26/02/26 - Autonómica - Perfiles Lingüísticos
PERFILES LINGÜÍSTICOS PRIMERA CONVOCATORIA ORDINARIA DE 2026 SOLICITUDES ADMITIDAS PROVISIONALES
Se pueden consultar en AZTERNET siguiendo la siguiente ruta:
«Solicitudes > Perfiles lingüísticos > Consulta y seguimiento de solicitudes > Convocatorias ordinarias del IVAP (23-01-2026) > Datos solicitud».
Plazo de reclamación: Del 27 de febrero al 5 de marzo, ambos inclusive.
La presentación de reclamaciones se deberá realizar a través de Azternet: «Solicitudes > Perfiles lingüísticos > Consulta y seguimiento de solicitudes> Convocatorias ordinarias del IVAP (23-01-2026) > Nueva reclamación / recurso».
Enlace a la resolución/ Ebazpenerako esteka
Enlace a AZTERNET / AZTERNETerako esteka
Resolución de 23 de enero de 2026 de la directora del IVAP por la que se convocan exámenes de acreditación de perfiles lingüísticos.
PERFILES LINGÜÍSTICOS:
A2B1 / B1B1(antes PL1) / B1B2 / B2B2(antes PL2) / B2C1 / C1C1(antes PL3) / C2C1 / C2C2(antes PL4)
Las personas interesadas solo podrán realizar la solicitud para un único perfil lingüístico.
Inscripción: El plazo será del 3 al 16 de febrero de 2026
Las solicitudes se gestionarán a través de Azternet, identificándose mediante alguno de los certificados digitales admitidos.
Enlace AZTERNET www.ivap.euskadi.eus – euskera – perfiles-lingüístícos – Azternet
ruta: Solicitudes < Perfiles Lingüísticos < Nueva solicitud
PARA PERSONAL DE OSAKIDETZA Para poder participar, es necesario disponer de al menos un contrato de trabajo en Osakidetza durante el plazo de inscripción.
26/02/26 - Autonómica - OPE
SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD OPOSICIÓN TÉCNICO/A EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA
DISTRIBUCIÓN DE ASPIRANTES POR AULAS FECHA DE EXAMEN PARA EL DÍA 15 DE MARZO DE 2026, A LAS 10:00 HORAS, en llamamiento único, en diversas ubicaciones de las ciudades de Huesca, Teruel y Zaragoza.
No se efectuará llamamiento nominal por orden alfabético a la entrada de cada aula, pudiendo acceder las personas aspirantes a la misma a partir de las 9:30 horas.
16/02/26. TÉCNICO/A EN CUIDADOS DE ENFERMERÍA
RELACIÓN DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
Fijar, la FECHA DE EXAMEN PARA EL DÍA 15 DE MARZO DE 2026, A LAS 10:00 HORAS, en llamamiento único, en diversas ubicaciones de las ciudades de Huesca, Teruel y Zaragoza.
26/02/26 - Autonómica - Reivindicaciones
TRAS LAS QUEJAS DE VARIOS AFILIADOS POR EL MAL ESTADO DE LA ACERA DONDE SE PRODUCÍAN TROPIEZOS FRECUENTES E INCLUSO BAJAS LABORALES POR LESIONES , SAE HA LOGRADO QUE SE REPARE CON RAPIDEZ.
AGRADECEMOS AL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y A SALUD LABORAL SU CELERIDAD PARA ATENDER NUESTRA RECLAMACIÓN.
26/02/26 - Autonómica - Nota de prensa
No se pueden normalizar prácticas que ponen en riesgo la salud de los profesionales
Durante los últimos meses se han implantado en algunas Residencias de Mayores y Centros de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual, dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales las conocidas como camas a cota 0. Se trata de camas geriátricas articuladas diseñadas capaces de descender hasta el nivel del suelo (aprox. 6-10 cm) para minimizar el riesgo y las consecuencias de caídas en personas con alzhéimer, demencia o alta dependencia.
