19/12/25 - Autonómica - OPE
TEDS - TERT AVISO
- Publicada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
- Fecha y lugar del examen
21 de marzo de 2026 (sábado), a las 09:00 h, en la Universidad Pública de Navarra (UPNA)
TEDS
TERT
Más información en el 948 25 49 57 y en saeosasun@cfnavarra.es
CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN. SNS O . TEAP
-Publicado el resultado de la elección de plazas.
-Publicada la propuesta de nombramiento.
-Plazo presentación documentación: del 20/12/2025 al 19/01/2026
https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/tecnico-especialista-en-anatomia-patologica-teap-concurso-oposicion-2024
Más información en el 948 25 49 57 y en saeosasun@cfnavarra.es
- Publicado el resultado provisional de la fase de concurso.
- Plazo de presentación de alegaciones al resultado provisional: del 19/09/2025 al 02/10/2025
https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/tecnico-especialista-en-anatomia-patologica-teap-concurso-oposicion-2024
19/12/25 - Autonómica - OPE
OPE SESCAM (2023/2024)
LISTADOS ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
Publicados los listados definitivos de admitidos y excluidos en relación con los procesos selectivos para personal estatutario fijo del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2023 y 2024.
+ Información en tu sede sindical
11/12. Os informamos que la fecha del examen, para la OEP del SESCAM 2023/2024 en la categoría de Técnicos en Cuidados de Enfermería, será el próximo 14 de marzo de 2026.
19/12/25 - Autonómica - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) considera que la campaña del Govern alentando a los ciudadanos a hacer un “buen uso” de las bajas laborales infantiliza a la población y pone en cuestión el trabajo de los profesionales sanitarios, quienes determinan la incapacidad temporal según un diagnóstico médico. Por ello, exigimos que la campaña se retire de todos los CAP cuanto antes, pues atentan contra la práctica médica y asistencial.
Si el número de bajas ha aumentado en los últimos años a nivel estatal, tal y como indican los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística, quizá en lugar de culpabilizar a los trabajadores, la Administración debería estudiar las causas que han generado una sociedad cada vez más enferma e intentar legislar para frenar su crecimiento. La precariedad laboral, la inseguridad que, a pesar de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, aún existe en muchos sectores, la imposibilidad de descansar adecuadamente por la falta de profesionales en ámbitos como el sanitario, o el incremento constante de las patologías mentales como consecuencia de un malestar laboral, retributivo y social, son los signos de que algo no funciona bien.
“Acusar directamente a los ciudadanos, tachándoles de irresponsables, o a los profesionales sanitarios, cuestionando su trabajo, es la manera que tiene la Consellería de Sanidad de eludir su responsabilidad, que pasa por mejorar las condiciones laborales de sus propios profesionales o incrementar las plantillas para acabar con las listas de espera. En definitiva, por invertir los recursos que tiene en desarrollar un sistema sanitario catalán eficiente, fuerte y seguro para todos, trabajadores y usuarios”, explica Cristian Monclús, secretario autonómico de SAE en Cataluña.
19/12/25 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
La diferencia entre unidades y la falta de criterios ha perjudicado de manera continuada a algunos profesionales.
El Sindicato de Técnicos de Enfermería ha solicitado ante la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias que se revisen de manera inmediata las tablas retributivas correspondientes al complemento específico en la categoría de Técnicos en Cuidados de Enfermería.
Las tablas retributivas aplicadas por el SESPA reflejan una diferencia salarial, que ronda aproximadamente los cinco euros mensuales, en el complemento específico entre las TCE que prestan servicios en unidades asistenciales tales como hospitalización, UVI, UCI o quirófano, y aquellas que desarrollan su actividad en servicios centrales (farmacia, esterilización, rehabilitación, entre otros).
Esta diferencia retributiva no se produce en otras categorías profesionales que desempeñan su labor en los mismos servicios centrales. En definitiva, se debe subsanar la diferencia salarial existente entre unidades asistenciales y servicios centrales, equiparándola a la aplicada en el resto de categorías profesionales.
