20/03/26 - Autonómica - OPE
PROCESO SELECTIVO DE INGRESO POR EL SISTEMA GENERAL DE ACESSO LIBRE NOMBRAMIENTO Y NUEVA RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS
PERSONAL ESTATUTARIO FIJO
Resolución 430/38141/2026, de 10 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Técnico/a Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería en la Red Hospitalaria de la Defensa, y por la que se modifica la Resolución 430/38556/2025, de 23 de diciembre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo de ingreso, por el sistema general de acceso libre, en plazas de la misma categoría anteriormente mencionada, convocado por Resolución 400/38535/2024, de 10 de diciembre.
Nombramiento de personal estatutario fijo a las personas aspirantes relacionadas en el anexo I de la presente resolución. Para efectuar la toma de posesión dispondrán de un plazo de 15 días naturales, que será 1 mes cuando suponga cambio de localidad de residencia, contado a partir del día siguiente la de ésta publicación.
Se publica la nueva relación de personas aspirantes, en el anexo III, que deberán presentar la documentación requerida, en un registro oficial, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente en el «BOE». Esta circunstancia se da por renuncia o por la falta de presentación de la documentación solicitada por varias personas aspirantes relacionadas en la resolución anterior (anexo II)
Enlace de Consulta:
https://www.boe.es/boe/dias/2026/03/20/pdfs/BOE-A-2026-6490.pdf
20/03/26 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Se han publicado hoy en el BOPV las bases específicas de varias categorías, entre otras las de:
TCAE: enlace a Bases Específicas de TCAE
T. LABORATORIO: enlace a Bases Específicas de T. DE LABORATORIO
CELADOR: enlace a Bases Específicas de Celador Plazo de Inscripción: Desde el 23 de marzo hasta el 22 de abril a las 14:00 h.
Plazas que se ofertan: TCAE
Convocatoria de turno de promoción interna: 7 destinos (Acceso general 6 / Personas con discapacidad 1)
Convocatoria de turno libre: 920 destinos (Acceso general 856 / Personas con discapacidad 64)
T. LABORATORIO
Convocatoria de turno de promoción interna: 11 destinos (Acceso general 10 / Personas con discapacidad 1)
Convocatoria de turno libre: 59 destinos (Acceso general 55 / Personas con discapacidad 4)
Como norma general las personas que se presenten, deben reunir los requisitos el último día del plazo de presentación de solicitudes, es decir 22 de abril a las 14:00 h.
Requisitos:
Estar en posesión de la Titulación exigida para cada categoría.
Cumplir los requisitos del puesto al que se opte establecidos por la normativa vigente.
Haber hecho el pago de los derechos de inscripción que es de 15€ para TCAE Y T. de Laboratorio y 10€ para Celadores.
La documentación, junto con los méritos valorables se aportará una vez se publiquen las listas de personas admitidas y excluidas. La batería de preguntas de la que se van a sacar las preguntas para ejercicio de oposición, se facilitará al menos 12 semanas antes al examen en la página WEB de Osakidetza.
Baremo de Méritos TCAE Y T. Laboratorio
Experiencia profesional 60 puntos máximo.
Formación, docencia e investigación, 20 puntos máximo.
Euskera. PL2 18 Puntos y PL1 9 puntos.
17/03/20 - Álava - Acuerdos, pactos y convenios
El día 17 de Marzo, se publica en la intranet del IFBS, una NOTA INFORMATIVA sobre la PRESENTACION Y RECOGIDA DE DOCUMENTACIÓN EN EL AREA DE PERSONAL.
Atendiendo a las instrucciones del Real Decreto 463/2020 del 14 de Marzo, resulta preciso adoptar las siguientes medidas respecto a la presentación y recogida de documentación en el Área de Personal:
• Los partes de inicio, confirmación o fin de la Incapacidad Temporal serán enviados , escaneados o fotografiados a la dirección :
consultaspersonalifbs@araba.eus
• En el caso de que la persona funcionaria no pudiera ir al centro de salud a recoger sus partes, deberá realizar al menos la comunicación detallada de la situación vía correo electrónico enviando un mensaje a la dirección:
consultaspersonalifbs@araba.eus
• Los originales de todos los partes de inicio, confirmación y fin de la Incapacidad Temporal que no han podido entregarse se entregarán una vez que el estado de alarma haya perdido su vigencia y la situación así lo permita.
