19/09/26 - Autonómica - Nota de prensa
19 de septiembre Día Mundial del Donante de Médula Ósea y Sangre de Cordón Umbilical
Como cada año, desde el año 2015, el tercer sábado de septiembre se celebra en todo el mundo el Día Mundial del Donante de Médula Ósea y Sangre de Cordón Umbilical, una iniciativa de la Asociación Mundial de Donantes de Médula Ósea (WMDA, por sus siglas en inglés), como agradecimiento a los donantes y para concienciar a la población sobre la importancia de la donación de médula.
La Asociación Mundial de Donantes de Médula Ósea gestiona un total de 44.187.268 donantes y unidades de sangre de cordón umbilical registrados en todo el mundo y, según el último balance oficial del Registro de Donantes de Médula Ósea (REDMO), gestionado por la Fundación Josep Carreras en coordinación con la ONT, España cuenta exactamente con 530.195 donantes activos.
En relación con la sangre de cordón umbilical (SCU) España se consolida como un referente mundial al almacenar 60.897 unidades, lo que representa más del 8% de las reservas globales, posicionándose como el primer registro de Europa y el tercero del mundo.
El trasplante de médula ósea de donantes voluntarios ha crecido un 25% en dos años lo que mejora las posibilidades de tres de cada cuatro pacientes que dependen de un donante anónimo y no emparentado porque no encuentran un donante compatible dentro de su familia y, con la reducción del número de hijos por familia, estas posibilidades disminuyen.
“Así pues, es fundamental seguir insistiendo en la necesidad de la donación, tanto de médula como de sangre de cordón umbilical, para mantener esta tendencia ascendente. Por ello, el Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) se suma a esta campaña con la difusión de un cartel informativo para concienciar a la población de la importancia de hacerse donante y con ello, poder salvar la vida a otras personas”, explica Serafín Pintor, secretario de acción social de SAE.
18/09/26 - Autonómica - OPE
GOBIERNO DE CANTABRIA
FECHAS EXAMEN PERSONAL LABORAL
Se han publicado las fechas de examen para las siguientes categorías. El lugar, la hora y la distribución de los aspirantes se anunciarán en los días previos a cada prueba.
CDTM Enfermería (A2
Viernes, 16 de octubre de 2026
Técnico/a Sociosanitario/a (Categoría 2-4)
Domingo, 18 de octubre de 2026
Auxiliar de Laboratorio (Categoría 2-4)
Viernes, 23 de octubre de 2026
Enlace a la publicación
CONVOCATORIA 2026 / 54 (SOLAMENTE SERVICIOS SOCIALES. HOSPITALES NO)
Se convoca proceso selectivo para la cobertura de setenta y nueve (79) plazas en la categoría profesional Técnico Sociosanitario, Grupo 2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de las que tres (3) se reserva para su cobertura por personas con grado de discapacidad acreditado igual o superior al 33%. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo deberán cumplimentarse electrónicamente en la aplicación OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/). El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria" (30 de junio de 2026) La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=436532
18/09/26 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
La Área Sanitaria activará un sistema de aviso por SMS para informarte de tus citas de consultas y pruebas de atención especializada.
Se aplicará en los dos hospitales del CHUP, en la Casa do Mar de Mollabao y en el Hospital Público do Salnés, sustituyendo a las llamadas telefónicas y al correo postal.
La notificación incluirá la fecha, hora, especialidad y centro asistencial de la cita, y se complementará con un recordatorio de 48 horas. Podrás gestionar tus citas y anulaciones desde el propio SMS o a través de la aplicación SERGAS Móvil.
18/09/26 - Autonómica - OPE
CATEGORÍA TELEOPERADOR/A CENTRAL DE COORDINACIÓN 061
Se ha publicado en la web del Ib-Salut el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos para la categoría de Teleoperador/a Central de Coordinación 061.
