En Sindicato SAE, la seguridad de nuestras comunicaciones es una prioridad. Queremos informar que el pasado lunes 14 de enero una de nuestras cuentas de correo fue comprometida y utilizada para el envío masivo de correos electrónicos maliciosos.
Detalles del incidente:
• Se enviaron alrededor de 7.000 correos electrónicos desde nuestra cuenta info@sindicatosae.com entre las 20:28 y las 20:42 del 14 de enero de 2025.
• Pese a que se utilizó de manera no autorizada una de nuestras cuentas de correo, no se produjo acceso a nuestra base de datos ni a información confidencial.
Medidas adoptadas:
• Cambio inmediato de contraseñas y bloqueo del envío desde las cuentas afectadas.
• Revisión y eliminación de posibles amenazas en los equipos.
• Ajuste de políticas de seguridad en nuestro servidor de correo para prevenir futuros ataques.
Si recibiste un correo sospechoso de nuestras cuentas, te recomendamos no abrir archivos adjuntos ni hacer clic en enlaces desconocidos. Estamos trabajando para reforzar aún más la seguridad y evitar que estos incidentes vuelvan a ocurrir.
Igualmente, os recordamos que estamos a vuestra disposición para atender cualquier duda sobre la incidencia acontecida.
Agradecemos vuestra comprensión y os mantendremos informados ante cualquier novedad.
Sindicato SAE
Publicado en el BOIB Nº 58 del 8 de mayo, la resolución con el listado definitivo de la adjudicación de las plazas del concurso de traslados voluntario en la categoría de TCE.
BOIB CON LISTADO DEFINITIVO DE CONCURSO DE TRASLADOS TCAE
Plazo de incorporación a su nuevo puesto desde publicación:
3 días hábiles dentro del mismo municipio.
15 días hábiles en diferente municipio.
1 mes en distinta isla.
Más información en tu sección sindical.
#somoslasmanosquetecuidan
31/03/25. LISTADO PROVISIONAL DE BAREMO DEL CONCURSO DE TRASLADOS VOLUNTARIOS DE LA CATEGORÍA DE TCE
Publicada la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears por las que se aprueban las listas provisionales de los méritos baremados en el concurso de traslados voluntario, de personal estatutario de la categoría de TCE.
Enlace: IB-SALUT CONCURSO TRASLADOS TCE
Las alegaciones se harán desde la sede electrónica de la CAIB. Se debe acceder al apartado Alegaciones a la lista provisional de méritos y adjudicación de plazas
Plazo de alegaciones de 15 días hábiles, (del 1/04/2025 al 24/04/2025)
Más información en tu sección sindical
14/02/2025 Publicada la Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears por las que se aprueban las listas definitivas de personas candidatas admitidas y de personas excluidas en el concurso de traslados voluntario, para proveer plazas básicas vacantes de personal estatutario de la categoría de TCE. LISTADO DEF. ADMITIDOS Y EXCLUIDOS TCE C. TRASLADOS
Se abre el plazo para la solicitud y registro de la elección de plazas en la web del candidato.
Dispones de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria para elegir plaza.
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Publicada la resolución del Director General de Salud de les Illes Balears, el listado provisional de admitidos y excluidos en la categoría de TCE en el concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes.
LISTADO PROV. ADMITIDOS/EXCLUIDOS TRASLADOS TCAE
Reclamación y subsanación, 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación, a través del portal web del Servicio de Salud y en la Sede electrónica de la Caib, tal como establece el punto 5.1 Anexo 1. (copia auténtica con CSV o firma digital), en caso de no ser así, podrá presentarse en cualquiera de los registros oficiales establecidos.
La no subsanación en el plazo, quedarán excluidas del proceso.