Se desconoce si esta diferencia, que está produciendo un perjuicio económico continuado a los TCE, responde a un error mantenido en el tiempo o a una decisión administrativa concreta ya que en ningún momento se ha informado de ninguna causa objetiva, funcional u organizativa que justifique dicha diferencia retributiva, vulnerando el principio de igualdad retributiva entre profesionales que desempeñan funciones equiparables dentro de la misma organización.
En caso de confirmarse la existencia de un error o una aplicación indebida del complemento específico, SAE demanda al organismo competente que se proceda no solo a regularizar la situación retributiva de las TCE afectadas, sino que una vez valorada considerado el abono de las cantidades dejadas de percibir éste se realice con carácter retroactivo, conforme a los plazos de prescripción establecidos en la normativa vigente, o el período que legalmente corresponda.
Por último, y para que situaciones como la señalada no se repitan, es fundamental que se informe de manera expresa de los criterios utilizados para la asignación del citado complemento.
22/06/22 - Autonómica - OPE
DOGC núm. 8693 en fecha 21.06.2022. Se aprueba la oferta de ocupación pública para la estabilización de la ocupación temporal de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.
Gerocultores: 59 plazas.
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22/06/22 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por la que se regulan los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares por medio de la creación de bolsas de trabajo para cada categoría y especialidad.
Las principales modificaciones del acuerdo de bolsa son:
MODALIDADES DE NOMBRAMIENTOS TEMPORALES
• Nombramientos Interinos
- Interinos
• Larga Duración. A tiempo completo y superior a 6 meses
- Larga Duración Servicios especiales, permiso sindical retribuido y a tiempo completo, comisión de servicios, y promoción interna temporal. Desaparecen: RIE y excedencias. (NUEVO)
• Nombramientos temporales Corta Duración:
- De sustitución.
- Eventuales: duración igual o inferior a 6 meses. Incluidos los nombramientos por reducción de jornada.
• Nombramientos temporales de Cobertura Urgente. Son los nombramientos temporales ocasionados por situaciones imprevisibles que crean un déficit asistencial que deber cubrirse de manera inminente para garantizar el funcionamiento correcto del servicio sanitario. Plazo máximo incorporación 2 horas.
FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO
• Nombramientos Temporales Interinos y Larga Duración: Se dispone hasta las 14:00 del día siguiente para aceptar. Se podrán ofrecer de forma centralizada con una periodicidad anual, o bien cuando así se determine por la Comisión de Seguimiento.
• Nombramientos temporales Corta Duración. El candidato dispondrá de hasta 2 horas desde la llamada.
• Nombramientos temporales de Cobertura Urgente. Debe aceptar o rechazar la oferta con carácter inmediato.
En todos los supuestos se deberá informar de las características del nombramiento: Área asistencial, y en su caso, el servicio de adscripción, así como el turno de trabajo.
Si en el momento de la oferta del nombramiento el candidato se encuentra en IT-COVID, se le ofertará y reservará el nombramiento hasta 48h antes del inicio de este.
INSCRITOS EN LA SITUACIÓN DE “DISPONIBLE”
Se podrá modificar la disponibilidad 4 veces al año.

SANCIONES

CAUSAS JUSTIFICADAS PARA RECHAZAR A UNA OFERTA DE NOMBRAMIENTO TEMPORAL
• Prestar servicio en IB-Salut en el momento en que deba iniciarse el nombramiento ofertado en la misma o diferente categoría.
• Estar en situación de IT, o estar en proceso de recuperación, o estar hospitalizado.
• Estar en el período de gestación, maternidad o paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, o en situación de excedencia para cuidar hijos.
• Ocupar un cargo público.
A DESTACAR
• Para la selección del personal estatutario temporal en unidades específicas (solo para contratos de corta duración), se deberá acreditar los siguientes requisitos:
1. Estar inscrito en la bolsa general de la categoría.
2. Haberlo indicado en sus preferencias.
3. Acreditar documentalmente una capacitación específica, aportando:
- es necesario acreditar la prestación durante un periodo mínimo de tres meses de servicios efectivos en las unidades en cuestión en los cinco años previos al nombramiento
Periodo mínimo de 3 meses de servicios efectivos en las unidades en cuestión durante los 5 años anteriores al nombramiento.
