓN DE LOS MÉRITOS ACREDITADOS, ASÍ COMO DE LAS ESTIMADAS.
ANEXO I: RELACIÓN PROVISIONAL SOLICITUDES QUE NO REÚNEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES NECESARIAS PARA EL ENCUADRAMIENTO EN EL NIVEL/GRADO SOLICITADO.
ANEXO II: RELACIÓN PROVISIONAL SOLICITUDES DESESTIMADAS QUE NO SUPERAN LA CORRESPONDIENTE EVALUACIÓN DE LOS MÉRITOS ACREDITADOS, HACIENDO CONSTAR RESPECTO DE CADA SOLICITANTE EL GRADO AL QUE PUEDE OPTAR, CRÉDITOS PARCIALES OBTENIDOS POR CADA UNO DE LOS APARTADOS DEL BAREMO Y CAUSA DE DESESTIMACIÓN.
ANEXO III: RELACIÓN PROVISIONAL SOLICITUDES ESTIMADAS HACIÉNDOSE CONSTAR EL GRADO RECONOCIDO A CADA SOLICITANTE. RESPECTO AL PERSONAL SANITARIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL, QUE ACCEDE AL ENCUADRAMIENTO EN PRIMER O SEGUNDO GRADO, SE HARÁ CONSTANCIA DE LOS CRÉDITOS EXCEDENTES, CUANDO EXISTAN, CORRESPONDIENTES A LOS MÉRITOS A.1. (CONOCIMIENTOS), B.4. (DOCENCIA) Y B.5 (INVESTIGACIÓN).
SE ACUERDA APERTURA DE UN TRÁMITE DE AUDIENCIA, CONSISTENTE EN UN PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL CONTENIDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN EL BOC, EN EL QUE LOS INTERESADOS/AS PODRÁN: • RECLAMAR CONTRA EL GRADO EN EL QUE SE LES PROPONE ENCUADRAR, POR LA POSIBLE EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN O LOS ERRORES QUE PUDIERAN OBSERVAR O RENUNCIAR AL ENCUADRAMIENTO DE CARRERA PROFESIONAL AL QUE HAN ACCEDIDO.
Resolución
En el BO de Canarias de hoy, 7 de octubre, se ha publicado Resolución de 11 de septiembre de 2020, por la que se aprueba la relación de solicitudes de carrera profesional de personal sanitario de formación profesional que, de acuerdo con el procedimiento ordinario del año 2019, que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en el grado solicitado, la relación de las solicitudes que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, la relación de las solicitudes estimadas con el grado reconocido a cada solicitante, y la relación de solicitantes que renuncian al procedimiento.
Respecto al personal de gestión y servicios, que accede al encuadramiento en primer o segundo grado, se hará constancia de los créditos excedentes, cuando existan, correspondientes a los méritos A.1 (Conocimientos), B.4 (Docencia) y B.5 (Investigación).
La Resolución desplegará los efectos administrativos y económicos del encuadramiento en el grado correspondiente, con efecto retroactivo, a partir de 1 de enero de 2020.
Presentar reclamación ante relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en el siguiente enlace
Resolución
En el BO de Canarias de hoy, 11 de agosto, se ha publicado Resolución de 30 de julio de 2020, por la se aprueba la relación provisional de solicitudes de carrera profesional que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en el grado solicitado, la relación provisional de las solicitudes que no superan la correspondiente evaluación de los méritos acreditados, la relación provisional de las solicitudes estimadas, la relación de solicitantes que renuncian al procedimiento.
Se acuerda la apertura de un trámite de audiencia por un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en la que los interesados podrán efectuar reclamación y/o subsanar los defectos u omisiones que se hubieren advertido, aportando cuantos datos o documentos consideren convenientes.
Resolución
23/05/24 - Autonómica - Movilidad interna
MOVILIDAD VOLUNTARIA
Publicadas en el BOPA de hoy, Resoluciones de 9 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del SESPA, por la que se hacen públicos los listados provisionales de puntuaciones y adjudicaciones de destinos funcionales en el proceso de movilidad voluntaria abierto y periódico, para el acceso a plazas estatutarias de las siguientes categorías:
Técnico/a en Cuidados de Enfermería.
Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico.
Técnico/a Especialista en Anatomía Patológica.
Higienista Dental Celador.
Plazo de reclamación: 15 días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente al de la publicación de las presentes Resoluciones.
*Publicadas en el BOPA de hoy Resoluciones de 19 de Julio de 2023, de la Gerencia del SESPA, por las que se hacen públicos los listados provisionales de puntuaciones y adjudicaciones de destinos funcionales en el proceso de movilidad voluntaria abierto y periódico (primer ciclo del año 2023), para el acceso a plazas estatutarias, entre otras, de las categorías de Técnico en Cuidados de Enfermería, Técnico Esp. en Anatomía Patológica, Técnico Esp. en Radiodiagnóstico, Técnico Esp. en Laboratorio, Técnico Esp. en Radioterapia, Auxiliar Administrativo y Celador.