Además, y junto a estas camas se colocan unas colchonetas que supone un sobreesfuerzo para los Técnicos de Atención Directa (TAD) que deben atender a los pacientes y se ven obligados a la movilización de estas colchonetas.
Se calcula que hay un centenar de estas camas en los distintos centros de Castilla y León que, sin duda, supone un aumento en la seguridad para los pacientes. Sin embargo, se traduce en la inseguridad de los profesionales que les atienden, Técnicos de Atención Directa (TAD) que están trabajando en deficientes condiciones laborales derivadas de la movilización de los pacientes en estas camas, poniendo en grave riesgo la salud del personal.
La atención a pacientes en estas condiciones obliga a los trabajadores a realizar su labor en posturas forzadas, con flexión constante del tronco y sobrecarga lumbar, incrementando significativamente el riesgo de lesiones musculoesqueléticas, bajas laborales y cronificación de patologías de espalda, incluso en alguna ocasión, se ha tenido que proceder a tener que trabajar arrodillados en el suelo para poder atender al usuario.
Esta situación vulnera los principios básicos de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, que establece la obligación empresarial de adaptar el trabajo a la persona y evitar riesgos innecesarios, especialmente en lo relativo a la manipulación manual de cargas.
SAECyL trasladó esta situación a la Directora Técnica de Recursos Humanos y Gestión de Centros, de la Gerencia de Servicios Sociales, a quien recordó su responsabilidad institucional de cuidar a quienes cuidan. Se alertó de la falta de medios técnicos suficientes como camas regulables en altura, grúas de movilización que lleguen a la cota 0 ya que es evidente que la movilización de los pacientes en estas camas impide una correcta ergonomía a la hora de tener que desarrollar el trabajo y atender al usuario en dichas camas.
Para SAECyL es prioritaria la dotación urgente de equipamiento ergonómico adecuado y la inmediata retirada de las camas a cota 0 cuando impliquen la movilización manual sin medios adecuados por lo que se necesitarán alternativas que sean seguras tanto para el paciente como para el profesional
No pueden normalizarse prácticas que comprometen la salud física de los profesionales por lo que es urgente una evaluación específica de riesgos laborales que están asumiendo, así como la implantación de protocolos que garanticen la seguridad en la movilización de pacientes.
Si no se adoptan las medidas necesarias a la mayor brevedad posible se valorarán las acciones legales que esta organización considere oportunas y se llevara a cabo la correspondiente denuncia ante la Inspección de Trabajo.
21/05/19 - Autonómica - Nota de prensa
El Sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) estudia las acciones legales ante la inacción de la Consellería de Sanidad en relación con el contrato de limpieza suscrito con una empresa adjudicataria y que está incumpliendo varios puntos del convenio firmado.
SAE ha informado a la Consellería de Sanidad de las irregularidades que se están produciendo en los distintos hospitales de la Comunidad Valenciana con la empresa de limpieza y de las posibles repercusiones para los usuarios de la Sanidad Pública.
Sorprendentemente la respuesta a varios escritos y diferentes reclamaciones, ha sido que la Consellería ha delegado funciones de limpieza en el personal Técnico en Cuidados de Enfermería.
El hecho de que un profesional sanitario sea obligado a manipular residuos y basuras y luego atienda a los pacientes supone un importante riesgo de infecciones nosocomiales para el usuario, avalado por los estudios epidemiológicos que parece no tener en consideración la Consellería.
Lo evidente es que se está poniendo en riesgo la salud de los usuarios al no cumplirse los acuerdos pactados con las empresas contratadas y suscritos en el pliego de condiciones de limpieza, y que estas deficiencias representan un perjuicio para todos los ciudadanos valencianos.
Por otro lado, es inadmisible que una empresa a la que se ha contratado para dar un servicio lo incumpla, mientras se exige al personal estatutario que realice este servicio, rebajando el tiempo destinado a la atención y cuidado del paciente y empobreciendo la calidad asistencial.