- Se puede sustituir lo anterior por:
. En el caso de las categorías de técnico/técnica auxiliar y técnico/técnica especialista superior solo se puede sustituir el requisito anterior por títulos de formación acreditados por la Comisión de Formación Continuada que incluyan un mínimo de cien horas de formación práctica, u otra titulación de técnico/técnica auxiliar o técnico/técnica superior directamente vinculada con el específico.
. En la categoría de técnico/técnica de cuidados auxiliares de enfermería, que preste servicio en una de las unidades siguientes:
• Área pediátrica (incluye urgencias y plantas de hospitalización, pool específico de pediatría).
• Cuidados intensivos de adultos (incluye UCI, reanimación y URPA).
• Cuidados intensivos pediátricos.
• Esterilización.
• Exploraciones funcionales.
• Farmacia.
• Geriatría.
• Hemodiálisis.
• Hemodinámica.
• Neonatología (incluye cuidados intensivos de neonatos - UCIN).
• Paritorio.
• Quirófano.
• Radiología intervencionista.
• Salud mental.
• Urgencias de adultos.
• Trasplantes.
En la categoría de técnico/técnica especialista, que preste servicio en alguna de las unidades siguientes:
• Laboratorio: genética, hematología, inmunología y microbiología.
• Radiología: medicina nuclear, resonancia magnética nuclear
• Anatomía patológica: citotécnicos.
En la categoría de telefonista, que preste servicio en la Central de Coordinación de Urgencias Médicas del 061.
Nombramientos en la modalidad de promoción interna temporal.
En los casos en los que se haya ofrecido un nombramiento a un empleado que cumpla los requisitos pero ya ocupe una plaza de personal estatutario fijo en el Servicio de Salud en una categoría distinta, se le expedirá un nombramiento en la modalidad de promoción interna temporal con la duración que corresponda, en lugar del nombramiento temporal que correspondería, salvo que el interesado manifieste expresamente preferencia por este último.
Reglas de valoración de los apartados que componen el baremo
- Experiencia profesional 55 puntos
- Formación 40 puntos
- Catalán 5 puntos
- Lenguas extranjeras 3 puntos
- Superación de procesos selectivos 24 puntos (suplementario), si procede
- Se determina que, a partir de la entrada en vigor de este acuerdo, se limitará el número de créditos máximo de formación por año.
ANEXO 2
Cálculo de los puntos por superar procesos selectivos

21/06/22 - Autonómica - Concurso de Traslados
Proceso del concurso de traslados de personal laboral fijo Castilla La Mancha.
Resolución de 10/06/2022, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
• Se adjudica con carácter definitivo los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I y Anexo II a esta Resolución.
• El personal laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-la incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
• Categorías:
o Especialista en Laboratorio.
o Secretario General de Hacienda.
o Conductor.
o Operador.
o Maquinista.
o Peón.
o Auxiliar Técnico Educativo.
o Ordenanza.
o Personal de Limpieza.
o Técnico Especialista en Jardín.
Resolución
PUBLICADA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ADJUDICAN PUESTOS DE TRABAJO VACANTES A PERSONAL LABORAL FIJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.
-SE ADJUDICA CON CARÁCTER DEFINITIVO LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE INDICAN EN EL ANEXO I Y ANEXO II A ESTA RESOLUCIÓN, A LAS TRABAJADORAS Y A LOS TRABAJADORES QUE ASIMISMO SE RELACIONAN.
- EL PERSONAL LABORAL AL QUE LE HAYA SIDO ADJUDICADO UN PUESTO DE TRABAJO EN EL PRESENTE CONCURSO CESA EN EL PUESTO ANTERIOR EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE ESTA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA Y DEBERÁ INCORPORARSE EN EL PUESTO ADJUDICADO EL DÍA SIGUIENTE A DICHO CESE.
