28/05/26 - Autonómica - OPE
La Administración ha publicado una nota aclaratoria (22/05/2026) para resolver las dudas más frecuentes sobre el registro y validación de los méritos. ¡Lee atentamente para proteger tus puntos!
1. LA AUTOVALORACIÓN
Todos los aspirantes que pasen a la fase de concurso deben realizar su autovaloración telemática.
A efectos de facilitar la presentación de la autovaloración de méritos se pone a disposición de los interesados el enlace:
https://www.smlsistemas.es:9444/ingesa2026Brm
Realizándose los correspondientes cálculos de forma automática.
No olvide imprimir/escanear o generar un pdf el documento resultante para adjuntarlo junto con la documentación que presente.
2. REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE MÉRITOS
Vía telemática: Toda la documentación acreditativa debe presentarse exclusivamente a través de la plataforma web habilitada.
Estado del mérito: Asegúrate de que tus méritos figuren en estado "Validado" o "Presentado" dentro de tu expediente electrónico.
Documentación clara: Los archivos adjuntos (títulos, cursos, certificados de servicios prestados) deben ser totalmente legibles. Los documentos borrosos o incompletos serán rechazados.
3. REGLA DE ORO: LA FECHA LÍMITE DE MÉRITOS
Fecha de corte: Solo se valorarán los méritos obtenidos y perfeccionados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Méritos posteriores: Cualquier curso, título o servicio prestado con fecha posterior a ese límite no será tenido en cuenta por el tribunal.
Enlace: (22/05/2026) Nota aclaratoria sobre la fase de concurso
28/05/26 - Autonómica - Concurso de Méritos
Publicada hoy 28 de mayo de 2026, Resolución de nombramiento como personal estatutario laboral fijo en la categoría de Técnica/o en Cuidados de Enfermería, grupo C2 Sanitario, del proceso selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración (concurso de méritos laboral), a las personas aspirantes que se detallan en el anexo a la Resolución, y disposiciones sobre la toma de posesión del personal adjudicatario.
ENLACE A LA PUBLICACIÓN
PLAZO PARA LA TOMA DE POSESIÓN: 15 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (desde el 29-05-2026 hasta el 12-06-2026).
28/05/26 - Cádiz - Nota de prensa
El Decreto 154/2017, de 3 de octubre, por el que se regula el permiso del personal funcionario para atender el cuidado de hijos afectados de cáncer u otra enfermedad grave ampara a todos los profesionales del Servicio Andaluz de Salud (SAS), sin embargo, la Gerente del Distrito Bahía de Cádiz-La Janda, Sira María Morales, está dilatando el cumplimiento de esta normativa en su aplicación sobre una compañera Técnico en Cuidados de Enfermería que solicitó la reducción de jornada al 50% por cuidado de dos hijos a cargo con enfermedad grave.
La profesional afectada realizó la solicitud de reducción en diciembre de 2024, siendo ésta desestimada en Resolución de enero de 2025 y, posteriormente, en Resolución de febrero del mismo año, alegando la Gerencia del Distrito que no cumplía los requisitos recogidos en el Decreto 154/2017, lo que no es cierto, pues la afectada presentó toda la documentación solicitada, entre la que se encuentran los informes médicos que certifican las enfermedades graves de sus hijos.
Finalmente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 dio la razón a la profesional en noviembre de 2025. En ejecución provisional de la sentencia, la Directora Gerente del Distrito tuvo que aplicar el fallo por el que se anula la Resolución desestimatoria de febrero y cumplir el derecho de la afectada a disfrutar de su “reducción de jornada del 50% por el periodo de un mes inicial y prorrogable siempre que subsista la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor”.
Sin embargo, a pesar de haber solicitado la prórroga, la profesional ha recibido una respuesta negativa por parte de Sira María Morales, quien, evidentemente, está obstaculizando el cumplimiento del mandato judicial, impidiendo el derecho de la demandante a poder hacer uso de esta prórroga y, por lo tanto, poder atender a sus dos hijos menores afectados por una enfermedad grave.
Además, el SAS ha solicitado información académica particular de ambos menores a través del Departamento de Necesidades Educativas Especiales de la Delegación, sin existir un consentimiento previo por parte de sus progenitores, que no han sido informados de dicha actuación, y sin que exista tampoco una autorización judicial que ampare dicha intromisión y cesión de datos especialmente sensibles y cuyo tratamiento con carácter general está terminantemente prohibido. Este proceder viola los derechos personalísimos de los padres y, especialmente, de sus hijos, que, recordemos, son menores y afectados por una enfermedad grave, lo que hace que dicha situación resulte todavía más escandalosa cuando de quien proviene el atentado a los derechos fundamentales es de una Administración Pública que, en teoría, tiene atribuida la guarda y garantía de los derechos de los ciudadanos. Estaría bien que Sira Morales se ocupara más de ejecutar correctamente sus funciones como servidora pública y no obstaculizara las decisiones ya adoptadas previamente por un juez.