Enlaces de interés:
LISTADOS PROV. ADMI. Y EXCL. BOLSA TELEOPERADOR-A 061
MODELO PARA ALEGACIONES
PLAZO DE ALEGACIONES: 10 DÍAS HÁBILES.
MÁS INFORMACIÓN EN TU SECCIÓN SINDICAL
#somoslasmanosquetecuidan
23/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Se publica rectificación error material en los requisitos del turno de promoción interna en las siguientes convocatorias:
AE/TCE (BOIB núm. 106, de 29/08/2017).
Técnico/Técnica Especialista en Anatomía Patológica, Técnico/Técnica Especialista en Radioterapia, Técnico/Técnica Especialista en Laboratorio, Técnico/Técnica Especialista en Radiodiagnóstico (BOIB núm. 48, de 19/04/2018).
Técnico/Técnica Especialista en Documentación Sanitaria (BOIB núm. 14, de 31/01/2019).
• Donde dice:
Los aspirantes que concurran en el turno de promoción interna deben cumplir también los requisitos siguientes:
a. Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
b. Pertenecer a una categoría diferente a la convocada del mismo grupo de clasificación o de uno de inferior.
c. Estar en la situación de servicio activo.
d. Que el nombramiento fijo en la categoría de procedencia tenga al menos dos años de antigüedad.
• Ha de decir:
Las personas aspirantes que se presenten en el turno de promoción interna tienen que cumplir también los requisitos siguientes:
a. Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
b. Pertenecer a una categoría distinta de la convocada del mismo grupo de clasificación o de un inferior.
c. Estar en la situación de servicio activo en la categoría en la cual se ocupa la plaza fija o tener reserva de plaza en esta categoría.
d. Haber prestado servicio con nombramiento como personal estatutario fijo durante dos años en la categoría de procedencia.
Más información
23/03/20 - Autonómica - Ayudas Acción Social
PARA PERSONAL ESTATUTARIO FIJO E INTERINO EN ACTIVO
TRAS LA REUNIÓN MANTENIDA LA COMISIÓN DE ACCIÓN SOCIAL COMUNICA EL ABONO DE LAS AYUDAS MÉDICAS Y POR ESTUDIOS EN LA NÓMINA DE MARZO.
OS RECOMENDAMOS REVISAR LA NÓMINA Y TODO EL PERSONAL QUE HAYA SOLICITADO Y APORTADO LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA Y NO COBRE LA AYUDA, QUE REALICE UNA RECLAMACIÓN DIRIGIDA A LA COMISIÓN DE ACCIÓN SOCIAL.
SI OS SURGE ALGUDA DUDA AL RESPECTO PODEIS CONSULTAR EN CUALQUIER SECCIÓN SINDICAL DE SAE.
23/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
DISPOSITIVO ESPECIAL DE CUIDADOS COVID 19 EN PERSONAS MAYORES Y CENTROS SOCIO-SANITARIOS.
(Se habilita al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón)
Los trabajadores de los centros residenciales y de ayuda a domicilio, tienen la consideración de personal esencial a efectos de material de protección, criterios de detección y diagnóstico de covid 19.
Orden
Protocolo
Comunicado
23/03/20 - Asturias - Acuerdos, pactos y convenios
Debido a la situación derivada de la pandemia por coronavirus, han sido publicadas en el BOPA del pasado viernes las siguientes Resoluciones de la Gerencia del SESPA dictando instrucciones y adoptando medidas organizativas:
Resolución de 13 de marzo de 2020, de la Dirección Gerencia del servicio de salud del Principado de Asturias, por la que se dictan instrucciones sobre jornada, vacaciones, permisos, licencias y excedencias durante la situación de pandemia del coronavirus (Covid-19)
-Con carácter general las Gerencias, temporalmente, denegarán permisos, vacaciones y licencias, así como excedencias y permisos sin sueldo de reciente petición.
-La concesión de excedencias por cuidado de hijos o familiares, solo se concederán con carácter excepcional siempre que se garantice la cobertura de las necesidades del servicio. Además, solo podrá concederse a uno de los dos progeni¬tores en el caso de que ambos sean trabajadores del Servicio de Salud.