* Se abre plazo de 15 días hábiles, a contar desde el primer día hábil siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para que los concursantes puedan formular las alegaciones que consideren. La presentación de las citadas alegaciones deberá efectuarse a través del Registro de la Gerencia correspondiente o, en su caso, del Registro de Servicios Centrales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
* Consultar Resoluciones en el portal corporativo de Astursalud (www.astursalud.es), o en el BOPA de hoy en el siguiente enlace:
Resolución
La Dirección de Profesionales informa que, previsiblemente, el lunes 14 de agosto, se publicará en el BOPA la resolución provisional de adjudicación de plazas del proceso de movilidad voluntaria correspondiente al primer ciclo de 2023.
El plazo para alegaciones será si se cumple esta previsión desde el día 16 de agosto al 5 de septiembre, ambos inclusive.
23/05/24 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
MODIFICACIONES DEL PERMISO DE LACTANCIA
Por Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE)
2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, se amplía el ejercicio del permiso por lactancia. Con vigencia desde el 23-5-2024 se posibilita que todas las personas trabajadoras puedan acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia en jornadas completas, aunque el convenio colectivo aplicable o el pacto de empresa no lo permita.
PROTECCIÓN DEL DESEMPLEO
No se excluirá al solicitante que supere el 75% del SMI sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el
solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.
Se elimina el mes de espera, especialmente para los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad.
Ampliación a más colectivos: los menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
Se garantizan los mismos derechos para los trabajadores a tiempo parcial. Las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías
que el ordinario. Compatibilidades del subsidio de desempleo y el trabajo por cuenta ajena: durante un máximo de ciento ochenta días, en una o varias relaciones laborales, con el objetivo de no penalizar la reincorporación al trabajo.
23/05/24 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
MODIFICACIONES DEL PERMISO DE LACTANCIA
Por Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE)
2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, se amplía el ejercicio del permiso por lactancia. Con vigencia desde el 23-5-2024 se posibilita que todas las personas trabajadoras puedan acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia en jornadas completas, aunque el convenio colectivo aplicable o el pacto de empresa no lo permita.
PROTECCIÓN DEL DESEMPLEO
No se excluirá al solicitante que supere el 75% del SMI sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el
solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.
Se elimina el mes de espera, especialmente para los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad.
Ampliación a más colectivos: los menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.
Se garantizan los mismos derechos para los trabajadores a tiempo parcial. Las mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género podrán acceder al subsidio específico de nueva creación, con las mismas cuantías
que el ordinario. Compatibilidades del subsidio de desempleo y el trabajo por cuenta ajena: durante un máximo de ciento ochenta días, en una o varias relaciones laborales, con el objetivo de no penalizar la reincorporación al trabajo.
23/05/24 - Autonómica - Nota de prensa
Toledo, 23 de mayo de 2024.- El Sindicato de Técnicos de Enfermería ha participado en el proyecto Formación de futuros profesionales en el marco de la jornada celebrada en relación con el Diseño del Mapa de Retos y Proyectos para la Humanización de la Asistencia Sanitaria en Castilla La Mancha.
La iniciativa de SAE plantea objetivos concretos como implantar la figura del tutor/colaborador de prácticas en aquellos centros donde no existe esta figura; establecer un plan de tutorización basado en las competencias que el estudiante debe lograr en sus prácticas, recalcando las que tienen que ver con la humanización de la asistencia sanitaria y diseñar un plan formativo específico para estos tutores/colaboradores de prácticas de esta prioridad sanitaria.
Los profesionales que formarán a los estudiantes en prácticas trabajarán en fomentar la humanización en la asistencia sanitaria día a día.
SAE ha planteado que la figura del tutor debería desarrollarse a nivel regional en dos niveles, tanto en formación profesional como en la Universidad. En el primer caso, la Junta de Comunidades tiene competencias en Educación y en Sanidad, por lo que debería existir una regulación básica respecto a la figura del tutor/colaborador de prácticas clínicas en la Comunidad Autónoma de CLM.
La implantación de la figura del tutor/colaborador de prácticas clínicas en los estudios sanitarios resulta crucial para orientar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los y las estudiantes en la práctica clínica, contribuyendo a mejorar significativamente su adquisición de competencias, poniendo énfasis en las que están relacionadas con la humanización de la asistencia.
Los tutores/colaboradores son fundamentales para promover un catálogo de buenas prácticas, que integren los principios que sustentan la HAS.
Esta tutorización estructurada y planificada proporcionará a los estudiantes una formación de calidad, que contribuirá a mejorar su desarrollo profesional, lo que redundará en los propios pacientes y en la organización sanitaria en su conjunto, ya que se brindará una atención sanitaria de calidad centrada en la persona.