“La pésima actuación que se está llevando a cabo desde la Dirección Gerencia de Distrito y el SAS muestra la ineptitud de estos gestores y su deshumanización en el cuidado de los profesionales. Poner zancadillas a los derechos laborales que amparan la conciliación familiar que, en este caso, recae sobre el cuidado de menores diagnosticados con enfermedad grave, es una irresponsabilidad por parte de la Administración, por lo que desde SAE continuaremos trabajando para que a la profesional afectada se le reconozca la reducción de jornada a la que tiene derecho y continuaremos denunciando el abuso de poder que por parte algunos servidores públicos se ejerce sobre los derechos de los ciudadanos; así, trasladaremos estos hechos a las autoridades pertinentes para que tomen conocimiento de la situación y de quienes son sus ejecutores, y adopten las medidas disciplinarias correspondientes”, explican los responsables de SAE en Cádiz.
28/05/26 - Santa Cruz de Tenerife - Carrera / Desarrollo Profesional
Publicada el 28 de mayo de 2026, relación provisional del Personal Sanitario de Formación Profesional adscrito a la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria que, habiendo presentado la oportuna solicitud entre el 1 de abril y el 6 de julio de 2025, se encuadra o no en el correspondiente grado de carrera profesional.
Anexo I: relación provisional del Personal Sanitario de Formación Profesional de las solicitudes de personas interesadas que no reúnen los requisitos y condiciones necesarios para el encuadramiento en ningún nivel/ grado solicitado.
Anexo II: relación provisional del Personal Sanitario de Formación Profesional de las solicitudes estimadas haciendo constar el nivel o grado reconocido.
ENLACE A LA PUBLICACIÓN
RECLAMACIÓN: Cabe interponer un trámite de audiencia en el plazo de diez (10) días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación (29/05/26-11/06/26)
29/05/20 - Autonómica - Nota de prensa
Se debe fijar en el 10% e incluir a los trabajadores sociosanitario
Pamplona, 29 de mayo de 2020.- El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) ha instado a todos los grupos parlamentarios a que se apruebe un incremento del complemento de especial riesgo para los profesionales sanitarios y que este concepto se extienda igualmente a los profesionales sociosanitarios.
Este complemento está regulado en la disposición adicional séptima de la Ley 11/2011, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. No obstante, no es así para los trabajadores sociosanitarios de las residencias de mayores y de las residencias de personas con dependencia de la Comunidad Foral de Navarra, a pesar de la especial virulencia con la que este virus ha atacado a estos centros tanto en el número de contagiados como de fallecidos, atendidos por los trabajadores socio-sanitarios que han puesto, y siguen poniendo, en riesgo su salud sin contar con equipos de protección suficientes.
Sin embargo, estos trabajadores, inadmisiblemente, no tienen retribución alguna por el complemento especial de riesgo a pesar de estar altamente expuestos durante su jornada laboral.
“Por tanto, el citado complemento, y precisamente por sus características, debe hacerse extensivo y regularse igualmente para estos profesionales sociosanitarios. Todo ello acompañado de las medidas de protección adecuadas para estos trabajadores” manifiesta al respecto Begoña Ruiz Malagón, secretaria autonómica de SAE en Navarra.
“Por otro lado, continúa la responsable de SAE, es evidente que se han de revisar los índices que actualmente retribuyen el complemento de especial riesgo que se fijó en un 10% cuando fue aprobado y se bajó hasta el 1% y 2% sobre el salario inicial en octubre de 2011, a pesar del alto riesgo de contagio por la mayor exposición a enfermedades infeccionas de alto riesgo.
La “caída en picado” de esta retribución -con la justificación coyuntural de “dar cumplimiento al objetivo de déficit del 2011-2013”- ha perpetuado no obstante unos índices del complemento que, en modo alguno, se corresponden con los riesgos a los que se exponen nuestros profesionales sanitarios. En este escenario de mayor exposición al COVID-19, no cabe duda, que los índices que retribuyen el complemento de especial riesgo de nuestros profesionales sanitarios resultan insuficientes.
Por ello, se ha de revisar este complemento de especial riesgo que fue aprobado en un periodo determinado en el que el riesgo a enfermedades altamente infecciosas era menor, tal y como ha hecho público la Organización Mundial de la Salud.