-Los permisos por parto, acogimiento o adopción, lactancia y riesgo durante el embarazo y la lactancia se concederán en todo caso.
-Las vacaciones y permisos que por la causa expresada no pudieran disfrutarse por el profesional serán disfrutados posteriormente atendiendo a la naturaleza concreta de los mismos.
-Los permisos, licencias y excedencias por cuidado de hijo o familiar concedidos con anterioridad a estas instrucciones podrán seguir disfrutándose, salvo que el agravamiento de la situación imposibilite la asistencia sanitaria a la población con los profesionales disponibles, en cuyo caso podrán suspenderse. No obstante, de conformidad con el art. 59.3 del Estatuto Marco la suspensión no se aplicará al personal que se encuentre en situación de permiso por maternidad o licencia por el embarazo o la lactancia.
-El trabajo no presencial, solo será autorizado para el personal no sanitario cuyas funciones lo permitan, siempre que esté debidamente justificado y previa autorización de la Dirección del Centro sanitario.
-En los supuestos de denegación de permisos y durante el período en el que se mantenga la situación excepcional de la pandemia por coronavirus, la Gerencias de los centros sanitarios con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de los profesionales sanitarios podrán adoptar todas las medidas de flexibilización de la jornada que consideren necesarias.
Resolución de 18 de marzo de 2020, de la Dirección Gerencia del servicio de salud del Principado de Asturias, por la que se establecen criterios para la adopción de medidas organizativas de la prestación de servicios del personal estatuario de los centros asistenciales del servicio de salud del Principado de Asturias durante la vigencia del estado de alarma, así como el número de efectivos necesarios para garantizar el funcionamiento de tales servicios.
-Para garantizar un remanente de personal, se crearán plantillas de retén para todas las categorías, pudiendo reordenar cambios de turno y ajustar jornadas deslizantes. La rotación mínima de estas plantillas será de 7 días.
-En cada Área se elaborará una lista voluntaria de 15 profesionales como mínimo, los cuales estarán disponibles en un plazo de 1 hora.
Instrucción
Medidas
23/03/20 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Se acuerdan medidas excepcionales en relación con las actuaciones sanitarias en las residencias para personas mayores, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, como salvaguarda de la salud pública a causa del COVID-19.
La Dirección Gerencia del Sescam podrá establecer cuantas medidas resulten necesarias para el control y tratamiento de la epidemia en aquellas residencias para personas mayores afectadas por el COVID-19, mediante la intervención sanitaria gradual, en función del estado de la situación en cada una de ellas, atendiendo a los principios de necesidad y proporcionalidad.
Estas medidas están dirigidas exclusivamente a la adecuada atención sanitaria del conjunto de personas de estas residencias, sin perjuicio del resto de competencias que correspondan a la Consejería de Bienestar Social en la gestión, control e inspección, de estos centros.
En los casos en que resulte necesario la Dirección Gerencia del Sescam designará a una persona responsable de la Gerencia del ámbito geográfico donde se encuentre la residencia que dispondrá de los recursos materiales y humanos que requiera para hacerse cargo de toda la actividad en estas residencias.
Los profesionales encargados de la salud laboral de los trabajadores en las residencias de personas mayores quedan bajo la dependencia funcional de la DGRRHH del Sescam, siendo de aplicación los mismos protocolos de actuación que al personal que presta servicios en las instituciones sanitarias del Sescam
Mediante resolución de la Dirección Gerencia del Sescam se podrán habilitar para uso sanitario la totalidad o una parte de estas residencias, independientemente de su titularidad y tipología de gestión, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
En las residencias determinadas en el Plan de Contingencia deberán cumplirse todas las medidas sanitarias de contención existentes para cualquier centro sanitario de la región, y en todo caso, la permanencia de pacientes en las mismas deberá ser la estrictamente necesaria.