Resolución
Publicada hoy, 20 de septiembre en el Diario Oficial de Castilla la Mancha, Resolución por la que se adjudican con carácter definitivo puestos de trabajo vacantes a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El personal laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese. No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
El reingreso al servicio activo de las trabajadoras y los trabajadores procedentes de la situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de quince días a contar desde el segundo día después de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. En el supuesto de que, vencido el día de incorporación, esta no se hubiera producido, se declarará a la persona interesada en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo presentar su solicitud de reingreso por concurso de traslado hasta que transcurra el plazo mínimo establecido para esta excedencia a contar desde la fecha de efectos de la resolución.
Con ocasión de la incorporación al nuevo puesto de trabajo, el personal estará obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido.
Si se produjera cambio de domicilio se disfrutarán los permisos correspondientes.
Resolución
Publicada hoy, 22 de junio en el DOCM Resolución, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 2/2021) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
ANEXO II: Relación Trabajadoras/es a los que se les adjudica puestos con carácter definitivo.
El personal Laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente Concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la Resolución de esta Convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese. No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
El reingreso al servicio activo de las trabajadoras/es procedentes de la situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de quince días a contar desde el segundo día después de la publicación de esta Resolución en el DOCM.
Con ocasión de la incorporación al nuevo puesto de trabajo, el personal estará obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido.
Resolución
Se ha publicado hoy, 8 de marzo de 2021, Resolución por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 1/2021) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El personal laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese. No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios. El reingreso al servicio activo de las trabajadoras y los trabajadores procedentes de la situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de quince días a contar desde el segundo día después de la publicación de la Resolución. En el supuesto de que, vencido el día de incorporación, esta no se hubiera producido, se declarará a la persona interesada en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo presentar su solicitud de reingreso por concurso de traslado hasta que transcurra el plazo mínimo establecido para esta excedencia a contar desde la fecha de efectos de la resolución. Con ocasión de la incorporación al nuevo puesto de trabajo, el personal estará obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido. Si se produjera cambio de domicilio se disfrutarán los permisos correspondientes.
Resolución
Resolución de 02/12/2020, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 4/2020) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
• Se adjudican con carácter definitivo los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I y Anexo II a la Resolución.
• El personal laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla La Mancha y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador/a que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
• El reingreso al servicio activo de las trabajadoras/es procedentes de la situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de quince días a contar desde el segundo día después de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. En el supuesto de que, vencido el día de incorporación, esta no se hubiera producido, se declarará a la persona interesada en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo presentar su solicitud de reingreso por concurso de traslado hasta que transcurra el plazo mínimo establecido para esta excedencia a contar desde la fecha de efectos de la resolución.
• Con ocasión de la incorporación al nuevo puesto de trabajo, el personal estará obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido.
• Si se produjera cambio de domicilio se disfrutarán los permisos correspondientes.
Resolución
Con fecha 10 de marzo de 2020 se publica la Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 1/2020) a personal laboral fijo.
-El personal laboral al que se le haya adjudicado plaza cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la Resolución, incorporándose en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
-La incorporación efectiva al nuevo puesto se producirá cuando finalicen los permisos, vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier circunstancia que impida la prestación efectiva de sus servicios.
-El reingreso al servicio activo de los trabajadores en situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de 15 días a contar desde el segundo día después de la publicación de esta resolución.
El personal está obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el objetivo.
Resolución
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publica la Resolución de 18/11/2019, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 4/2019) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [2019/10592].
De conformidad con lo que establece el artículo 31.2 del VIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y consideradas las solicitudes presentadas hasta el 30 de septiembre de 2019, esta Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, una vez cumplido el trámite de propuesta previsto en el segundo párrafo del precitado artículo, ha dispuesto:
- Adjudicar con carácter definitivo los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I y Anexo II a esta Resolución.
- Se cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
- La incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
- Obligación de aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido.
Resolución
Con fecha 10 de diciembre de 2018 se publica la Resolución de 30 de noviembre de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 4/2018) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Se adjudican con carácter definitivo los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I y Anexo II a esta Resolución, a los trabajadores que asimismo se relacionan.
