14/07/26 - Autonómica - Nota de prensa
El 26 de marzo Chile celebra el Día del Técnico en Enfermería de Nivel Superior (TENS), el 6 de mayo les toca el turno a los Auxiliares, Técnicos en Enfermería y Sanitarios peruanos, unos días más tarde, el 20 de mayo, son los Técnicos y Auxiliares de Enfermería brasileños quienes festejan su profesión, el segundo jueves de junio, EEUU y Canadá conmemoran el Día Nacional de los Auxiliares de Enfermería Certificados dentro de la Semana Nacional de la Enfermería, y el 14 de julio son los Auxiliares de Enfermería/TCAE de México, Colombia o Argentina, entre otros países latinoamericanos, quienes homenajean su profesión.
El calendario mundial está lleno de días en los que se reconoce el trabajo que realizan estos profesionales en la sanidad, pero en España, siguiendo la estela del resto de países europeos, el Día Internacional de los Técnicos de Enfermería coincide con el aniversario del nacimiento de Florence Nightingale, el 12 de mayo. Sin embargo, desde el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) debemos recordar, un año más, que nuestro colectivo profesional forma parte de los equipos de enfermería –enfermeras y TCE- y, por lo tanto, celebramos nuestro día de forma conjunta en el mes de mayo.
Para acabar con las dudas que esta realidad genera entre algunos gerentes y responsables sanitarios, SAE registró esta fecha, el 12 de mayo, como el Día Internacional del Técnico de Enfermería con el objetivo de que, al igual que ocurre con las enfermeras, se reconozca el valor, la profesionalidad y el compromiso de los Técnicos de Enfermería en su labor diaria.
“Nuestra denominación, nuestras funciones y nuestra titulación, diferentes a las de nuestros compañeros latinoamericanos, nos sitúan, según la legislación vigente, en los equipos de enfermería dentro del organigrama de nuestro Sistema Nacional de Salud. Por ello, desde SAE nos preguntamos qué interés tienen ciertos sindicatos e instituciones que aún promueven el 14 de julio como el día de los TCE españoles; es evidente que o no conocen el trabajo de nuestra categoría, lo que dudamos, o nos quieren apartar de los equipos de enfermería, lo que desde SAE no vamos a consentir, pues los TCE formamos parte de estos equipos y no vamos a celebrar ningún día que suponga una disociación de este profesional como integrante de los mismos”, explica Cristóbal Arjona, secretario general de SAE.
13/07/26 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
Resolución 1109/2026, de 8 de julio, de la Directora de Personas y Talento de Osakidetza. Listado provisional de asignación de niveles de la convocatoria ordinaria 2025 de DESARROLLO PROFESIONAL.
Anexo I: listado provisional de asignación de niveles.
Distribución según anexo:
Grupo C1 – Técnico/a Especialista Sanitarios/as: pág.57-61.
Grupo D1 – Técnico/a Auxiliar Sanitarios/as: pág. 64-80.
Plazo de reclamación: Desde el 14 hasta el 27 de julio de 2026. A través de la aplicación de Desarrollo Profesional de Osakidetza, que se podrá consultar a partir del día 14 de julio.
Más información:
- Aplicación Desarrollo Profesional
- Intranet – Desarrollo Profesional
- Preguntas frecuentes III
Resolución 570/2026, de 1 de abril, de la Directora de Personas y Talento de Osakidetza. Listado definitivo de personas admitidas y excluidas, que han solicitado participar en la convocatoria de DESARROLLO PROFESIONAL.
Anexo I: listado definitivo de personas admitidas.
Anexo II: Listado definitivo de personas excluidas
Plazo de reclamación: Desde el 8 de abril hasta el 7 de mayo de 2026. A través de la aplicación de Desarrollo Profesional de Osakidetza.
Más información:
- Aplicación Desarrollo Profesional
- Intranet – Desarrollo Profesional
- Preguntas frecuentes
- Manual instrucciones Autoevaluación
13/07/26 - Autonómica - OPE
PLANTILLA RESPUESTAS EXAMEN OPE GOBIERNO DE CANTABRIA TCE/AE (CONVOCATORIA 2026/15) Publicada la plantilla de respuestas del examen realizado el día 11 de Julio de la categoría TCE/AE (convocatoria 2026/15).
02/07 GOBIERNO DE CANTABRIA EXAMEN DE OPOSICIÓN
LUGAR, FECHA, HORA Y DISTRIBUCIÓN POR AULAS CATEGORÍA TCE/AE (CONVOCATORIA 2026/15)
Publicada hoy la relación definitiva de admitidos y excluidos a la OPE del Gobierno de Cantabria, categoría TCE.
De la misma manera, se han concretado el lugar, fecha, hora y distribución por aulas de los aspirantes:
DÍA: 11 DE JULIO DE 2026
HORA: 17:30h (Llamamientos 17:15h.)