En el día de ayer la empresa nos entregó la propuesta de clasificación de las categorías profesionales:
PERSONAL SUBROGADO TRANSPORTE SANITARIO URGENTE (TSU): Titulados: Clasificación directa a TES independientemente de la fecha de obtención del título. No titulados ni certificados: TES HABILITADO (A extinguir)
PERSONAL SUBROGADO TRANSPORTE SANITARIO NO URGENTE (TSNU): Titulados: Clasificación como TES si la obtención del título ha sido anterior a la subrogación el 1 de mayo de 2022. OBTENCIÓN DEL TÍTULO POSTERIOR A 1 DE MAYO DE 2022 TTS. Certificado Profesionalidad Transporte Sanitario: TTS No titulados ni certificados: TTS Habilitado (A extinguir)
Teleoperadores de la Central de Coordinación CCUM SUBROGADOS: Titulados: Gestores telefónicos de emergencia. No titulados ni certificados: Telefonista (A extinguir) *Categoría no existente en el I Convenio GSAIB.
Teleoperadores de la Central de Coordinación de TSNU SUBROGADOS: Titulación ESO, TES o equivalente: Auxiliar de Recepción, de teléfono y de Registro o Auxiliar Administrativo Sin titulación, ni ESO, ni TES o equivalente: Telefonista CAGD (A extinguir) *Categoría no existente en el I Convenio GSAIB.
Además, proponen modificar la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y entre otros aspectos sugieren cambiar la denominación de Técnico de Emergencias Sanitarias, por Técnico de Transporte Urgente en TSU y Técnico de Transporte Programado en TSNU.
La fecha de efectos de la clasificación se propone para el 1 de abril de 2018 para el TSU y de 1 de mayo de 2022 para TSNU.
EL PERSONAL CONTRATADO DIRECTAMENTE POR GSAIB PERTENECIENTE AL V CONVENIO DE LA CAIB MANTENDRÁ LA CATEGORÍA CON LA QUE FUERON CONTRATADOS, POR LO QUE LOS PROFESIONALES TITULADOS TES, SEGUIRÍAN CON LA CATEGORÍA TTS EN EL TSNU.
RESPUESTA DE LA PARTE SOCIAL: NO HAY ACUERDO.
Antes del 14 de mayo todos los sindicatos representativos de GSAIB en Baleares entregarán las alegaciones de manera conjunta, en las que les volveremos a recordar las funciones y competencias del Técnico de Emergencias Sanitarias. Subrogados o no, de la CAIB o del Convenio de Transporte, TSU, TSNU, CCUM y CAGD.
#SomosTES #SomosLasManosQueTeCuidan
#ElTESesTESEstésDondeEstés
Publicado en el BOR de fecha 8 de mayo de 2025, el Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes al personal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figuran como Anexo I al presente Decreto.
Dicho Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja.
Más información:
http://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=34571757-1-PDF-569300
OPE Junta de Extremadrua para el año 2018.
Con fecha 28 de diciembre de 2018 se publica la Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Adminsitración Pública, por la que se dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año 2018.
* Turno libre y discapacidad. Plazas de naturaleza funcionarial:
- Cuerpo Auxiliar: 30
- Cuerpo titulado superiores: 20
- Cuerpo Técnico: 20
- Cuerpo Administrativo: 20
- Cuerpo Subalterno: 10
- Cuerpo Maestros: 348
- Cuerpo de Inspectores de Educación: 10
* Plazas de naturaleza laboral: 91
* Plazas de naturaleza estatutaria:
Personal estatutario sanitario:
a) Personal de formación universitaria:
• Licenciados Especialista en Ciencias de la Salud: 96
• Licenciados Sanitarios: 4
• Diplomados Especialistas en Ciencias de la Salud: 3
• Diplomados Sanitarios: 127
b) Personal de formación profesional:
• Técnicos 99
Personal estatutario de gestión y servicios
a) Personal de formación universitaria
• Licenciados 1
b) Personal de formación profesional:
• Técnicos Superiores: 9
• Técnicos: 36
c) Otro personal: 31
Resolución
SAE insta a la Ministra de Sanidad, como presidenta del Consejo Interterritorial, a que incluya el punto paorbado en la PNL presentada el 13 de diciembre en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados, en el orden del día del próximo consejo interterritorial.
