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Fecha22/10/21 - Autonómica - OPE

PREVISIÓN CONVOCATORIAS PROCESDOS SELECTIVOS Y REALIZACIÓN DE EJERCICIOS AÑO 2022

Fecha21/10/21 - Autonómica - Nota de prensa

CASI MEDIO MILLAR DE TÉCNICOS SANITARIOS EXIGEN FRENTE A LAS CORTS EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY

La adecuada clasificación de los profesionales es un derecho

Casi medio millar de Técnicos de la Formación Profesional, tanto de Grado Medio como del Grado Superior, se han concentrado esta mañana frente a las Corts Valencianas para exigir a la Conselleria de Sanitat el cumplimiento de lo establecido en la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana y que debe suponer la inmediata clasificación al subgrupo C1 de los primeros y al Grupo B de los segundos. Sin embargo, la Conselleria se niega a aplicar esta ley recurriendo a argumentos y trucos dialécticos para mantener esta situación. 
“Hay que mantener la misma celeridad cuando se trata de leyes que benefician a los profesionales que cuando estas leyes suponen un deterioro de las condiciones o un recorte de los derechos. Para el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) el apoyo de hoy por parte de todos los Técnicos de la Formación Profesional es una muestra de la oposición y el rechazo que esta enorme injusticia supone para los profesionales”, explica Isabel Lozano, secretaria de organización y comunicación de SAE. 
SAE, firme en su propósito de llevar a cabo la clasificación correspondiente, solicitó tanto a la Conselleria de Sanitat como a la de Función Pública la inmediata aplicación de lo dispuesto en esta Ley. La respuesta del Director General de Función Pública fue ágil reconociendo de manera automática “la inclusión del personal funcionario/laboral empleado público de la categoría profesional de Técnicos en Cuidados de Enfermería en el Subgrupo C1 y de los Técnicos Superiores en el Grupo B”. Son estos profesionales, mayoritariamente del sector sociosanitario, quienes se integran en este ámbito administrativo. 
No ocurre lo mismo con los profesionales estatutarios que prestan sus servicios para la Conselleria de Sanitat, cuyos responsables, eludiendo que las leyes entran en vigor cuando y como corresponde, continúan esgrimiendo argumentos a su conveniencia para evitar la clasificación de los Técnicos de la FP. Supone pues que esta Ley va a generar una discriminación entre profesionales con la misma categoría y titulación dependiendo de la Consellería para la que presten servicios. 
“No hay justificación para que no se aplique la ley, e incluso el Subdirector General de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanitat reconoció la validez de nuestros argumentos y planteó elevar este asunto al Consejo Interterritorial. Pero esta no es una alternativa válida, conocemos el funcionamiento de este órgano y el resultado de sus reuniones. Y lo cierto es que la aplicación de una Ley aprobada y publicada tiene poco que debatir. Mantener a los Técnicos en grupos de clasificación que no les corresponde es un despropósito y una ilegalidad que SAE no va a permitir” reconoce Isabel Lozano.
 “SAE abandera en  solitario esta reivindicación ya que el resto de organizaciones sindicales y plataformas que dicen representar a estos colectivo no se han pronunciado en ningún momento respecto a la intención de la Conselleria, cuyo desinterés es evidente, pero lo más alarmante es la falta de implicación de aquellas entidades que dicen representar a los Técnicos de la FP”, finaliza la secretaria de organización y comunicación de SAE.  
 

Fecha21/10/21 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios

FIESTAS LABORALES 2022 CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA

Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección Genral de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2022.
Resolución

Fecha21/10/21 - Autonómica - Nota de prensa

PRESENTACION PLATAFORMA EBEP 36.3

UN CENTENAR DE ORGANIZACIONES RECLAMAN UNA REPRESENTACION REAL Y DEMOCRÁTICA EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LAS ADMINSTRACIONES PÚBLICAS

*La Plataforma EBEP 36.3 denuncia que las distintas administraciones públicas están aplicando una interpretación errónea e interesada del artículo 36.3 del EBEP relativo a la constitución de las mesas generales de negociación en las administraciones públicas que claramente beneficia a los sindicatos CC.OO., UGT y CSIF.

* La Plataforma reclama la modificación del artículo 36 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) para garantizar que la voluntad de miles de empleados públicos expresados con su voto se traslade a una representación justa y democrática en las Mesas Generales de Negociación, tanto a nivel estatal como autonómico y local.