LUGAR: FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
ENLACE DE CONSULTA
GOBIERNO DE CANTABRIA FECHA EXAMEN OPOSICIÓN CATEGORÍA TCE/AE (CONVOCATORIA 2026/15)
Publicada la fecha del examen de oposición en la categoría TCE/AE, para el Gobierno de Cantabria: 11 DE JULIO DE 2026
Importante: El lugar, la hora y la distribución de aspirantes por aula se difundirá próximamente a través de un nuevo SAE Informa. ¡Permaneced atentos!
Enlace de Consulta: https://empleopublico.cantabria.es/documents/16475/133535265/Anuncio+fechas+realizaci%C3%B3n+ejercicios+OPEs+2025-2026.pdf/f5df92ab-7dfd-8bee-0fdb-a4460179c3a5?t=1782476342895
Se convoca proceso selectivo para la cobertura de treinta y una (31) plazas en la categoría profesional TCE, Grupo 2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de las que una (1) se reserva para su cobertura por personas con grado de discapacidad acreditado igual o superior al 33%.
Las solicitudes para participar en este proceso selectivo deberán cumplimentarse electrónicamente en la aplicación OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/).
En caso de presentación en soporte papel. A través de la aplicación OPEC@N (.es/opecan/" https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/), deberán cumplimentar la solicitud de admisión y el modelo 046 para abonar la tasa de inscripción al proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales (31 de Mayo), contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria". (12 de Mayo de 2026)
El importe de la tasa de inscripción al proceso selectivo será de 12,63 euros salvo: personas desempleadas, discapacidad igual o superior al 33%, Las víctimas del terrorismo, víctimas de la violencia de género o miembros de familias numerosas o monoparentales que tendrán excepción de tasa acreditando su situación.
Enlace a la resolución:
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=435347
13/07/26 - Autonómica - OPE
CONVOCATORIA CONCURSO OPOSICIÓN 2025
Técnico/a Especialista en Radioterapia (T.E.R.T.)
- Plazo de presentación de alegaciones: del 10/07/2026 al 23/07/2026
AVISO
- Publicado el resultado provisional de la fase de concurso.
- Plazo de presentación de alegaciones al resultado provisional del 27/06/2026 al 03/07/2026
- Consulta del baremo individual
Más información
15/12/20 - Autonómica - Bolsas de Trabajo
RECORDATORIO INSCRIPCIÓN EN BOLSAS DE EMPLEO
PLAZO DE INSCRIPCIÓN, REGISTRO Y FECHA HASTA QUE SE COMPUTARAN LOS MÉRITOS DE LOS ASPIRANTES: 30 DE DICIEMBRE DE 2020
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.
• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
Procedimiento para inscribirse
Proximamente se publicará en BOA la ampliación del plazo de méritos a valorar, inscripción y registro hasta el 30/12/2020 de la convocatoria de las Bolsas de Empleo Temporal de las siguientes categorías de personal sanitario:
-Técnico en Cuidados de Enfermería
-Técncio de Farmacia
-T.S. Higiene Bucodental
-T.S. Anatomía Patológica
-T.S. Laboratorio de Diagnóstico Clínico
-T.S.Medicina Nuclear
-T.S.de Imagen por radiodiagnóstico
-T.S.Radioterapia
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN Y REGISTRO HASTA EL 30/12/20 DE LA CONVOCATORIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS SIGUIENTES CATEGORIAS DE PERSONAL SANITARIO:
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
Más información
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN HASTA EL 30/12/20 DE LA CONVOCATORIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL DE LAS SIGUIENTES CATEGORIAS DE PERSONAL SANITARIO:
• T.S. HIGIENE BUCODENTAL.
• T.S. ANATOMÍA PATOLOGÍA.
• T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO.
• T.S. DE MEDICINA NUCLEAR.
• T.S. DE IMAGEN POR RADIODIAGNÓSTICO.
• T.S. RADIOTERAPIA.
• TÉCNICO/A EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA.
• TÉCNICO/A AUXILIAR DE FARMACIA.
15/12/20 - Autonómica - Nota de prensa
Oviedo. 15 de diciembre de 2020.- El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) ha presentado sus aportaciones al Proyecto de Ley del Principado de Asturias del Empleado Público por su condición de organización más representativa en sanidad y dado que los Técnicos Sanitarios se verán afectados directamente una vez aprobada la normativa. Por ello, a criterio de SAE debe incluirse la regulación de cuestiones fundamentales como son la modernización de la estructura de cuerpos y escalas, los derechos que la jurisprudencia reconoce al personal temporal y las retribuciones.
En cuanto a la modernización de la estructura de cuerpos y escalas para SAE es fundamental que se disponga que deje de tener efecto en el marco territorial del Principado de Asturias la disposición transitoria tercera del TREBEP, en su apartado segundo, de modo que todo los grupos y escalas se adapten a la regulación contemplada en el art. 76 del propio estatuto: los Técnicos de Grado Medio de formación profesional en el Grupo C1 y los de Grado Superior en el Grupo B. como así lo dicta la propia Ley.