Nota informativa
17/03/20 - Álava - Acuerdos, pactos y convenios
El día 17 de Marzo, se publica en la intranet del IFBS, la NOTA INFORMATIVA sobre LA SUPENSION DE LOS DIAS DE LIBRANZA EN EL PERIODO ESTIVAL.
La Dirección Gerencia en su Resolución del 13 de Marzo sobre medidas excepcionales a adoptar en relación con la crisis sanitaria, establece en su apartado 4:
• Quedan anuladas TODAS las concesiones efectuadas de días de libranza, permisos y licencias de todo tipo. Así mismo, no se realizarán nuevas concesiones mientras subsista la situación de alerta sanitaria. Se mantendrán las concesiones efectuadas cuyo disfrute ya este iniciado a la fecha de la firma de la presente resolución. En base a esto:
Se anuncia que se suspende el plazo para la solicitud de los días de libranza del periodo estival, que finalizaba el 30 de marzo. se establecerá un nuevo protocolo cuando las circunstancias así lo permitan.
No se realizarán las sustituciones de días de libranza que ya hubieran sido solicitadas y que no se hayan iniciado aún.
Se mantendrán las sustituciones de días de libranza ya realizadas e iniciadas.
Nota informativa
17/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
17/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
PUBLICADA EN LA PÁGINA DE INGESA NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS PLAZOS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS
En el B.O.E. nº 67 de 14 de marzo se ha publicado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La Disposición adicional tercera 1. señala que “se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.”
- Por ello los plazos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto, se suspenden hasta que dicho real decreto pierda vigencia o, en su caso, las prórrogas del mismo.
- En el caso de plazos que se hayan iniciado durante la vigencia del real decreto, su inicio se producirá en el momento que dicho real decreto pierda vigencia o, en su caso, las prórrogas del mismo.
17/03/20 - Cantabria - Acuerdos, pactos y convenios
PUBLICADA RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GERENTE DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD DE CANTABRIA
Medidas especiales para reforzar el Servicio Cántabro de Salud en la situación de crisis provocada por el COVID-19.
1.- Se asumen directamente las medidas establecidas en la Orden SND/232/2020.
2.- Cada Gerencia tomará las medidas organizativas que garanticen la presencia de personal imprescindible para el funcionamiento adecuado y sin merma de calidad en la prestación de la asistencia sanitaria.
3.- Especialmente el personal asociado directamente a funciones asistenciales, estará sujeto a la programación de presencias y coberturas que la Gerencia de cada una de ellas establezca en función de la evolución de la situación y la demanda asistencial.
4.- Respecto al personal adscrito en servicios no directamente asistenciales, se potenciará que presten sus servicios en régimen de teletrabajo y trabajo a distancia, pudiendo ser requerida su presencia cuando resulte necesario.
Evitando en lo posible, el acceso a instalaciones hospitalarias.
5.- La distribución de presencias podrá variar en función del momento y de las tareas requeridas y regularse para preservar la disponibilidad de profesionales en los momentos que se consideren necesarios.
6.- Se tendrá especial sensibilidad con los trabajadores con hijos en edad escolar que tendrán prioridad en la asunción de tareas no presenciales y en la concesión de licencias/permisos.
7.- El trabajo no presencial tendrá la consideración plena de trabajo efectivo.
8.- En los supuestos de ausencias sin asignación de trabajo presencial, se compensará con la jornada excedente existente o futura. Si la compensación no fuese posible, durante todo el ejercicio 2020, se entenderá compensada de oficio. En ningún caso generará por sí misma, un exceso de jornada.
9.- La disponibilidad del personal a requerimiento de las respectivas gerencias no tiene consideración de guardia localizada.
10.- La compensación de jornada respetará siempre los días de vacaciones y libre disposición que a cada trabajador le corresponda.