- No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.
- El reingreso al servicio activo de los trabajadores procedentes de la situación de excedencia sin reserva de puesto, se producirá en el plazo de quince días a contar desde el segundo día después de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
- En el supuesto de que, vencido el día de incorporación, esta no se hubiera producido, se declarará a la persona intersada en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo presentar su solicitud de reingreso por consurso de traslado hasta que transcurra el plazo mínimo establecido para esta excedencia a contar desde la fecha de efectos de la resolución.
- Con ocasión de la incorporación al nuevo puesto de trabajo, el personal estará obligado a aportar declaración jurada de que no desempeña otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido.
Resolución
Con fecha 28 de febrero de 2018 se publica la Resolución de 22/2/2018, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes (CPL 1/2018) a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de CLM.
Resolución
Con fecha 1 de marzo de 2017 se publica la Resolución de 22 de febrero de 2017, por la que se adjudican con carácter definitivo los puestos de trabajo vacantes a personal laboral fijo de la Administración de la JCCM.
El personal laboral al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
Resolución
Con fecha 19 de septiembre de 2016 se publica la Resolución de 14/9/2016, por la que se adjudican puestos de trabajo vacantes a personal laboral fijo de la Administración de la JCCM, consideradas las solicitudes presentadas hasta el 30/6/2016.
El personal laboral fijo al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso cesa en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la Resolución y deberá incorporarse en el puesto adjudicado el día siguiente a dicho cese.
Resolución
21/06/22 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES VINCULADOS A LA ANTIGÜEDAD
6 TRIENIOS 2 DÍAS MÁS
7 TRIENIOS 2 DÍAS MÁS
8 TRIENIOS 3 DÍAS MÁS
9 TRIENIOS 4 DÍAS MÁS
10 TRIENIOS 5 DÍAS MÁS
11 TRIENIOS 6 DÍAS MÁS
12 TRIENIOS 7 DÍAS MÁS
13 TRIENIOS 8 DÍAS MÁS
14 TRIENIOS 9 DÍAS MÁS
15 TRIENIOS 10 DÍAS MÁS
DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES VINCULADOS A LA ANTIGÜEDAD (MÁXIMO DE 4).
15 AÑOS 1 DÍA MÁS
20 AÑOS 2 DÍAS MÁS
25 AÑOS 3 DÍAS MÁS
30 AÑOS 4 DÍAS MÁS
21/06/22 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
LOS PLAZOS SON LOS SIGUIENTES:
. 1 de Junio 2022: Publicación OEP
. Antes del 31 de Diciembre de 2022: La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público.
. Antes del 31 de diciembre de 2024: La resolución de finalización de estos procesos.
CRITERIOS:
1. Se convocarán todas las plazas presupuestadas ocupadas por Personal Temporal con nombramiento de interinidad o eventual vigentes a 31 de diciembre de 2020, cuya fecha de inicio de dicha ocupación ininterrumpida sea anterior a 31 de diciembre de 2017, es decir tenga más de 3 años a fecha 31 de diciembre de 2020. Se convocarán por concurso oposición (artículo 2.1) y se entenderá que las plazas han sido ocupadas “ininterrumpidamente” aunque las personas hayan cambiado y haya existido solución de continuidad entre los sucesivos nombramientos por un breve plazo, siempre que la necesidad a que respondan esos nombramientos sea de carácter estructural.
2. De las plazas definitivas en el punto 1 (interinos con las siguientes circunstancias: existencias de plazas vacantes, sustitución transitoria, ejecución de programas de carácter temporal y exceso o acumulación de tareas), cuando la fecha de inicio sea anterior al 1 de enero de 2016 se convocarán por concurso (D.A. 6º y 8º).
PROCEDIMIENTOS:
Principio de libre concurrencia, igualdad, mérito y publicidad.
. Concurso de méritos (1ª fase), méritos profesionales (experiencia profesional y otros méritos)
. Concurso-Oposición (2ª fase), pendiente decidir si todas las comunidades el mismo día.
Será 60% oposición y un 40% concurso.