Asimismo, para SAE hay que dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal de Justifica de la Unión Europea que establecen contrario al derecho europeo el modelo abusivo de temporalidad de la Sanidad Pública Española y que ordenan también reformar la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Personal Estatutario de los Servicios de Salud Pública para trasladar al ámbito sanitario este nuevo modelo de contratación indefinida con sus singularidades. Esta reforma específica debe girar en torno al contrato indefinido no fijo para los contratos temporales que superen los tres años de duración y que den lugar a una indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial cuando se cese como interino.
Por último, y en lo relativo a las retribuciones, el Sindicato de Técnicos de Enfermería considera que se debe retribuir desde la entrada en vigor de la Ley la carrera profesional tanto al personal funcionario/estatutario como laboral independientemente de si la misma es personal fijo o temporal, así como otros derechos del personal fijo como que los interinos tengan asignado un código numérico de identificación de la plaza ocupada.
15/12/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
15/12/20 - Autonómica - Carrera / Desarrollo Profesional
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 20 de noviembre de 2020, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud, sobre reconocimiento del Grado I, II y III de carrera profesional, correspondiente a los años 2010 y 2011, para profesionales a los que se procedió a la apertura de nuevo plazo y continuación del procedimiento.
DONDE DICE:
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2010, y con efectos económicos de 1 de enero de 2011, el Grado I y Grado III de Carrera Profesional.
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2011, y con efectos económicos de 1 de enero de 2012, el Grado II y Grado III de Carrera Profesional.
DEBE DECIR:
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2010, y con efectos económicos de 1 de enero de 2012, el Grado I y Grado III de Carrera Profesional.
Reconocer, una vez terminado satisfactoriamente el procedimiento correspondiente al año 2011, y con efectos económicos de 1 de enero de 2013, el Grado II y Grado III de Carrera Profesional.
Corrección
15/12/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
RD-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. (BOE 57 de 07-03-2019)
PERMISOS POR NACIMIENTO (antigua MATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por nacimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.
PERMISOS POR ADOPCIÓN, GUARDA, ACOGIMIENTO TEMPORAL O PERMANENTE. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores a la resolución judicial de adopción o decisión administrativa de guarda (cómputo del plazo a elección del progenitor).
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2° si adopción, etc. múltiple (una semana para cada progenitor).
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
En caso de adopción o acogimiento internacional, si fuera necesario desplazamiento previo al país de origen, el permiso podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución judicial o administrativa. Pero además se tendrá derecho a un permiso de hasta 2 meses (percibiendo exclusivamente retribuciones básicas).
CUIDADO DEL LACTANTE, LACTANCIA. Es un derecho individual e intransferible.
• 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
• Incremento proporcional si guarda, adopción o acogimiento múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso por adopción, guarda o acogimiento o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el hecho causante.
PERMISOS DEL OTRO PROGENITOR (antigua PATERNIDAD). Es un derecho individual e intransferible. Permiso del progenitor diferente de la madre biológica, por nacimiento, guarda, acogimiento o adopción. 16 semanas. De las cuales.
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al hecho causante, ininterrumpidas y a jornada completa.
Más 2 semanas si hijo/a con discapacidad y por cada hijo/a a partir del 2°si es parto múltiple (una semana para cada progenitor).
Si el hijo/a debe permanecer hospitalizado, el permiso se ampliará en tantos días como permanezca ingresado hasta un máximo de 13 semanas. Si la madre fallece, el otro progenitor podrá usar la parte que reste del permiso.
Si fallece el hijo/a el permiso no se verá reducido, salvo que se solicite la reincorporación finalizado el descanso obligatorio de 6 semanas.
• 10 semanas restantes Voluntarias. Pueden disfrutarse:
- A tiempo completo.
- Parcial: si las necesidades del servicio lo permiten y según desarrollo reglamentario.
- Continuadas.
- Interrumpidas, solo si ambos progenitores trabajan en el momento del hecho causante (nacimiento) y:
- Tras descanso obligatorio postparto hasta que el recién nacido cumpla 12 meses.
- Preavisando, con una antelación mínima de 15 días, del calendario de disfrute de la totalidad de los periodos y por semanas completas.
Si esta parte del permiso (10 semanas) quiere disfrutarse después de la semana 16 del permiso por nacimiento y el progenitor que disfruta de dicho permiso hubiese acumulado la lactancia, será a la finalización de este periodo cuando se disfrute de estas semanas restantes del permiso del progenitor diferente.
Durante este periodo se puede participar en cursos de formación de la Administración; en caso de empresa privada, según convenio.
• Lactancia. 1 hora de ausencia al trabajo. Se puede disfrutar en:
- Dos fracciones durante la jornada: media hora al inicio y media hora al final.
- 1 hora al inicio o 1 hora al final.
Incremento proporcional si se trata de parto múltiple. Existe la opción acumulada por jornadas completas:
- Siempre que se disfrute a partir del permiso del progenitor diferente o
- Transcurrido un tiempo equivalente a dicho permiso desde el nacimiento.