De hecho el riesgo a contraer enfermedades infecciosas de alto riesgo en Navarra es una realidad contemplada por el propio Gobierno de Navarra que en febrero de 2020 hizo pública la necesidad de “constituir en el Complejo Hospitalario de Navara un equipo de cuidados sanitarios de 30 profesionales capacitado para atender una emergencia sanitaria derivada de la presencia de alguna de las enfermedades infecciosas de alto riesgo” fijando complementos salariales para el personal que forme parte de este equipo.
Por tanto, la petición de SAE está en consonancia con el diario del propio Gobierno por lo que para no contradecirse debería aplicar tanto la revisión del propio complemento (hasta el 10% inicialmente fijado) como la extensión a los colectivos profesionales, incluyendo a los trabajadores sociosanitarios.
29/05/20 - Autonómica - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos en Cuidados de Enfermería (SAE) manifiesta a la Directora General de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanitat su indignación por el incumplimiento del compromiso adquirido respecto a la contratación de 91 profesionales Técnicos en Cuidados de Enfermería en los contratos previstos en Atención Primaria para rastrear contactos Covid-19 y conseguir así una mayor trazabilidad de todos los contagios que se produzcan durante el periodo de desescalada.
La Conselleria se comprometió y anuncio que de los 1.210 contratos que se iban a realizar, 91 serían de TCE, sin embargo los Departamentos de Salud han decidido prescindir de nuestro colectivo y la Consellería ha anulado estos contratos, lo que nos resulta indignante ya que, tanto por nuestra formación como por nuestra experiencia, somos el personal más adecuado para realizar este refuerzo que precisa la Atención Primaria, especialmente si tenemos en cuenta que los centros de salud están contratando a celadores para que tomen la temperatura en las entradas, cuando esta función la deberíamos realizar los TCE.
“Ante la escasez de profesionales TCE que existe en este nivel asistencial en toda la Comunidad Valenciana, desde SAE ya exigimos a la Consellería la necesidad de contratar a más profesionales TCE, pues 91 nos parecían muy escasos, sin embargo ahora los Departamentos de Salud deciden que nuestro colectivo es prescindible, a pesar del incuestionable papel que hemos jugado en esta crisis sanitaria por nuestro trabajo tan cercano y continuo en la atención al paciente, pero también somos fundamentales en la prevención, por ello exigimos a la Conselleria que retome los contratos anulados y los incremente en número, pues, tal y como demostramos diariamente, nuestro trabajo es esencial en todos los niveles asistenciales, a pesar de que existan colectivos profesionales y responsables sanitarios que quieran frenar nuestra presencia en la Atención Primaria”, explica Nieves Gómez, secretaria autonómica de SAE en Comunidad Valenciana.
29/05/20 - Autonómica - Reivindicaciones
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
La Inspección hace un requerimiento a la empresa para que se garantice en cumplimiento de la normativa, la seguridad y salud de los trabajadores. Plazo inmediato.
Se requiere que se garantice la entrega de todos los EPI establecidos en el plan de acción de medidas realizadas frente al COVID-19, a todos los trabajadores/as que según el puesto de trabajo desarrollado lo requieran y que se cumpla con el uso y duración de los EPIs otorgados, en cumplimiento de lo que dispongan las fichas técnicas de los mismos. Plazo inmediato.
29/05/20 - Autonómica - Reivindicaciones
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
La Inspección hace requerimiento a la empresa para que se garantice en cumplimiento de la normativa, la seguridad y salud de los trabajadores/as del centro de trabajo. Plazo inmediato.
Se requiere que se garantice una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores/as (pruebas PCR Y SEROLOGÍA) con los riesgos por exposición a agentes biológicos, realizada por personal sanitario competente, según determinen las autoridades sanitarias en las pautas y protocolos que se elaboren.
Plazo inmediato.
Se requiere que se garantice a los trabajadores/as de los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario.
Se requiere se mantenga disponible en el centro de trabajo para todos los trabajadores/as la información pertinente a este respecto y facilitando información sobre cada equipo.
29/05/20 - Autonómica - Reivindicaciones
RESOLUCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO DENUNCIA FALTA DE EPIS Y PRUEBAS DE PCR Y SEROLOGÍA COVID-19
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS DA LA RAZÓN Y EMITE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
La Inspección le hace un requerimiento a la empresa para que se garantice en cumplimiento de la normativa, la seguridad y salud de los trabajadores. Plazo inmediato.
Se requiere que se garantice una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores/as (pruebas PCR Y SEROLOGÍA) con los riesgos por exposición a agentes biológicos, realizada por personal sanitario competente, según determinen las autoridades sanitarias en las pautas y protocolos que se elaboren.
Plazo inmediato.
Se requiere que se garantice a los trabajadores/as de los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario.
Se requiere se mantenga disponible en el centro de trabajo para todos los trabajadores/as la información pertinente a este respecto y facilitando información sobre cada equipo.