Madrid, 21 de octubre de 2021.- Un centenar de organizaciones sindicales que cuentan con más del 40% de la representación en las administraciones públicas de nuestro país han constituido la Plataforma EBEP 36.3 con el principal objetivo de acabar con el actual monopolio sindical existente en base a una interpretación errónea y restrictiva del Estatuto Básico del Empleado Publico (EBEP), y que supone que miles de empleados públicos no están representados de forma justa y democrática en las Mesas Generales de Negociación estatal, autonómicas y locales.

En el acto de presentación, el portavoz de la Plataforma, Jesús Santos, explicó que, en la actualidad y a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo de marzo del 2018, las distintas administraciones públicas están aplicando una interpretación errónea y desvirtuada del artículo 36.3 del EBEP relativo a la constitución de las mesas de negociación en las administraciones y entidades públicas que claramente beneficia a los sindicatos CC.OO., UGT y CSIF.

Esta situación, apuntó, conlleva la exclusión sistemática de la participación en las Mesas Generales de Negociación de las Administraciones Públicas  de otras organizaciones sindicales que obtienen en dichos ámbitos un respaldo electoral suficiente, y en muchos casos superior al obtenido por las organizaciones sindicales mencionadas, lo que supone de facto la exclusión de los legítimos representantes elegidos directamente por los empleados públicos en beneficio de dichos sindicatos favorecidos, llegando en algunos casos al margen de la decisión de los electores a la aberrante situación de entrar a formar parte de las mesas de negociación en algunas administraciones locales por imperativo legal y sin haber siquiera concurrido a las elecciones sindicales.  

Según dijo, esta realidad dificulta enormemente y de manera injusta la acción sindical de las organizaciones profesionales y sectoriales, muy mayoritarias en algunas administraciones públicas, abocándolas en la práctica a la desaparición a corto o medio plazo, del actual tejido sindical independiente ante la limitación de órganos de expresión y participación. “No se está garantizando la voluntad de los empleados públicos expresada libre y democráticamente en las urnas electorales sindicales para elegir a sus representantes en las mesas de negociación de sus condiciones laborales”, añadió.

Asimismo, aseguró que esta situación va totalmente en contra de postulados que se están defendiendo en todos los ámbitos de una democracia más participativa, al reconocer una representación de los trabajadores en exclusiva a unas organizaciones sindicales mediante ley (o sentencia en este caso) al margen del apoyo real que las mismas tengan en los centros de trabajo. De esta forma, se está “empobreciendo” la representación, la participación y, por tanto, la calidad de los acuerdos que se puedan alcanzar en el ámbito de la negociación de las administraciones públicas, dijo.

Por ello, la Plataforma reclama la reforma del apartado tercero del artículo 36 del Estatuto Básico del Empleado Público al objeto de que se establezca que para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de cada Administración Pública, las Mesas Generales que se constituyan lo hagan tomando en consideración los resultados obtenidos en el conjunto de las elecciones a los órganos de representación de los empleados públicos comprendidos en el correspondiente ámbito de negociación. De este modo, estarán representadas en estas Mesas Generales las organizaciones sindicales que hayan obtenido el 10 por 100 del total de representantes electos elegidos en el conjunto de los órganos de representación de personal funcionario, estatutario y laboral de la administración pública correspondiente.
Aunque se trata de un tema complejo y que podría dar la impresión de ser una simple disputa entre sindicatos, desde la Plataforma han insistido en que lo que está en juego es la democracia sindical en las administraciones públicas, la cual pretende ser sustituida por una dictadura sindical que obvia la voluntad que miles de empleados públicos han expresado con su voto en las urnas.  
En el acto de presentación de la Plataforma se dio a conocer, además, el estudio jurídico realizado por la catedrática de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Remedios Roqueta Buj, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, donde queda patente el desajuste e inadecuación al fundamento y fondo del EBEP de la practica actual en la constitución de las Mesas y la necesidad del cambio legal propuesto.
La Plataforma EBEP 36.3 está compuesta por más de 100 organizaciones sindicales independientes con representación dentro de la administración pública del Estado, CC.AA. y Administraciones Locales, así como en todos los sectores de ésta (AGE, sanidad, enseñanza, hacienda, seguridad y emergencias…entre otros). Actualmente ostentan una representación de más del 40% de la representación sindical en las AA.PP

Fecha21/10/21 - Autonómica - OPE

SERVICIO ANDALUZ de SALUD y AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES SANITARIAS. OPE 2018, 2019, 2020 y 2021

SAS (Celador-Conductor (TES), T.Libre y P.Interna)
SAS (TEAP, TEL, TEMN y TERx, T.Libre y P.Interna)
APES Costa del Sol (TEAP, TEL y TERx, T.Libre)
APES H. de Poniente (TEAP, TEL y TERx, T.Libre)
APES Hospital de Poniente (TEL y TERx, P.Interna)

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