También le hemos solicitado que fomente las medidas necesarias ara el cambio de nuestra titulación a grado superior.
El día 13 de diciembre se aprobó una PNL en el Congreso de los Diputados en la que se insta al Gobierno a actualizar las funciones de los TCE y para ello es necesario que cada profesional deje "REGISTRADA TODA SU PRAXIS DIARIA". De lo contrario no habrá forma de demostrar todo lo que realmente hacemos.
SAE, nuevamente, emprendrá una campaña con la Adminsitración para que todos los TCE cuenten con las herramientas que les permitan registrar. Es neceario que os intereséis por ello, sino, no habrá forma de conocer ni valorar nuestro trabajo.
RECUERDA: TRABAJO NO REGISTRADO ES IGUAL QUE TRABAJO NO REALIZADO.
Desde SAE facilitamos un documento para que, de manera individual, se solicite formalmente y por registro que se habiliten los medios adecuados para poder ejercer bien nuestro trabajo que, entre otros, es poder registrar todo aquello que hacemos.
En los hospitales en los que haya soporte informático, seguramente haya algo de lo que realizamos que no se pueda registrar bien por no estar contemplado el ítem o bien porque lo tenga adjudicado otro profesional.
Cuantas más solicitudes de registro haya más posibilidades de que nos reconozcan TODO NUESTRO TRABAJO.
Cumplimenta y firma la siguiente carta y entrégala en el Registro del hospital y entrega una copia al delegado sindical de SAE.
Si no puedes descargar e imprimir la carta, ACUDE A LA SECCIÓN SINDICAL DE SAE. Si no puedes registrar la carta, ACUDE A LA SECCIÓN SINDICAL.
¡¡NOS ESTAMOS JUGANDO NUESTRO FUTURO!!
¡¡REGISTRA!!
Reclamación registro
CESMCV-SAE vota a favor del autoconcierto.
CESMCV-SAE, tras una dura negociación, ha conseguido mejorar el autoconcierto.
Cada equipo podrá elegir entre pago por tarde con un aumento medio del 30% o el pago por acto, con un aumento medio del 52,8% sobre el modelo anterior.
Con fecha 27 de diciembre de 2018 se publica el Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.
• Artículo 12. Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario.
- En el año 2019 las retribuciones del restante personal funcionario y estatutario del ámbito de aplicación de este artículo experimentarán el incremento previsto en el artículo 18.dos, respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2018.
ART. 18.2 : Las cuantías de los límites recogidos en esta disposición incluyen un aumento del 2,25 por ciento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2018. Asimismo se aplicará el incremento retributivo adicional vinculado a la evolución del PIB que, de acuerdo con el artículo 3.dos, se apruebe para el personal del sector público.
• Artículo 7. Personal laboral del sector público estatal.
- A los efectos del presente real decreto-ley, la masa salarial del personal laboral del sector público estatal será la definida en su artículo 3.cuatro, con el límite de las cuantías informadas favorablemente por el Ministerio de Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos:
Art. 3.4 : La masa salarial del personal laboral, que podrá incrementarse en el porcentaje máximo previsto en el apartado Dos de este artículo, en términos de homogeneidad para los dos períodos objeto de comparación, está integrada por el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales devengadas por dicho personal en el año anterior, teniendo en cuenta el incremento anual consolidado del 1,75 por ciento autorizado para 2018.
- La masa salarial del personal laboral del sector público estatal no podrá experimentar un crecimiento superior al establecido en el artículo 3. Dos de este real decreto-ley.
Art. 3.2 : En el año 2019, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,25 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2018, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo y sin considerar a tales efectos los gastos de acción social que, en términos globales, no podrán experimentar ningún incremento en 2019 respecto a los de 2018. A este respecto, se considera que los gastos en concepto de acción social son beneficios, complementos o mejoras distintos a las contraprestaciones por el trabajo realizado cuya finalidad es satisfacer determinadas necesidades consecuencia de circunstancias personales del citado personal al servicio del sector público.
Resolución