Las empresas adjudicatarias deben contar con el personal suficiente para llevar a cabo las funciones acordadas en el convenio y hacerlo en óptimas condiciones. Es inadmisible que la falta de trabajadores en esta empresa, externa y ajena a la Consellería repercuta por un lado, en los Técnicos en Cuidados de Enfermería a quienes se les ha obligado a realizar funciones de limpieza y por otro, al usuario que ve reducido el tiempo que los TCE dedican a su asistencia en tareas fundamentales para su recuperación como son el aseo, la higiene o la alimentación.
La función del Técnico en Cuidados de Enfermería es cumplir con el cuidado terapéutico del paciente, y compensar la incapacidad del mismo, proporcionándole el apoyo y cuidados básicos para su recuperación, como su aseo e higiene, alimentación, vigilancia de las heridas, etc., pero en ningún momento una función del Técnico puede ser realizar tareas de limpieza.
21/05/19 - Asturias - Acuerdos, pactos y convenios
USAE ha conseguido un representante al Comité de Empresa de Salud Mental (SESPA).
21/05/19 - Autonómica - Acuerdos, pactos y convenios
Acuerdo para el desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura.
Se establece un régimen transitorio para todo el personal del ámbito de la Junta de Extremadura
Forma: La Dirección General de Función Pública procederá al reconocimiento de oficio, a los empleados públicos, por una sola vez de manera excepcional, del nivel II, III o IV que les corresponda a la fecha de publicación en el DOE del presente Acuerdo, en su caso, con base exclusivamente en el tiempo de ejercicio profesional requerido en función del contenido de la tabla del anexo I del Acuerdo de 15 de septiembre de 2008.
A los efectos de dicho reconocimiento, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, al funcionario de carrera que haya accedido al Cuerpo y Especialidad correspondiente al reconocimiento por el sistema de promoción interna, y al laboral fijo que haya ascendido a la Categoría y Especialidad del reconocimiento por turno de ascenso procedente de otra de un Grupo inferior, les serán computados al 50 % los servicios prestados.
No obstante, la cuantía mínima de las retribuciones del complemento de carrera profesional horizontal será:
• Para quienes tengan reconocido el nivel 1, la correspondiente a su nivel.
• Para quienes tengan reconocido el nivel 2, 3 y 4:
• En el año 2019: la correspondiente al nivel 1 y el 25 % del nivel 2.
• En el año 2020: la correspondiente al nivel 2.
La Administración se compromete a abonar en el año 2021 una parte del complemento de carrera correspondiente al nivel 3, en función de los estudios y proyecciones económicas anteriormente mencionados y el escenario presupuestario existente en tal fecha.
Resolución
21/05/19 - Cantabria - Acuerdos, pactos y convenios
Resolución por la que se crea nueva categoría: Técnico Superior Especialista en Audiología Protésica en el SCS.
- Se crea la categoría de Técnico Superior Especialista en Audiología Protésica integrada en el subgrupo C1 y clasificada como personal estatutario sanitario de formación profesional 6.2.b) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y el artículo 6 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de Personal Estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Se regula: Funciones y Acceso a la categoría.
Retribuciones 2019 para la categoría de Técnico Superior Especialista en Audiología Protésica.
o Retribuciones básicas: Las correspondientes al subgrupo C1.
o Complemento de destino: El correspondiente al nivel 17.
o Complemento específico: 788,16 €/año.
o Complemento productividad fija: 2.907,96 €/año.
o Retribución total anual: 19.851,24 €/año.
Resolución
20/05/19 - Álava - Bolsas de Trabajo
El IFBS publica la solicitud de curriculums a Lanbide (Servicio Vasco de Empleo).
Con fecha 20 de mayo de 2019 la Dirección del IFBS informa de la solicitud de curriculums a Lanbide para la cobertura por sustitución de diferentes puestos de TCE.
- AE/TCE Auxiliar de Enfermería Oion y Samaniego. Código de la oferta: 162019005328.
- AE/TCE Llodio y Amurrio. Código de la oferta: 162019005329.
Para apuntarse a las ofertas hay que acceder a Lanbide.
Portal de Empleo Público del IFBS